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Documento BOE-J-2022-279120

TORRIJOS. Edicto de 14 de junio de 2022 en procedimiento civil número 62/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - TOLEDO
Referencia:
BOE-J-2022-279120

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Torrijos

Dirección: Avenida PILAR s/n

Localidad: Torrijos

Código Postal: 45500

Provincia: Toledo

Teléfono: 925764966

Correo electrónico: mixto4.torrijos@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 62/2020

NIG: 4517341120200000839

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Requerimiento

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 25/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Herencia Yacente de Doña María Esther García Amigo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA Acuerdo:1.-Ordenar que se ejecute el título ejecutivo.2.-Despachar ejecución a favor de la parte ejecutante BANCO SABADELL SA, frente a HERENCIA YACENTE DE MARIA ESTHER G. A, y D. JULIAN C. DEL O. , parte ejecutada, por importe de 52.967,19 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 12.020euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.3.-Requerir al ejecutado de pago a fin que efectúe el pago de las cantidades reclamadas en concepto de principal 52.967,19 euros. En dicho requerimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 686.2 de la LEC, habrán de incluirse las indicaciones contenidas en el artículo 441.5 de dicha ley, produciendo iguales efectos.El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C., sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 695 de la L.E.C. y en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:-Expedir mandamiento al Registro de la Propiedad de Torrijospara que remita certificación relativa al bienque a continuación se dirá, comprensiva de los siguientes extremos:1º La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien o derecho gravado.2º Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien registrable embargado, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.3º Si la hipoteca en favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro. URBANA.-NÚMERO NUEVE.-VIVIENDA izquierda en planta tercera, tipo D, del bloque número cuatro, en término de Torrijos (Toledo) y su calle Nardo, número uno, con entradapor dicha calle.INSCRIPCIÓN.-Finca registral número 6846 del Registro de la Propiedad de Torrijos, inscrita al Tomo 1583, Libro 119, Folio 89.

Torrijos, 14 de junio de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CALVACHE LOPEZ

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