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Documento BOE-J-2022-279046

MADRID. Edicto de 9 de junio de 2022 en procedimiento civil número 11/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-279046

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 11/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/05/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Dª Mayra Alejandra Cardona Córdoba

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el Concurso consecutivo 11/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0002681, por auto de fecha 25/05/2022, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Dña. Mayra Alejandra Cardona Córdoba, con DNI: 51227590N, y domiciliado en Avda. Pocito de las Nieves, nº 11 2º B 28231 Rozas de Madrid, Las (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Emiliano Montero García, con domicilio postal en C/ Velázquez nº 27 1º 28001 Madrid, teléfono 910 059 122, y dirección electrónica mediacionesconcursales@gmail.com , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación.

Madrid, 9 de junio de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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