Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-423234

MÁLAGA. Edicto de 29 de septiembre de 2022 en procedimiento civil número 1626/2015.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 239, de 5 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-423234

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 17 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938291

Correo electrónico: JInstancia.17.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1626/2015

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 01/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 dias

DESTINATARIOS

FRANCISCO ACASO BELLON - NIF/NIE: ***9821**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

CEDULA DE NOTIFICACION

En los autos de referencia, se ha dictado la resolución que copiada literalmente es como sigue:

TASACIÓN DE COSTAS

QUE PRACTICA EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA D/Dª ROSA MARÍA COLMENERO DÍAZ, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 243 DE LA LEY 1/2000, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, EN EL JUICIO Ejecución de títulos no judiciales 1626/2015.

HONORARIOS LETRADO: SR. D. JUAN JOSÉ GARCÍA GARCÍA (I.V.A. incluido)...........................................................................................2.927,29 euros.

DERECHOS Y SUPLIDOS DE PROCURADOR: SR. D. PEDRO BALLENILLA ROS.

DERECHOS:

Artículo 26, Ejecución...........................................................528,89 euros.

Artículo 24.2, Embargo y Mejora............................................74,30 euros.

Artículo 24.3, Averiguación patrimonial..................................60,00 euros.

Artículo 5.1, Tasación de Costas..............................................22,29 euros.

Artículo 5.4, Liquidación de Intereses.....................................22,29 euros.

Artículo 25, Consignaciones....................................................15,85 euros.

TOTAL:............................................723,62 euros.

I.V.A.:..............................................151,96 euros.

TOTAL DERECHOS:.....................875,58 euros.

SUPLIDOS:

Tasa Judicial...........................................................................331,23 euros.

TOTAL DERECHOS Y SUPLIDOS:..................................1.206,81 euros.

TOTAL TASACIÓN DE COSTAS:....................................4.143,10 euros.

Importa la presente tasación de costas la cantidad de (s.e.u.o.) CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS DE EURO.

En MALAGA, a dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D./Dª.ROSA MARÍA COLMENERO DÍAZ

En MALAGA, a dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los Abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 L.E.C.).

La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su Procurador (artículo 245.3 L.E.C.).

En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 L.E.C.).

Del mismo modo la parte condenada podrá, en el plazo de DIEZ DIAS impugnar la propuesta de Liquidación de Intereses presentada por la parte ejecutante, si a su derecho conviene, bajo apercibimiento de que pasado dicho plazo sin hacer alegación alguna, se entenderá que presta su conformidad tácita con dicha propuesta de Liquidación de Intereses y se procederá a su aprobación definitiva.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en forma a quien abajo se indica, extiendo y firmo la presente en MALAGA a uno de abril de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

D. FRANCISCO ACASO BELLON

AVENIDA ULTRAMAR -APARTAMENTOS COFISA- Nº 3, PUERTA 19, C.P. 03730 JABEA-XABIA.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Málaga, 29 de septiembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA COLMENERO DIAZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid