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Documento BOE-B-2026-5959

Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se modifica el concurso público para la gestión y explotación, en régimen de concesión administrativa, de una instalación náutico-deportiva en el puerto de Maó (CC-C-M-0005) y se amplía el plazo para presentar ofertas.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 27 de febrero de 2026, páginas 9430 a 9430 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-5959

TEXTO

Mediante anuncio núm. 289 de fecha 2 de diciembre de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se anuncia el concurso público para la gestión y explotación, en régimen de concesión administrativa, de una instalación náutico-deportiva en el puerto de Maó (CC-C-M-0005).

En fecha 25 de febrero de 2026, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares acordó, entre otros, lo siguiente:

"Primero. Aprobar las modificaciones en los pliegos de bases y cláusulas del concurso público para la gestión y explotación, en régimen de concesión administrativa, de una instalación náutico-deportiva en el puerto de Maó (CC-C-M-0005).

Segundo. Ampliar el plazo de presentación de ofertas hasta el 20 de abril de 2026".

En consecuencia, se amplía el plazo para la presentación de ofertas hasta el 20 de abril de 2026 y se modifican los pliegos de bases y cláusulas del concurso, que serán publicados en la plataforma de contratación del sector público y en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Baleares.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.

De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Palma, 25 de febrero de 2026.- El Presidente, José Javier Sanz Fernández.

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