Con fecha 27 de enero de 2026, ha tenido entrada en el Registro de esta área de Industria y Energía escrito de PLANTA SOLAR OPDE 1, S.L.U., promotor del proyecto, por el que presenta solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el módulo de almacenamiento "GAZULES I HIBRIDACIÓN", de 45,83 MW de potencia instalada, sito en el término municipal de Alcalá de los Gazules, en la provincia de Cádiz, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente "GAZULES I", de 49,8 MW, y su infraestructura de evacuación.
La infraestructura de evacuación está compuesta por:
· Líneas eléctricas subterráneas a 30 kV desde los PCS, donde se ubican los transformadores de los grupos de contenedores de baterías, hasta la sala de celdas del centro de seccionamiento ubicado en el mismo recinto que el sistema de almacenamiento.
· Centro de seccionamiento de 30 kV que unifica las líneas del módulo de almacenamiento GAZULES I HIBRIDACIÓN.
· Línea eléctrica subterránea a 30 kV desde el centro de seccionamiento hasta la SET Opde Gazules 30/220 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la sala de celdas de la subestación Opde Gazules 30/220 kV, incluidas estas, hasta su conexión a la red de transporte, en la subestación eléctrica Gazules 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., forman parte de expedientes independientes que no son objeto ni forman parte del alcance del presente expediente.
La planta fotovoltaica existente "GAZULES I", de 49,8 MW de potencia instalada, está inscrita de forma definitiva en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica y cuenta con actualización del permiso de acceso y conexión de la instalación híbrida GAZULES I HIBRIDACIÓN a la red de transporte en la subestación eléctrica de su propiedad Gazules 220 kV, otorgada por Red Eléctrica de España, S.A.U..
Recientemente se ha aprobado el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico. En su artículo 6 se regula el procedimiento simplificado de la tramitación en el almacenamiento electroquímico hibridado en instalaciones competencia de la Administración General del Estado. La Disposición final segunda del citado Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, establece que la incorporación de un módulo de almacenamiento en una hibridación quedará exenta del trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada siempre que dicho almacenamiento se sitúe dentro de la poligonal evaluada ambientalmente en el proyecto energético original y siempre que este proyecto original cuente con declaración de impacto ambiental favorable o, en su caso, informe de impacto ambiental favorable.
El proyecto se encuentra entre los supuestos previstos en el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre de exención del trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada. Y, por otra parte, se tramita conforme al artículo 6 del referido Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por lo que debe someterse a información pública, debiendo darse traslado a las administraciones públicas y a los organismos afectados, de acuerdo con lo dispuesto en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, considerando las previsiones contenidas en dicho artículo 6 del Real Decreto 997/2025.
Su finalidad principal es el almacenamiento de electricidad de la planta solar fotovoltaica existente GAZULES I.
El órgano sustantivo competente para resolver las solicitudes de autorización administrativa previa es la Dirección General de Política Energética y Minas perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la tramitación de la autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución será llevada a cabo por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Andalucía.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los interesados y afectados en el proyecto, para en su caso, formular las alegaciones que estimen oportunas durante el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado. A este respecto, de conformidad con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, establecidos en el artículo 14 de la citada Ley 39/2015, el proyecto estará accesible a través del siguiente link:
https://mptmd.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/andalucia/proyectos-ci/procedimientos-informacion-publica/procedimientos-autorizacion-instalaciones-electricas
o bien
https://acortar.link/kC8BCu
y se podrán presentar dichas alegaciones a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado, accesible, con código de órgano EA0040241- Subdelegación del Gobierno en Sevilla - Área Funcional de Industria y Energía, a través de https://reg.redsara.es y citando "Alegaciones al procedimiento de tramitación de PFOT-ALM-204"
Sevilla, 18 de febrero de 2026.- El Director del Área de Industria y Energía, José Manuel Almendros Ulibarrri.
Sevilla, 19 de febrero de 2026.- El Director del Área de Industria y Energía, José Manuel Almendros Ulibarrri.
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