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Documento BOE-B-2026-9183

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, Autorización De Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto de Ejecución de Reforma de Línea Aérea "Belalcázar" a 20 kV y paso a D/C desde Subestación Hinojosa hasta apoyo A552798 a sustituir, en los términos municipales de Belalcázar e Hinojosa del Duque (Córdoba). Expediente: AT 220/92.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 24 de marzo de 2026, páginas 14278 a 14296 (19 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2026-9183

TEXTO

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. La entidad E-distribución Redes Digitales S.L.U., solicita el 17 de septiembre de 2018 en la Delegación del Gobierno en Córdoba, con registro de entrada 9015/21858, la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción y la Declaración de Utilidad Pública conjunta, para las instalaciones eléctricas de alta tensión recogidas en el Proyecto denominado: Ejecución de Reforma de Línea Aérea "Belalcázar" a 20 kV y paso a D/C desde Subestación Hinojosa hasta el apoyo A552798 a sustituir, en los términos municipales de Belalcázar e Hinojosa del Duque (Córdoba).

SEGUNDO. Mediante Resolución de 22 de junio de 2021 de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba, se otorga Autorización Ambiental Unificada a la entidad E-distribución Redes Digitales S.L.U. para el Proyecto de Reforma de la Línea Aérea "Belalcázar" a 20 kV y paso a D/C desde Subestación Hinojosa hasta el apoyo A552798 a sustituir, en los términos municipales de Belalcázar e Hinojosa del Duque (Córdoba).

TERCERO. Mediante Anuncio de 3 de marzo de 2025 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, se somete a información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa, la Autorización Administrativa de Construcción y la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto denominado "Ejecución de Reforma de Línea Aérea "Belalcázar" a 20 kV y paso a D/C desde Subestación Hinojosa hasta el apoyo A552798 a sustituir, en los términos municipales de Belalcázar e Hinojosa del Duque (Córdoba)" insertándose a tal efecto anuncios en:

• Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 66 de 7 de abril de 2025.

• Boletín Oficial del Estado número 85 de 8 de abril de 2025.

• Boletín Oficial de Provincial de Córdoba número 79 de 24 de abril de 2025.

• Diario El Día de Córdoba de 28 de marzo de 2025.

• Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba), desde el día 5 de marzo de 2025 a las 10:10 horas hasta el 16 de abril de 2025 a las 23:59 horas.

• Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Hinojosa del Duque (Córdoba) durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el 25 de marzo hasta el 8 de mayo del corriente, ambos inclusive.

En dichos anuncios se incluía relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa del pleno dominio, limitaciones de dominio o para la imposición de servidumbre de paso de las instalaciones eléctricas.

Igualmente, se han practicado notificaciones individualizadas a todos los afectados y de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, durante el periodo de información pública, la documentación relativa a la actuación descrita estuvo disponible para su consulta en la Página Web de la Transparencia de la Junta de Andalucía.

CUARTO. Información pública a otras Administraciones Públicas.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 127 y 146 del Real Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre, se remitieron las separatas del proyecto con la documentación relativa a la parte de instalación que pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, a las siguientes administraciones y organismos públicos:

• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG).

• Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio. Servicio de Carreteras.

• Ayuntamiento de Hinojosa del Duque (Córdoba).

• Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba).

Se obtienen las siguientes respuestas:

• Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba: "1.- Analizada la información relativa a la separata del proyecto presentado, se informa las siguientes afecciones: La línea aérea objeto de informe, cruza la carretera A-422 de Alcaracejos a Límite de Provincia de Badajoz, en el P.K. 18+393 y en el P.K. 27+568, y la carretera A-3281 de El Viso a Hinojosa del Duque, en el P.K. 15+990.

2.- No existe ningún inconveniente por este Servicio de Carreteras para la ejecución de la instalación de la citada línea aérea eléctrica, ya que el poste más cercano a la calzada para el cruzamiento, en la A-422 P.K. 18+393 es el A552744 que se localiza a 52 metros de ésta y con altura 17,61 m, teniendo los conductores un gálibo sobre la carretera de 9,85 m; en el P.K. 27+568 de la A-422 el apoyo más cercano es el A552793 que está a 41 m de la carretera y con altura 15,51 m, teniendo un gálibo sobre la carretera de 8,49 m. Y en la A-3281 P.K. 15+990 el apoyo más cercano es el A552749 estando a 48 m de la carretera y con altura 18 m, teniendo los conductores un gálibo sobre la carretera de 10,30 m, por tanto todos ellos fuera de la zona de no edificación, cumpliéndose los siguientes requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de Carreteras de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Los apoyos se situarán preferentemente detrás de la zona de no edificación (a 25 metros, medidos en horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la calzada más próxima), no siendo esta distancia inferior a vez y media la altura de los apoyos, según el Art. 94-c) del Reglamento General de Carreteras. No se colocarán los apoyos dentro de las zonas de dominio público adyacente, ni de la zona de servidumbre legal, cuando la distancia correspondiente a una vez y media la altura de estos esté situada sobre las citadas zonas. El gálibo o la altura de los conductores sobre la rasante de la carretera, vendrá definido por el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, en su caso, no siendo esta altura inferior a SIETE (7) metros.

3.- Se informa que previamente a la ejecución de la construcción de los cruces aéreos e instalación paralela dentro del ámbito de las zonas de protección de la carretera, el promotor de las instalaciones deberá solicitar la autorización de estos a esta Delegación…"

QUINTO. En el trámite de Información pública se formularon alegaciones por los siguientes titulares de bienes y derechos afectados:

• Dª María Luisa Eulalia Bejarano Fernández como titular de la finca sita en Polígono 27, Parcela 7 en el Paraje Palomar, en los siguientes términos:

1. Error en el trazado que provoca una afectación grave en la propiedad y uso de la finca. Se manifiesta que no se oponen a que la línea se modernice y se amplíe pero que respete el sentido del trazado original, que lo desplacen unos metros para sustituirlo si es necesario, pero que se haga en un extremo de la parcela y no por medio de la finca, cruzando de este a oeste, ya que de este modo afectará gravemente la continuidad de la explotación agrícola existente y vulnerará la Ley 16 de diciembre de 1954 de expropiación forzosa, en su artículo 15. El terrero estrictamente necesario debe ser el de un extremo y no poner el trazado por medio de la finca, arrancando arboleda centenaria y destruyendo el medio de vida de la familia.

2. Se insta a la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, a valorar alternativas de ubicación del punto de apoyo, menos perjudiciales para la finca afectada y suprimir el vuelo de los cables:

Propuesta 1: añadiendo apoyo intermedio entre APOYO 1 y apoyo A552798, colocando apoyo A552798 en pico de la huerta. Adjunto Anexo 1, con la descripción gráfica de la propuesta 1, siendo la línea del tendido la de color púrpura (página 5 del documento).

Propuesta 2: colocando apoyo A552798 en pico de la huerta, siguiendo la línea el trazado directo desde APOYO 1. Adjunto Anexo 2, con la descripción gráfica de la propuesta 2, siendo la línea del tendido la de color púrpura (página 6 del documento).

3. Cuantía insuficiente de la indemnización por la ocupación del vuelo, punto de apoyo y servidumbre perpetua. La indemnización realizada no se ajusta al valor real de los perjuicios económicos, sanitarios y estructurales que dicha instalación ocasionará, todo ello sin tener en cuenta el daño moral y sentimental que este proceso nos está ocasionando.

• D. Antonio Torrico Rubio y Dª Carmen Toledano Navarro como titulares de las Parcelas 440 y 441 del Polígono 43 de Hinojosa del Duque, en los siguientes términos:

- La propuesta de declaración de utilidad pública no cumple los requisitos legalmente exigidos para su otorgamiento: Solicitud de trazado alternativo para la línea eléctrica y para la instalación del apoyo A552757.

- Existe una alternativa que cumple todos y cada uno de los requisitos anteriores y, por tanto, no puede autorizarse el trazado propuesto por la contraparte, en cuanto a la línea eléctrica (sobre las parcelas 440 y 441, polígono 43 de mi propiedad) ni la instalación del apoyo A552757 (sobre la parcela de mi propiedad 440, polígono 43).

- El trazado propuesto es totalmente irracional -dicho sea, con el debido respeto y estrictos términos de defensa-, toda vez que divide por la mitad las parcelas de mi propiedad, como se muestra a continuación mediante la imagen que nos fue facilitada por ECOINTEGRAL. Las parcelas de nuestra propiedad son rectangulares, y el Proyecto propuesto las divide a ambas por la mitad, lo cual resulta gravemente lesivo para esta parte, y por este motivo debe modificarse el trazado de la línea y la ubicación del apoyo.

- El apoyo estaba ubicado en dos parcelas distintas, una parcela de nuestra propiedad (parcela 440) y otra parcela de otro propietario (parcela 437), pues bien, sin justificación alguna y de forma absolutamente arbitraria, en el anuncio se indica que el apoyo debe ubicarse en nuestra parcela, sin justificar el motivo por el cual no se ubica el apoyo en otra parcela ajena a la de mi propiedad o porque no se ubica en la parcela 437.

- Dado que existe un camino público a escasos metros del trazado resulta a todas luces viable que se ubique el nuevo apoyo en el camino público, sin tener que causar perjuicios a esta parte.

• D. José Capdevila Revaliente y Dª María Rosa Seco de Herrera Martín propietarios con carácter ganancial de la finca registral n.º 10.281, del registro de la Propiedad de Hinojosa del Duque (Córdoba), sita en el paraje de Camino de Santo Domingo, hoy conocido también como CERRO ALTO, se integra por las parcelas catastrales 422 y 423 del polígono 43, en los siguientes términos:

1º. Que tanto las parcelas 200 como 201 de la RBDA pertenecen a los dos comparecientes con carácter ganancial, con independencia de que la 200 estuviese erróneamente catastrada a nombre de una persona fallecida y desconocida, pues ambas conforman su FINCA REGISTRAL n.º 10.281.

2º. Que el Apoyo n.º 23, que sustituirá a la torreta actual, está dentro del perímetro de su finca y no en la parcela -424 del Catastro- de su vecino n.º 199 de la RBDA, en la que erróneamente se ha consignado.

3º. Que, para adverar estos extremos, además de la profusa documental que se acompaña, interesamos expresamente que los técnicos correspondientes se desplacen a la finca de los comparecientes y puedan verificar la veracidad de todo lo alegado, acordando la subsanación de la RBDA en los términos interesados.

• D. Pedro Fernández Vigara en los siguientes términos:

Que habiendo recibido notificación del proyecto denominado "Ejecución de reforma de línea aérea "Belalcázar" a 20 kV y paso de D/C desde Subestación Hinojosa hasta el apoyo A552798 a sustituir, en los términos municipales de Belalcázar e Hinojosa del Duque (Córdoba)", y habiendo comprobado que mis parcelas 199 y 194 no aparecen en listado que adjuntan, solicita que se proceda a su corrección.

SEXTO. De conformidad con lo establecido en el art. 145 del ya indicado R.D. 1955/2000 y al objeto de su informe se dio traslado de las alegaciones presentadas a la beneficiaria E-distribución Redes Digitales S.L.U. y al Servicio de Energía de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba respectivamente.

Mediante escritos de fecha 2 de julio por parte de la beneficiaria E-distribución Redes Digitales S.L.U. se informan las alegaciones presentadas por Dª María Luisa Eulalia Bejarano Fernández, D. José Capilla Revaliente y Dª María Rosa Seco de Herrera, D. Pedro Fernández Vigara y mediante escrito de fecha 3 de julio de 2025 se informan las alegaciones presentadas por D. Antonio Torrico Rubio y Dª Carmen Toledano Navarro.

Por ser de su competencia, el Servicio de Energía de la Delegación Territorial con fecha 21/10/2025 emite informe con relación a las alegaciones presentadas por Dª María Luisa Eulalia Bejarano Fernández y D. Antonio Torrico Rubio y Dª Carmen Toledano Navarro respectivamente.

SÉPTIMO. Con fecha 26/01/2026 el Servicio de Energía de la Delegación Territorial emite Informe Técnico en virtud del cual estima que tanto en la tramitación de la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, como en la redacción del proyecto procede realizar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones objeto del proyecto.

A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos para la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, reguladas en el artículo 54 y siguientes de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre citada; en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024 de 29 de Julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 300/2022, de 7 de septiembre por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; la Orden de 28 de marzo de 2025 de la Consejería de Industria, Energía y Minas por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería cuya disposición quinta en su punto 7 se delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos "(...)", la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia"; el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en relación con el Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril y el Real Decreto 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO. El expediente ha sido tramitado conforme a lo establecido en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Título VII del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que someten la puesta en funcionamiento de instalaciones eléctricas de distribución al régimen de autorización administrativa.

TERCERO. El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, declaración que, al amparo del artículo 56.1 de la citada Ley, "llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna, autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública", adquiriendo la empresa solicitante, al amparo del artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

CUARTO. El artículo 143.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que "La solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, podrá efectuarse bien de manera simultánea a la solicitud de autorización administrativa y/o de aprobación del proyecto de ejecución, o bien con posterioridad a la obtención de la autorización administrativa", en consonancia con el artículo 72.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que "de acuerdo con el principio de simplificación administrativa, se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo".

QUINTO. En cuanto a las afecciones derivadas de la expropiación, se estará a lo establecido en el artículo 57 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que a tal efecto dispone lo siguiente:

"Artículo 57. Servidumbre de paso.

1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable.

2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.

3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.

4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario".

SEXTO. Informe a las alegaciones presentadas en el trámite de Información pública.

➢ Alegaciones presentadas por Dª María Luisa Eulalia Bejarano Fernández

El Servicio de Energía de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas en Córdoba en su Informe de fecha 3 de Julio de 2025 realiza las siguientes consideraciones:

"Primera: En cuanto a las dos propuestas de cambio de trazado realizadas, hay que señalar que las propuestas no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, sin justificar el cumplimiento de las condiciones conjuntamente indicadas en citado artículo para el cambio de trazado, limitándose únicamente a la realización de dos propuestas según los trazados propuestos al proyectado, sin valoración de los costes económicos.

Segunda: El trazado de la instalación cumple con lo dispuesto en la Instrucción LAT 07 del Real Decreto 203/2008, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITCLAT 01 a 09, y el Proyecto Tipo Líneas Aéreas de Media Tensión AYZ10000 en cuanto a distancias de seguridad a edificaciones y construcciones.

Tercera: Respecto a la valoración de los terrenos afectados por la instalación será el pactado con la beneficiaria o en su defecto se fijará por Comisión de Valoraciones de la Junta de Andalucía en su debido momento si no se ha llegado a un acuerdo previo entre las partes.

Informe: Por tanto, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, se considera que las propuestas realizadas por la interesada no justifican el cambio de trazado de la reforma de la instalación según el proyecto presentado por E-distribución Redes Digitales S.L.U."

➢ Alegaciones presentadas por D. Antonio Torrico Rubio y Dª Carmen Toledano Navarro.

El Servicio de Energía de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas en Córdoba en su Informe de fecha 2 de Julio de 2025 realiza las siguientes consideraciones:

"Primera: La propuesta de cambio de trazado realizada, no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, puesto que no se justifica para el cambio de trazado el cumplimiento de las condiciones conjuntamente indicadas en citado artículo, limitándose únicamente a la realización de la propuesta sin valoración de los costes económicos y posibles afecciones a otros propietarios. Como en sus alegaciones manifiestan, la finalidad del cambio de trazado está basada en la negativa a la colocación del apoyo A552757 en la parcela de su propiedad n.º 440, manifestando que se ha elegido su ubicación "sin justificación alguna y de forma absolutamente arbitraria", proponiendo "que bien pudiera colocarse en cualquier otra parcela que no sea de su propiedad".

Segunda: El trazado proyectado cumple con lo dispuesto en la Instrucción LAT 07 del Real Decreto 203/2008, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITCLAT 01 a 09, y en el Proyecto Tipo Líneas Aéreas de Media Tensión AYZ10000 en cuanto a distancias de seguridad a edificaciones y construcciones. De acuerdo con el plano del trazado, si tenemos en cuenta las edificaciones existentes próximas al camino de Santo Domingo, impiden cumplir con las distancias de seguridad reglamentarias en el caso del trazado alternativo propuesto.

Tercera: La servidumbre creada por vuelo de la línea sobre los terrenos afectados en ningún caso divide a las parcelas en dos partes, pudiéndose seguir con la realización del aprovechamiento de laboreo de secano actual de acuerdo con el uso de esta detallado en el Registro Catastral.

Informe: Por tanto, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, se considera que la propuesta realizada por los interesados no justifica el cambio de trazado de la reforma de la instalación según el proyecto presentado por E-distribución Redes Digitales S.L.U."

➢ Alegaciones presentadas por D. José Capilla Revaliente

La beneficiaria E-distribución Redes Digitales S.L.U. en su Informe de fecha 2 de Julio de 2025 manifiesta, entre otras cosas, que se ha alcanzado un acuerdo mutuo entre las partes por lo que se procederá a excluir las parcelas del procedimiento de Declaración de Utilidad Pública.

➢ Alegaciones presentadas por D. Pedro Fernández Vigara

La beneficiaria E-distribución Redes Digitales S.L.U. en su Informe de fecha 2 de Julio de 2025 manifiesta, entre otras cosas, que las parcelas 199 y 194 cuya propiedad ostenta D. Pedro Fernández Vigara no se encuentran afectadas por el proyecto de línea de nominado MT-LAMT_LSMT REFORMA DE LÍNEA AÉREA BELALCÁZAR A 20 KV Y PASO A D/C DESDE S.E. HINOJOSA HASTA EL APOYO A552798 A SUSTITUIR EN EL T.M. BELALCÁZAR E HINOJOSA DEL DUQUE (CÓRDOBA).

SÉPTIMO. Informe Técnico sobre solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción.

Con fecha 26/01/2026 el Servicio de Energía de la Delegación Territorial emite Informe Técnico que estima que tanto en la tramitación de la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, como en la redacción del proyecto procede realizar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones objeto del proyecto cuyas características principales son:

Reforma de línea de alta tensión "Belalcázar".

Emplazamiento: Parajes Palomar, Santa Clara, Los Majuelos, El Regajo, Macaraca, Puerta Colorada, Fuente Zarca, Cerro Alto, Pozo de las Nieves, Fuente Zarca los Frailes y Los Canos. Términos municipales: Belalcázar e Hinojosa del Duque.

Tramo 1. Doble circuito.

Tipo: Aérea.

Origen: Nuevo apoyo A552798 a sustituir.

Final: Nuevo Apoyo 19 (próximo a la Subestación de Hinojosa del Duque).

Longitud (m): 10.684

Tipo de conductor: 94-AL1/22-ST1A (LA-110)

Tramo 2. Simple circuito.

Tipo: Subterránea.

Origen: Conversión subterránea/aérea en nuevo Apoyo 19.

Final: Celda libre en Subestación "Hinojosa".

Longitud (m): 45

Tipo de conductor: RH5Z1 3(1x240)18/30 kV XLPE

Tramo 3. Simple circuito.

Tipo: Aérea.

Origen: Apoyo A552783

Final: Nuevo apoyo 21

Longitud (m): 252

Tipo de conductor: 27-AL1/4-ST1A (LA-30)

Tramo 4. Simple circuito.

Tipo: Aérea.

Origen: Apoyo A552762

Final: Nuevo apoyo 22

Longitud (m): 80

Tipo de conductor: 27-AL1/4-ST1A (LA-30)

Otras características:

- Desmontaje de 10.684 metros de conductor aéreo LA-56 (47-AL1/8-ST1A) de la LAMT a reformar.

- Instalación de seccionadores unipolares para derivación, PAT de apoyos frecuentados y sistema de antiescalo en los siguientes apoyos: A552798, A552785/S85690, A552783, A552779, A552771/S24262, A552764/S079024, A552762, A552758, A552756, A552750/S101229, A552744 y el apoyo 19.

Retensados de los siguientes tramos:

- Desde nuevo apoyo A552791 al apoyo existente A552939/S60008.

- Desde nuevo apoyo A552785/S85690 al apoyo existente A552942/S24264.

- Desde nuevo apoyo A552764/S079024 al PT. 65916 "Aguas residuales".

- Desde nuevo apoyo 22 al PT. 39774 "Baños.López".

- Desde nuevo apoyo A552432 al apoyo existente A552433.

("...")

"Condicionados:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto, según con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.

4. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.

5. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión, en su caso, de la resolución de explotación. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente visado por el colegio profesional correspondiente o en su defecto, la declaración responsable del técnico competente de los trabajos profesionales y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.

6. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

8. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes."

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos y demás de general aplicación, así como el Informe Propuesta de Resolución, esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Córdoba, en el uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE

PRIMERO. Desestimar las alegaciones presentadas por Dª María Luisa Eulalia Bejarano Fernández por los motivos expuestos.

SEGUNDO. Desestimar las alegaciones presentadas por D. Antonio Torrico Rubio y Dª Carmen Toledano Navarro por los motivos expuestos.

TERCERO. Desestimar las alegaciones presentadas por D. Pedro Fernández Vigara por los motivos expuestos.

CUARTO. Otorgar a la entidad E-distribución Redes Digitales S.L.U. Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción y Declarar en concreto la Utilidad Pública para el Proyecto de Ejecución de Reforma de la Línea Aérea "BELALCÁZAR" a 20 kV y paso a D/C desde Subestación Hinojosa hasta apoyo A552798 a sustituir en los términos municipales de Belalcázar e Hinojosa del Duque (Córdoba).

Los principales elementos y características de las instalaciones son los siguientes:

Reforma de línea de alta tensión "Belalcázar".

Emplazamiento: Parajes Palomar, Santa Clara, Los Majuelos, El Regajo, Macaraca, Puerta Colorada, Fuente Zarca, Cerro Alto, Pozo de las Nieves, Fuente Zarca los Frailes y Los Canos. Términos municipales: Belalcázar e Hinojosa del Duque.

Tramo 1. Doble circuito.

Tipo: Aérea.

Origen: Nuevo apoyo A552798 a sustituir.

Final: Nuevo Apoyo 19 (próximo a la Subestación de Hinojosa del Duque).

Longitud (m): 10.684

Tipo de conductor: 94-AL1/22-ST1A (LA-110)

Tramo 2. Simple circuito.

Tipo: Subterránea.

Origen: Conversión subterránea/aérea en nuevo Apoyo 19.

Final: Celda libre en Subestación "Hinojosa".

Longitud (m): 45

Tipo de conductor: RH5Z1 3(1x240)18/30 kV XLPE

Tramo 3. Simple circuito.

Tipo: Aérea.

Origen: Apoyo A552783.

Final: Nuevo apoyo 21.

Longitud (m): 252

Tipo de conductor: 27-AL1/4-ST1A (LA-30)

Tramo 4. Simple circuito.

Tipo: Aérea.

Origen: Apoyo A552762.

Final: Nuevo apoyo 22.

Longitud (m): 80

Tipo de conductor: 27-AL1/4-ST1A (LA-30)

Otras características:

- Desmontaje de 10.684 metros de conductor aéreo LA-56 (47-AL1/8-ST1A) de la LAMT a reformar.

- Instalación de seccionadores unipolares para derivación, PAT de apoyos frecuentados y sistema de antiescalo en los siguientes apoyos: A552798, A552785/S85690, A552783, A552779, A552771/S24262, A552764/S079024, A552762, A552758, A552756, A552750/S101229, A552744 y el apoyo 19.

Retensados de los siguientes tramos:

- Desde nuevo apoyo A552791 al apoyo existente A552939/S60008.

- Desde nuevo apoyo A552785/S85690 al apoyo existente A552942/S24264.

- Desde nuevo apoyo A552764/S079024 al PT. 65916 "Aguas residuales".

- Desde nuevo apoyo 22 al PT. 39774 "Baños.López".

- Desde nuevo apoyo A552432 al apoyo existente A552433.

QUINTO. Estas autorizaciones se otorgan condicionadas al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto, según con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.

4. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.

5. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión, en su caso, de la resolución de explotación. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente visado por el colegio profesional correspondiente o en su defecto, la declaración responsable del técnico competente de los trabajos profesionales y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.

6. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

8. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Estas autorizaciones se otorgan en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial, sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

SEXTO. La Declaración, en concreto, de la Utilidad Pública, de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de los derechos afectados por las instalaciones e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, siendo las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación de bienes y derechos incluida en esta resolución. (Anexo I)

De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico: "Igualmente supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación sobre los terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública".

En cualquier momento el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de estos. Este acuerdo, en el momento de la declaración de utilidad pública de la instalación adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SÉPTIMO. La presente resolución de conformidad con el artículo 148.2 del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se notificará a los interesados y será publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Belalcázar e Hinojos del Duque y en dos diarios de mayor circulación de la provincia sirviendo la misma como notificación a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto a aquellos interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación no se hubiera podido practicar.

Contra la presente Resolución, de Autorización Administrativa Previa y de Autorización Administrativa de Construcción, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución de Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, que sí pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46,1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Anexo I

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR PROYECTO DE REFORMA DE LÍNEA AÉREA "BELALCAZAR" A 20 kV Y PASO A D/C, DESDE S.E HINOJOSA HASTA EL APOYO A552798 A SUSTITUIR, EN EL T.M. BELALCÁZAR Y HINOJOSA DEL DUQUE (CÓRDOBA). SR.00469 AT-220-92
TRAMO AÉREO
N.º Parcela según proyecto Referencia Catastral DNI Provincia Término Municipal Paraje Polígono Parcela Vuelo (m) Servidumbre de paso (m²) Apoyos N.º Apoyos Pleno dominio (m²) Ocupación temporal (m²) Uso del suelo
1 14008A027003680000UK Ayuntamiento de Belalcázar Córdoba Belalcázar Palomar 27 368 0 4,81 0,48 Improductivo
2 14008A027000070000UP 75688204B Córdoba Belalcázar Palomar 27 7 49,2 913,53 1 A552798 3,8 91,35 Olivos Secano
3 14008A027090030000UL Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 27 9003 17,63 368,46 36,85 Hidrográfica natural
5 14008A027000080000UL 75688612M Córdoba Belalcázar Palomar 27 8 0 72,72 7,27 Labor Secano
6 14008A027000100000UP 30205744M Herederos de 30139653Q Córdoba Belalcázar Palomar 27 10 108,56 1724,71 172,47 Labor Secano
7 14008A027090040000UT Detalles topográficos Córdoba Belalcázar Camino 27 9004 8,89 139 13,9 Vía comunicación dominio público
8 14008A027000290000UH Ayuntamiento de Belalcázar Córdoba Belalcázar Palomar 27 29 288,29 4408,7 3 A552795, Apoyo 2, A552794 6,8 440,87 Labor Secano
9 14008A027003740001IM Ayuntamiento de Belalcázar Córdoba Belalcázar Palomar 27 374 0 0,2 0,02 Labor Secano
10 14008A025090010000UJ Detalles topográficos Córdoba Belalcázar Carretera 25 9001 14,75 241,96 24,2 Vía comunicación dominio público
12 14008A025003890000UI Ayuntamiento de Belalcázar Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 389 221,22 4013,3 1 A552792 1,77 401,33 Labor Secano
13 14008A025000100000UE R2802267A Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 10 25,74 940,06 94,01 Olivos Secano
15 14008A025003870000UD 30990465N Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 387 196,27 3465,17 2 A552791, Apoyo 4 3,45 346,52 Labor Secano
16 14008A025090100000UW Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 25 9010 4,86 78,04 7,8 Improductivo
17 14008A025003860000UR 30990465N Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 386 96,87 1724,23 172,42 Labor Secano
18 14008A025003990000UW PEREIRA AMOR CARMEN Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 399 0 128,91 12,89 Labor Secano
19 14008A025003850000UK 75684194A Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 385 19,37 363,95 36,39 Labor Secano
20 14008A025004000000UW 30136704B Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 400 0 19,01 1,9 Labor Secano
25 14008A025004060000UP 30202627Q 30202236Q Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 406 37,52 641,2 64,12 Labor Secano
26 14008A025004070000UL Herederos de 30176427J Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 407 80,11 1258,25 1 A552789 1,72 125,82 Labor Secano
28 14008A025004090000UF Herederos de 30140839Y Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 409 31,75 773,52 77,35 Labor Secano
29 14008A025004100000UL 30139454R 07529874L 07533583W Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 410 74,93 1905,65 190,56 Labor Secano
30 14008A025004110000UT 75688412N Herederos de 30180238Y Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 411 65,74 1177,74 1 A552788 1,72 117,77 Labor Secano
31 14008A025004120000UF GOMEZ GARCÍA CRUZ Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 412 63,9 1012,8 101,28 Labor Secano
32 14008A025004130000UM 75698698V 30198170K Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 413 41 597,86 1 Apoyo 5 1,49 59,79 Labor Secano
33 14008A025004140000UO Herederos de 30140839Y Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 414 28,52 466,56 46,66 Labor Secano
34 14008A025004150000UK 75688412N Herederos de 30180238Y Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 415 42,32 900,64 90,06 Labor Secano
36 14008A025090120000UB Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 25 9012 3,81 66,19 6,62 Improductivo
45 14008A025090140000UG Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 25 9014 4,29 83,29 8,33 Improductivo
47 14008A025000330000UK 75698843R Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 33 22,93 479,01 47,9 Labor Secano
48 14008A025001730000UZ 30201386V Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 173 36,77 689,14 68,91 Labor Secano
49 14008A025001740000UU 30198440S 46518918S Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 174 92,47 1512,49 1 A552784 1,49 151,25 Labor Secano
50 14008A025001750000UH 75688589M Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 175 51,18 896,03 89,6 Labor Secano
51 14008A025003590000UE 75698702K Córdoba Belalcázar Santa Clara 25 359 46,76 622,75 1 Apoyo 7 1,49 62,27 Labor Secano
53 14008A025090130000UY Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 25 9013 8,37 129,58 12,96 Improductivo
54 14008A026000470000UJ(a) 30205744M Herederos de 30139653Q Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 0047(a) 137,29 2230,52 223,05 Labor Secano
54 14008A026000470000UJ(b) 30205744M Herederos de 30139653Q Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 0047(b) 70,71 942,1 1 A552783 3,8 94,21 Olivos Secano
55 14008A026000460000UI 75698702K Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 46 51,88 799,09 1 Apoyo 20 1,32 79,91 Labor Secano
56 14008A026000420000UK 75688589M Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 42 59,14 971,44 97,14 Labor Secano
57 14008A026000410000UO 30198440S 46518918S Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 41 13,28 264,96 1 Apoyo 21 1,32 26,5 Labor Secano
58 14008A026090050000UX Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 26 9005 13,32 252,92 25,29 Improductivo
59 14008A026000480000UE 30205744M Herederos de 30139653Q Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 48 12,68 253,68 25,37 Labor Secano
60 14008A026000490000US 30205744M Herederos de 30139653Q Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 49 100,7 1775,94 1 Apoyo 8 1,49 177,59 Labor Secano
62 14008A026090060000UI Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 26 9006 5,67 125,9 12,59 Improductivo
68 14008A026001870000UB Herederos de 30133731M Herederos de 30125130Y Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 187 34,35 721,37 72,14 Labor Secano
69 14008A026000700000UT Herederos de 30133731M Herederos de 30125130Y Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 70 35,66 571,69 57,17 Labor Secano
73 14008A026000880000UW 30185319G 30208135G 30209800J Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 88 65,78 1356,44 135,64 Olivos Secano
76 14008A026000950000UG 75705097E Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 95 32 550,76 55,08 Labor Secano
77 14008A026000980000UL 75705097E 30786243F Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 98 51,31 891,6 1 A552778 4,54 89,16 Labor Secano
78 14008A026001010000UF 30194233V Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 101 43,13 1008,77 100,88 Labor Secano
81 14008A026001080000UI 30194233V Córdoba Belalcázar Santa Clara 26 108 37,51 623,46 1 A552777 1,77 62,35 Labor Secano
83 14008A026090090000US Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Belalcázar Arroyo 26 9009 4,3 108,83 10,88 Improductivo
85 14008A026090110000UE Detalles topográficos Córdoba Belalcázar Camino 26 9011 0 25,32 2,53 Improductivo
86 001300200UH16G0001MF 30205744M 30139653Q Córdoba Belalcázar Em diseminados 200 H16G 0 1,99 0,2 Urbano
87 14035A047090030000PX Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 47 9003 2,79 79,29 7,93 Vía comunicación dominio público
88 14035A047000480000PZ Herederos de 30130592V Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 48 0 78,52 7,85 Labor Secano
90 14035A047000510000PZ Herederos de 30134143A Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 51 82,66 1482,59 1 A552776 1,9 148,26 Labor Secano
94 14035A047000580000PG Herederos de 30129514C Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 58 23,11 415,1 41,51 Labor Secano
95 14035A047000590000PQ 30195494J 75698581S Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 59 26,75 555,88 55,59 Labor Secano
96 14035A047000600000PY 30129587R Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 60 27,22 612,67 61,27 Labor Secano
97 14035A047000610000PG RODRÍGUEZ ARANDA JUAN Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 61 14,31 330,66 33,07 Labor Secano
99 14035A047000640000PL 75693946A Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 64 27,55 567,12 56,71 Labor Secano
101 14035A047000270000PQ Herederos de 75694055C Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 27 186,43 3672,05 2 A552773 y Apoyo 9 3,23 367,2 Labor Secano
108 14035A047090160000PB Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Hinojosa del Duque Arroyo 47 9016 5,8 113,33 11,33 Improductivo
111 14035A047090050000PJ Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 47 9005 50,78 883,39 88,34 Improductivo
114 4035A047002650000PD 30180285F 30180628M Córdoba Hinojosa del Duque El Regajo 47 265 94,16 1403,07 1 A552769 1,51 140,31 Labor Secano
115 14035A047002660000PX 30180285F 30180628M Córdoba Hinojosa del Duque El Regajo 47 266 23,3 730,37 1 Apoyo 10 1,49 73,04 Labor Secano
116 14035A047002310000PK 30185753R Córdoba Hinojosa del Duque El Regajo 47 231 8,11 109,14 10,91 Labor Secano
117 14035A047090150000PA Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Hinojosa del Duque Arroyo 47 9015 6,16 124,92 12,49 Improductivo
118 14035A047003020000PE Ayuntamiento de Hinojosa del Duque Córdoba Hinojosa del Duque El Regajo 47 302 0 88,48 8,85 Labor Secano
119 14035A047002290000PR 30192002V Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 229 105,58 1898,15 189,81 Labor Secano
120 14035A047002280000PK En investigación Córdoba Hinojosa del Duque Los Majuelos 47 228 20,32 258,55 1 A552768 2,16 25,86 Labor Secano
121 14035A047003350000PS 30192002V Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 335 11,67 248,83 24,88 Labor Secano
122 14035A047003340000PE 30192002V Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 334 17,52 395,01 39,5 Labor Secano
123 14035A047003330000PJ Herederos de 30127347S Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 333 22,03 513,34 51,33 Labor Secano
124 14035A047003320000PI 30192002V Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 332 15,7 368,16 36,82 Labor Secano
125 14035A047003310000PX Herederos de 30130020C Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 331 16,77 381,84 38,18 Labor Secano
127 14035A047003290000PI 30192002V Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 329 15,01 307,17 30,72 Labor Secano
130 14035A047003260000PR 30198108M Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 326 55,33 977,18 97,72 Labor Secano
131 14035A047003250000PK Herederos de 00628111G Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 325 21,11 392,4 39,24 Labor Secano
134 14035A047003190000PF Herederos de 30128321T Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 319 26,72 366,46 36,65 Labor Secano
135 14035A047003160000PP 75702156W Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 316 66,29 1026,9 1 A552766 1,77 102,69 Labor Secano
136 14035A047003150000PQ 80157595L 30972011G Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 315 65,04 1036,58 103,66 Labor Secano
137 14035A047003130000PY 75698477A Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 313 98,4 1964,81 1 A552765 4,54 196,48 Labor Secano
139 14035A047003100000PW 76224067C Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 310 74,53 1520,29 152,03 Labor Secano
140 14035A047003110000PA 75698525M Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 311 38,4 633,13 1 A552764 1,72 63,31 Labor Secano
141 14035A047090340000PD Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 47 9034 0 9,94 0,99 Improductivo
144 14035A047004350000PH 75698525M Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 435 53,81 876,02 87,6 Viña Secano
146 14035A047004440000PQ 75684034G Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 444 46,28 768,52 76,85 Labor Secano
147 14035A047004240000PD 23616177F 30141035H Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 424 72,53 1146,39 114,64 Labor Regadío
148 14035A047004430000PG 75684034G Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 443 0 0,87 0,09 Labor Secano
149 14035A047004460000PL 38515663R Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 446 99,41 1608,16 1 A552763 1,96 160,82 Labor Regadío
150 14035A047004250000PX 30196975E 30200168H Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 425 101,38 1530,37 1 A552762 3,8 153,04 Labor Secano
152 14035A047090130000PH Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 47 9013 13,01 342,95 34,29 Improductivo
153 14035A047004220000PK 38515663R Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 422 58,01 813,13 1 Apoyo 22 1,32 81,31 Labor Regadío
154 14035A047004210000PO 30021040Z Córdoba Hinojosa del Duque Macaraca 47 421 61,08 1090,13 109,01 Labor Secano
156 14035A047090300000PM Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 47 9030 4,07 58,3 5,83 Improductivo
158 14035A047090310000PO Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 47 9031 5,16 95,69 9,57 Improductivo
159 14035A047004160000PF 30198498G Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 416 0 0,02 0 Labor Secano
164 14035A047005130000PF ROPERO MURILLO MANUELA Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 513 25,56 385,87 1 A552759 1,49 38,59 Labor Secano
165 14035A047005120000PT (b) 75707810K 30207164E 30209399A 30209893Z Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 0512(b) 17,74 313,32 31,33 Olivos Secano
165 14035A047005120000PT (c) 75707810K 30207164E 30209399A 30209893Z Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 0512( c) 4,29 79,36 7,94 Improductivo
167 14035A047005100000PP 80161061N 80163125Y Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 510 18,4 320,46 32,05 Labor Secano
168 14035A047005090000PT 30191759G Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 509 11,39 177,61 17,76 Labor Secano
169 14035A047005050000PG Herederos de 00537395T Herederos de 30130325A Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 505 62,4 937,99 1 A552758 4,54 93,8 Labor Secano
170 14035A047005000000PH 30543182X 75705511E Córdoba Hinojosa del Duque Puerta Colorada 47 500 163,92 2587,92 2 Apoyo 14, Apoyo 15 3,13 258,79 Labor Secano
171 14035A046090240000PR Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 46 9024 8,78 122,66 12,27 Vía comunicación dominio público
172 14035A046004380000PT 75702205M 30196976T Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca 46 438 59,18 949,61 94,96 Labor Secano
173 14035A046004370000PL 75702205M Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca 46 437 1,59 83,33 8,33 Labor Secano
174 14035A046090230000PK Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 46 9023 4,5 77,86 7,79 Improductivo
175 14035A046004300000PW 30197519Z 30206017W 30207218F 30207554K 75702269T 75706908Q Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca 46 430 1,43 24,99 2,5 Improductivo
176 14035A046004290000PB 30197519Z 30206017W 30207218F 30207554K 75702269T 75706908Q Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca 46 429 8,69 147,86 14,79 Labor Secano
177 14035A046004270000PW 30198175A Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca 46 427 4,39 75,23 7,52 Labor Secano
178 14035A043090010000PD Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Cañada 43 9001 72,33 1175,59 1 Apoyo 16 1,49 117,56 Improductivo
179 14035A043004640000PZ 24696640E Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 464 7,56 143,33 14,33 Labor Regadío
180 14035A043004630000PS Herederos de 30127877Q Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 463 38,06 717,87 71,79 Labor Secano
181 14035A043004600000PI 75702117D Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 460 26,3 381,96 38,2 Labor Secano
182 14035A043004580000PJ 30183993N Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 458 13,7 148,6 1 Apoyo 17 3,8 14,86 Labor Secano
183 14035A043090250000PF Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 43 9025 3,56 48,92 4,89 Improductivo
184 14035A043004590000PE 30183993N Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 459 7,3 106,67 10,67 Labor Secano
185 14035A043004540000PR 75702117D Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 454 53,68 1020,83 102,08 Labor Secano
186 14035A043004530000PK 75702117D 75705197F Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 453 26,66 568,01 56,8 Labor Secano
187 14035A043004500000PF 75702257B Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 450 73,21 1376,22 137,62 Labor Secano
188 14035A043005470000PK 75702117D 75705197F Córdoba Hinojosa del Duque Pozo de la nieve 43 547 16,98 226,68 1 Apoyo 18 1,49 22,67 Labor Secano
189 14035A043004470000PF 75702117D 80149337H Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 447 19,93 322,95 32,29 Labor Secano
190 14035A043004420000PG 75705015D Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 442 16,56 290,77 29,08 Olivos Secano
191 14035A043004430000PQ 75693943T Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 443 22,79 414,1 41,41 Labor Secano
192 14035A043004410000PY 30199588J 75698598D Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 441 28,55 497,79 49,78 Labor Secano
193 14035A043004400000PB 30199588J 75698598D Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 440 32,07 476,34 1 A552757 1,48 47,63 Labor Secano
195 14035A043004360000PA Herederos de 75684113Z Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 436 41,43 730,97 73,1 Labor Secano
196 14035A043004300000PE 30197816N Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 430 18,78 343,04 34,3 Labor Secano
197 14035A043004290000PZ Herederos de 75684113Z Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 429 16,21 291,22 29,12 Labor Secano
198 14035A043090200000PG Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Varios 43 9020 5,42 78,17 7,82 Improductivo
202 14035A043090210000PQ Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Hinojosa del Duque Arroyo 43 9021 8,51 130,3 13,03 Improductivo
204 14035A043090060000PS Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 43 9006 7,49 102,05 10,2 Improductivo
206 14035A043003460000PQ 28560586Z 28573380C Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 346 30,14 477,53 1 A552754 1,9 47,75 Labor Secano
207 14035A043090150000PB Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 43 9015 52,82 598,73 59,87 Vía comunicación dominio público
210 14035A043003710000PU 30134717W Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 371 68,48 1916,69 1 A552753 4,54 191,67 Labor Secano
211 14035A043003720000PH 30134717W Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 372 228,7 2632,03 1 A552752 1,49 263,2 Labor Secano
212 14035A043003730000PW B88294731 Córdoba Hinojosa del Duque Cerro Alto 43 373 0 599,01 59,9 Labor Secano
213 14035A043003590000PX 24696640E Córdoba Hinojosa del Duque Pozo de la nieve 43 359 0 72,82 7,28 Labor Regadío
214 14035A043003610000PD 24696640E Córdoba Hinojosa del Duque Pozo de la nieve 43 361 9,42 165,6 1 A552751 1,72 16,56 Labor Secano
215 14035A043003640000PJ 75684019N Córdoba Hinojosa del Duque Pozo de la nieve 43 364 33,76 479,36 1 A552750 4,54 47,94 Labor Secano
218 14035A043005480000PR 24696640E Córdoba Hinojosa del Duque Pozo de la nieve 43 548 48,54 651,47 65,15 Labor Secano
219 14035A043090290000PR Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Carretera 43 9029 7,41 119,39 11,94 Vía comunicación dominio público
220 14035A042090010000PZ Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Carretera 42 9001 9,07 156,66 15,67 Improductivo
221 14035A042000970000PX 30182903A Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 97 16,72 253,06 25,31 Labor Secano
222 14035A042090040000PW Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Hinojosa del Duque Arroyo 42 9004 10,74 166,27 16,63 Improductivo
223 14035A042000960000PD 30182903A Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 96 12,62 199,05 19,91 Labor Secano
224 14035A042000950000PR 31029617H 31029616V Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 95 45,13 750,92 1 A552749 1,72 75,09 Labor Secano
225 14035A042000920000PM 30196087P 75702214Z Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 92 31,01 688,34 68,83 Labor Secano
226 14035A042000910000PF 80144750P Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 91 18,48 448,57 44,86 Labor Secano
227 14035A042000900000PT 75698342Y 31148549V Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 90 14,83 365,18 36,52 Labor Secano
235 14035A042000710000PE 30127693Q Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 71 53,6 1046,56 104,66 Labor Secano
236 14035A042000680000PE 30127977R Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 68 49,82 816,74 1 A552747 1,49 81,67 Labor Secano
240 14035A042000600000PM 30207589X Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 60 14,75 246,22 24,62 Labor Secano
243 14035A042000550000PT Herederos de 30133315A Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 55 27,79 455,45 45,55 Labor Secano
244 14035A042000510000PG 75702351J Herederos de 30132229K 30132278R 30191938E 30195570C Herederos de 30198155Y 30458343H 75698422V 75698570G 75698602J Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 51 35,92 727,23 72,72 Olivos Secano
245 14035A042000500000PY 75702310H 30198223M Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 50 5,32 112,53 11,25 Labor Secano
246 14035A042090060000PB Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Camino 42 9006 5,78 127,77 12,78 Improductivo
247 14035A042000490000PQ 30988291T Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 49 24,57 552,42 55,24 Labor Secano
248 14035A042000480000PG 30988291T Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 48 29,64 631,26 63,13 Labor Secano
251 14035A042000390000PU 30190632G Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 39 25,16 447,07 44,71 Labor Secano
252 14035A042000380000PZ 75698430W Córdoba Hinojosa del Duque Fuente Zarca los Frailes 42 38 28,32 603,14 60,31 Labor Secano
256 14035A042090020000PU Detalles topográficos Córdoba Hinojosa del Duque Carretera 42 9002 11,14 279,52 27,95 Improductivo
257 14035A048005880000PO 80144786K 30833497L Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 588 11,44 209,54 20,95 Labor Secano
258 14035A048005870000PM 75705159S 30209873V Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 587 42,38 684,92 1 A552744 1,77 68,49 Labor Secano
259 14035A048005860000PF 30198175A 30198750A Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 586 44,98 709,42 70,94 Labor Secano
260 14035A048005840000PL 80155794N Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 584 24,77 403,45 40,35 Labor Secano
261 14035A048005810000PG 75698581S 30195494J Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 581 16,44 249,84 24,98 Labor Secano
262 14035A048005800000PY 30195494J Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 580 11,52 159,25 15,92 Labor Secano
263 14035A048005790000PQ Herederos de 75694090D Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 579 23,76 349,22 1 A552743 1,49 34,92 Labor Secano
264 14035A048005780000PG Herederos de 75683965G Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 578 26,69 453,67 45,37 Labor Secano
265 14035A048005730000PH 30198105W Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 573 51,08 861,27 86,13 Labor Secano
266 14035A048090050000PO Confederación Hidrográfica del Guadiana Córdoba Hinojosa del Duque Arroyo 48 9005 4,85 78,73 7,87 Improductivo
267 14035A048005740000PW 30198105W Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 574 3,71 98,75 9,87 Labor Secano
270 14035A048005700000PS E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 570 3,26 85,31 1 Apoyo 19 3,8 8,53 Labor Secano
TRAMO SUBTERRÁNEO
N.º Parcela según proyecto Referencia Catastral DNI Provincia Término Municipal Paraje Polígono Parcela Vuelo (m) Servidumbre de paso (m²) Apoyos N.º Apoyos Pleno dominio (m²) Ocupación temporal (m²) Uso del suelo
270 14035A048005700000PS E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. Córdoba Hinojosa del Duque Los Canos 48 570 4,14 22,28 1 A2 1,7856 2,228 Labor Secano

Córdoba, 2 de febrero de 2026.- Delegado Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas, Agustín López Ortiz.

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