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Documento BOE-J-2022-279035

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 14 de junio de 2022 en procedimiento concursal número 4/2005.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2022-279035

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2 Torre 2 Planta 8

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 4/2005

NIG: 3501647120050000961

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 09/06/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Por el presente y en virtud de lo establecido en el art. 156 de la Ley Hipotecaria, se efectúa llamamiento a los ignorados y desconocidos tenedores de las cambiales expedidas en garantía de las hipotecas suscritas escrituras públicas de fecha doce de agosto de 2.003 ante el Notario de esta ciudad DON GERARDO BURGOS BRAVO a los números 3.859 y 3.860, con números OA0964040, OA0964042 y 0A0964044 y a cuantos se consideren con derecho a oponerse a la cancelación.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edictos

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, hace saber

Que en este Juzgado se siguen autos de Incidente Concursal número 4/2005-08, en el que se solicita la cancelación de las hipotecas suscritas escrituras públicas de fecha doce de agosto de 2.003 ante el Notario de esta ciudad DON GERARDO BURGOS BRAVO a los números 3.859 y 3.860, con números OA0964040, OA0964042 y 0A0964044. Por el presente y en virtud de lo establecido en el art. 156 de la Ley Hipotecaria, se efectúa llamamiento a los ignorados y desconocidos tenedores de las cambiales expedidas en garantía de dichas hipotecas y a cuantos se consideren con derecho a oponerse a la cancelación.

Palmas de Gran Canaria (Las), 14 de junio de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

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