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Documento BOE-B-2026-5954

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se anuncia el otorgamiento de una concesión para la explotación de un varadero en régimen de concesión administrativa, adyacente al muelle pesquero en el puerto de Eivissa a Tanit Ibiza Port S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 27 de febrero de 2026, páginas 9423 a 9423 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-5954

TEXTO

Con fecha de 4 de marzo de 2025, el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, haciendo uso de la facultad delegada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en sesión de 24 de julio de 2024, a tenor de lo prevenido en el apartado 2.g) del artículo 31 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre, adoptó la resolución de otorgamiento de una concesión administrativa a favor de la empresa Tanit Ibiza Port S.A. con NIF A57313868, para la explotación de un varadero en régimen de concesión administrativa, adyacente al muelle pesquero en el puerto de Eivissa (CC-C-I-0001).

Objeto y superficie de la concesión: la presente concesión tiene por objeto la gestión y explotación de unas instalaciones destinadas a realizar trabajos de mantenimiento y reparación de embarcaciones, con una superficie total de 8.834,10 m² de ocupación de zona de dominio de público portuario, situado junto al muelle pesquero, en el puerto de Eivissa.

Plazo: cuatro (4) años, a contar desde la fecha de notificación de la resolución de otorgamiento de la concesión.

Tasas:

· Tasa de ocupación: ciento veintiún mil ochocientos sesenta y ocho euros con ochenta y ocho céntimos (121.868,88 €/año)

· Tasa de actividad: 2% sobre la base imponible del volumen de negocio.

En las cuotas a ingresar de las tasas no están incluidos los impuestos indirectos a los que esté sujeta la concesión.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Palma, 18 de febrero de 2026.- El Presidente, D. José Javier Sanz Fernández.

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