Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:
1.- En el Registro de Aguas de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., Sección A, tomo 76, Hoja 15 figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas en el término municipal de Encinas de Abajo (Salamanca):
- NÚMERO:17215
- UNIDAD HIDROGEOLÓGICA: Ciudad Rodrigo – Salamanca.
- CLASE Y AFECCIÓN: Usos agropecuarios. Regadío (Sondeo)
- TITULAR: D. Eliseo López Martín N.I.F. *.6*4.**1 H
- TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA DE LA TOMA: Parcelas 53 y 54, polígono 1, paraje Parcelas del Iryda término municipal de Encinas de Abajo (Salamanca) [1]
- CAUDAL MÁXIMO (l/s): 33,000
- CAUDAL MEDIO EQUIVALENTE (l/s): 3,9
- VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 39.000
- SUPERFICIE REGABLE (ha): 6,5
- POTENCIA INSTALADA (CV): 90
- TÍTULO DEL DERECHO: Resolución de fecha 23 de junio de 1998, Confederación Hidrográfica del Duero.
Expediente: CP-20689-SA. Expediente Alberca: 455/1994. Expediente Integra: C-0375/1994.
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 19 de enero de 2026, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende, la falta de explotación del aprovechamiento durante un periodo superior a tres años, de acuerdo con el informe de Guardería Fluvial, Zona 6 - Sector SA-6, que muestra que el aprovechamiento, identificado en el apartado anterior, no existe. La parcela en cuestión se encuentra dentro de la Comunidad de Regantes de Babilafuente, existiendo una duplicidad del derecho del agua para riego. Tras visita de reconocimiento a la parcela, los agentes medioambientales pudieron observar hidrantes para el riego pertenecientes a la Comunidad de Regantes. El informe continúa poniendo de manifiesto que, tras conversación telefónica con responsables de la parcela, manifiestan que el pozo se selló hace años, entorno al año 2005; el mismo se encontraba en la parcela 53 del polígono 1 y con derecho a riego en las parcelas 53 y 54 del polígono 1, todas del término municipal de Encinas de Abajo (Salamanca).
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 21 de enero de 2026, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED-0051/2025 (TTEC), bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
[1] Según catastro la parcela donde se ubica la toma es la 53 del polígono 1 con la referencia catastral que corresponde a la parcela es 37121A001000530000ES Cilloruelo término municipal Encinas de Abajo (Salamanca).
Valladolid, 9 de marzo de 2026.- Jefe del Servicio de Registro de Aguas. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Laura Pérez-Pellón Valetín-Gamazo.
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