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Documento BOE-J-2022-186812

BADAJOZ. Edicto de 22 de abril de 2022 en procedimiento concursal número 8/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BADAJOZ
Referencia:
BOE-J-2022-186812

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Badajoz

Dirección: Calle CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER 20

Localidad: Badajoz

Código Postal: 06006

Provincia: Badajoz

Teléfono: 924286355

Correo electrónico: mdelcarmen.ayllon@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 8/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 18/01/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores Extremadura UD SAU CIF A06736425

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Acuerdo la no aprobación del convenio propuesto por la concursada EXTREMADURA UD SAD

2.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso

3.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Capítulo II del Título VIII del Libro I del TRLC.

4.-Se declara disuelta la mercantil EXTREMADURA UD SAD, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.-Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones

6.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 410 y 552 A 559 del TRLC).

7.-Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos (artículos 410 y 552 a 559 del TRLC).

8.-Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 416 del TRLC.

Badajoz, 22 de abril de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL BOTE FERNANDEZ

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