Contido non dispoñible en galego
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander en sesión celebrada el 12 de febrero de 2026, acordó otorgar licencia a Terminal de Graneles Agroalimentarios de Santander, S.A., con CIF A39059043, y domicilio en Santander (39011), Polígono de Raos, Edificio Puerta de Santander, para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el puerto de Santander, por el plazo de tres (3) años, contados a partir de la fecha en la que tenga lugar la notificación del otorgamiento, salvo que con anterioridad al transcurso de dicho plazo se apruebe el Pliego de Prescripciones Particulares del servicio portuario de manipulación de mercancías, en cuyo caso, el titular de la licencia deberá adaptarse a su contenido en el plazo que sea fijado al efecto.
Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público para general conocimiento.
Santander, 12 de febrero de 2026.- El Presidente, César Díaz Maza.
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