Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Castellón
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621747
Civil
Número: 1127/2020
Diligencia
Fecha: 12/05/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días
MANUEL ANTONIO CABALLERO DURTES - NIF/NIE: ***3348**
MIGUEL ANGEL CASTILLO RODRIGUEZ - NIF/NIE: ***8109**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO A. JUSTICIA QUE LA DICTA: D/Dª FELISA TERESA JAIME LOPEZ Lugar: CASTELLON Fecha: doce de mayo de dos mil veintidós 1.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
2.- Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
2.1. Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los Abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 LECn).
2.2. La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su Procurador (artículo 245.3 LECn).
2.3. En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 LECn). MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante el recurso de reposición que se interpondrá en el plazo de cinco días ante este juzgado mencionando la infracción cometida en la resolución recurrida.
De conformidad con la D.A 15ª de la LOPJ para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución, deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. El depósito deberá ser ingresado en cuenta de Consignaciones y Depósitos. núm 4961/0000/00/número procedimiento, con tantos 0 a la izquierda hasta completar 4 dígitos incluyendo el número de procedimiento/10. En el campo "concepto" se deberá indicar el código 00 Civil-reposición y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA Lo dispongo y firmo. Doy fe.
JUZGADO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 8 DE CASTELLÓNTASACIÓN QUE PRACTICA EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA FELISA TERESA JAIME LOPEZClase y Nº de Procedimiento: Monitorio [MON] - 001127/2020Demandante: COMUNIDAD PROPIETARIOS MARINA TREBOL IIIProcurador Demandante: Abogado Demandante: DEL RIO MARRERO, JOSE MARIADemandado: CASTILLO RODRIGUEZ, MIGUEL ANGELProcurador Demandado: Abogado Demandado: Parte condenada al pago de costas: DemandadoCuantía del procedimiento: 3.239,61-Honorarios letrado d/Dª: DEL RIO MARRERO, JOSE MARIA 517,88 (IVA INCLUIDO)IMPORTE TOTAL TASACIÓN……………… 517,88 €La presente tasación de costas asciende, salvo error u omisión a la cantidad de:QUINIENTOS DIECISIETE EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOSEn CASTELLON a 12 de mayo de 2022 El LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Castelló de la Plana, 3 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EVA MARIA MATEU PEIDRO
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