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Documento BOE-J-2022-279075

VALÈNCIA. Edicto de 13 de junio de 2022 en procedimiento concursal número 1087/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-279075

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESOR LPEZ PIÑERO 14

Localidad: València

Código Postal: 46071

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927207

Correo electrónico: perez_josgom@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1087/2014

NIG: 4625066220140003499

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 06/06/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de la mercantil

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Mª JOSÉ ROIG SAPIÑA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de VALENCIA, de conformidad con lo previsto en el art. 482 del TRLC y los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de archivo del concurso dictado en este Juzgado y HAGO SABER:Que en este Juzgado se siguen autos de CONCURSO ORDINARIO [CNO] - 1087/2014 VOLUNTARIO, de la deudora Concursada VALENCIANA DE VIVIENDAS 2010 SL, con CIF Nº B98040652, con domicilio en la Calle GENERAL TOVAR Nº 2 VALENCIA, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha seis de junio de dos mil veintidós por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. JACINTO TALENS SEGUI, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por finalización de las operaciones de liquidación y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. Habiéndose designado como liquidador a Vicente Jesús Fons Carrión con DNI nº 19.873.911-W. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso ( 483, 484 Y 485 LC, antes art. 178 de la LC.). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

València, 13 de junio de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA

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