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Documento BOE-B-2026-4762

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental de publicación de la Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de información pública, se aprueba definitivamente el anteproyecto de construcción y explotación y se aprueba el estudio de viabilidad del "Área de Servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Sur A-4, P.K. 353+000, ambas márgenes. T.M. Montoro, Córdoba". Clave: A0-CO-0020 / SGE-ADS-24-042.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 17 de febrero de 2026, páginas 7552 a 7553 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-4762

TEXTO

Con fecha 22 de diciembre de 2025 el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, P. D. del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (OM TMA/1007/2021 de 9 de septiembre), ha resuelto lo siguiente:

"1.- Aprobar el expediente de información pública de la nueva "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Sur A-4, p.k. 353+000, ambas márgenes. T.M. Montoro, Córdoba", con las siguientes prescripciones:

a. En el supuesto de que durante la redacción del Proyecto de Construcción o la ejecución de las obras se afectara a algún camino de titularidad municipal, se deberán tener en cuenta las condiciones relativas a instalaciones subterráneas y aéreas establecidas en el artículo 13 de la Ordenanza municipal del Ayuntamiento de Montoro reguladora del uso, conservación y protección de los caminos de titularidad municipal BOP. nº 142 de fecha 30/07/2008.

b. La ejecución de las obras no deberá afectar a los caminos rurales públicos, y en caso contrario, deberá asegurarse su continuidad, garantizando en todo momento el tránsito al sector agrario, respetando sus características técnicas y geométricas, así como las medidas de seguridad necesarias: pendientes máximas, señalización, barreras de seguridad, etc.

c. Si durante la redacción del proyecto de construcción o la ejecución de las obras se detectaran posibles afecciones al Patrimonio Histórico, se informará a la Delegación Territorial de la Consejería de Cultura y Deporte, para su valoración.

2.- Aprobar el estudio de viabilidad y definitivamente el anteproyecto de construcción y explotación de la nueva "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Sur A-4, p.k. 353+000, ambas márgenes. T.M. Montoro, Córdoba", con un presupuesto base de licitación estimado de las obras de primera implantación de dieciséis millones trescientos mil novecientos cuarenta y tres euros con noventa y siete céntimos (16.300.943,97 €), que incluye la cantidad de dos millones ochocientos veintinueve mil ochenta y nueve euros con cuarenta y cinco céntimos (2.829.089,45 €) en concepto de I.V.A. (21 %), y un valor estimado del contrato de concesión de obras de noventa millones cincuenta y tres mil quinientos setenta y siete euros (90.053.577 €).

De acuerdo con la Resolución de aprobación provisional de 12 de mayo de 2025, y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras y en el artículo 248.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación definitiva del anteproyecto de construcción y explotación implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.

3.- Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental que:

a. Notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Asimismo, dará una respuesta razonada a los alegantes, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales, en cumplimiento del artículo 83 de la misma Ley.

b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

c. Se proceda a incoar el Expediente de Expropiación de los terrenos necesarios para el desarrollo de la actuación, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto."

Sevilla, 9 de febrero de 2026.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Carlos Álvarez Merino.

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