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Documento BOE-J-2022-186882

MADRID. Edicto de 19 de abril de 2022 en procedimiento civil número 131/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-186882

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 131/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Un mes para comunicación de los créditos al AC.

DESTINATARIOS

Concursada, Administrador Concursal, Acreedores y Organismos Públicos

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en el concurso Abreviado 131/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0109762, por auto de fecha 18/04/2022, se ha declarado en concurso voluntario y abierto la liquidación que se tramitará por el procedimiento abreviado, a MOBER MULTIPLES PROYECTOS S.L. con CIF-B 86343035. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. La identidad de la Administración concursal es D. José Allegue Seoane, C/ General Álvarez de Castro 40 3D 28010 Madrid. Teléfono a efectos del concurso: +34 615 50 12 90. Fax: +34 911 822 687. Correo electrónico a efectos del concurso: concurso.131.2022.jm7madrid@nalce.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el TRLC.

Madrid, 19 de abril de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

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