Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 914930570
Concursal
Número: 1540/2019
NIG: 2807900220190145259
Auto
Fecha: 03/09/2019
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID
JUICIO: Concurso Abreviado 1540/2019
PARTE DEMANDANTE: CAMBEMBA, S.L.
PARTE DEMANDADA: DIGITAL ORCHID SPAIN, S.L.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia, por no ser conocido el domicilio de DIGITAL ORCHID SPAIN, S.L., por resolución de 21 de abril de 2022, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, en relación con el art. 16.2 TRLC,se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de auto de fecha 3 de septiembre de 2019, cuyo extracto de la parte dispositivaes la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Admitir a trámite la solicitud de declaración de concurso necesario del deudor DIGITAL ORCHID SPAIN S.L, promovida por la Procurador Doña Gloria Teresa Robledo Machuca en nombre y representación de Cambemba S.L.
2.- Declarar competente a este tribunal para conocer y tramitar la solicitud deconcurso.
3.- Emplazar al deudor, con entrega de la solicitud, para que comparezca en el plazo de cinco días, dentro del cual se le pondrán de manifiesto los autos y podrá formularoposición, proponiendo los medios de prueba de que intente valerse.Al emplazado se le informará de que debe comparecer por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 de la LC).También se le advertirá que, si no formula oposición en el plazo indicado, se dictaráauto declarando el concurso de acreedores.
4.- Que el emplazamiento debe realizarse en el domicilio designado en la solicitud,cumpliéndose, en su caso, lo dispuesto en el artículo 184.7 de la LC.
5.- Formar la sección primera del concurso encabezada con la solicitud de sudeclaración.
6.- Acordar la práctica de las siguientes pruebas anticipadas:
a).- QUE SE REQUIERA a Digital Orchid para que, en el plazo de DIEZ DÍAS,aporte al procedimiento lo siguiente:Una relación detallada de todos los créditos a su cargo con indicación de (i) datosdel acreedor, (ii) fecha de vencimiento, (iii) créditos que no hayan sido atendidos a suvencimiento hasta el día de hoy, y (iv) el importe impagado?
Declaraciones tributarias del Impuesto de Actividades Económicas e Impuesto deSociedades desde el año 2015.
b).- LÍBRESE OFICIO a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria,delegación de Madrid (con domicilio en Calle Guzmán el Bueno, n.º 139, 28003, Madrid), afin de que informe al Juzgado acerca de la posición acreedora que mantiene actualmentefrente a Digital Orchid, detallando (i) los importes adeudados y (ii) sus respectivosvencimientos así como, en su caso, (iii) el estado de los procedimientos de apremio seguidos contra el deudor.
Madrid, 21 de abril de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO PERALES BELIZON
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