Está Vd. en

Documento BOE-B-2026-4512

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2026, páginas 7118 a 7168 (51 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL SUPREMO
Referencia:
BOE-B-2026-4512

TEXTO

Listado de recursos de casación admitidos a trámite (artículo 90.7 de la Ley 29/1998).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.7 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en la redacción dada por la Ley Orgánica 7/2015, se acuerda hacer público el listado de recursos de casación admitidos a trámite correspondiente al periodo comprendido entre el 22 de julio de 2025 y el 22 de enero de 2026, con mención sucinta de la norma o normas que serán objeto de interpretación y de la programación para su resolución.

Recursos admitidos por autos de fecha 10 de septiembre de 2025

Recurso núm. 2993/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre; el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Gobierno del Líbano en relación con el status de la Fuerzas Provisionales de NNUU en tal país; la Sección 19 de la Convención sobre privilegios e inmunidades de los organismos especializados, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 21 de noviembre de 1947; la Sección 18 del artículo V de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, Nueva York el 13 de febrero de 1946.

Recurso núm. 3981/2024, 4525/2024, 5853/2024, 8434/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 227.1, 239.4.a) y 222.1 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) en relación con los artículos 17,30.1 y 2, 32 y 221.2 del mismo texto legal, y con los artículos 9.3, 24, 103.1 y 106.1 de la Constitución española (CE) y 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE); artículos 9.3 y 14 CE y el principio de buena administración; y, artículos 24.1 y 2 CE.

Recurso núm. 3984/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 228 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y, el artículo 60 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la LGT, en materia de revisión en vía administrativa (RGRVA), en relación con el artículo 217.1.b) LGT y 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP); artículos 223.4, 225.4, 237.1 y 240 LGT y 119.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); artículo 227.1 LGT en relación con los artículos 17,30.1 y 2, 32 y 221.2 del mismo texto legal, en relación con los artículos 9.3, 24, 103.1 y 106.1 de la Constitución española (CE) y 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE); artículos 9.3 y 14 CE y el principio de buena administración; y, artículos 24.1 y 2 CE.

Recurso núm. 4192/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 18.2 Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial (LOPJ); el artículo 103.1 Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA) y el artículo 117.3 Constitución Española en relación con el artículo 74.1 d) Ley Orgánica del Poder Judicial; los artículos 103.2 y 104.1 Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; los artículos 106.1 y 118 Constitución Española; y, el artículo 24.1 Constitución Española.

Recurso núm. 4802/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 66. c), 67, 68.3 y 120.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el artículo 23.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD).

Recurso núm. 5501/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE de 3 de julio); y, el artículo 169.2 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (BOE 5 de septiembre).

Recurso núm. 5536/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 39 y 6.4 de la LIRPF.

Recurso núm. 5584/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.1 de la Ley 35/2003 sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 5644/2024, 5773/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 5816/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 66.1, actualmente, letra g), de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales; y, los artículos 12.1 y 2 y el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 5821/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 169.5 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 24 y 27 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; el artículo 23.1 Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; el artículo 30.3 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 5847/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14.1.b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con el artículo 19.1 Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y con el 27.1 LIRPF y el 95.2 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. Asimismo, el artículo 14.2.a) LIRPF, en relación con el artículo 35 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 1795/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 310.1.b) y 311.2 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Recurso núm. 3189/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 17.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 64 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recurso núm. 3960/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, así como el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, excluye la aplicación las previsiones de la Ley de Transparencia a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera en relación con la revelación de la identificación de los denunciantes.

Recursos admitidos por autos de fecha 17 de septiembre de 2025

Recurso núm. 4029/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24 y 25 TRLHL, en relación con el artículo 20.1 de la LTPP; el artículo 85 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y el artículo 64 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.

Recurso núm. 9114/2023, 9117/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 26 y 33 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; el artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 33, 67 y 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; los artículos 24, 31.3 y 133.1 de la Constitución española; y, el artículo 7 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Recurso núm. 0097/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4 y la disposición final primera de la LJCA y el artículo 43 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 2566/2024, 3357/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el artículo 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, puesto en relación con el artículo 18.1 in fine del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; todos ellos, a su vez, puestos en relación con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 2677/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 81.1.a), 81.2.a), y 85.10 LJCA de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Recurso núm. 3554/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición transitoria 1.º.3 de la LEA y el artículo 43.1 de la LEA.

Recurso núm. 3943/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 174, apartados 1 y 2, artículo 42.2 a) y 223.4 de la Ley General Tributaria 58/2003, en la redacción contemplada por la sentencia de instancia.

Recurso núm. 4694/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 110.1 a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 29/1998, de 13 de julio.

Recurso núm. 5260/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33 y 239.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria; los artículos 66.4 y 72 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo de la citada Ley 58/2003 en materia de revisión en vía administrativa (RGRVA); y, el artículo 24.1 de la Constitución Española en tanto en cuanto consagra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Recurso núm. 5447/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 171.3, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 5476/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 19.2.f) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 5695/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24.1.a) y 25 del TRLHL; 85 de la LPAP; 64 de la Ley 25/1998, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público; 20.1 de LTPP, así como la jurisprudencia que cita como infringida en su escrito de preparación.

Recurso núm. 5749/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 5753/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19 de la de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y 91.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de la Hacienda Local (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

Recurso núm. 5774/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 80.1.c), 81.1 a) y 81.2.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).

Recurso núm. 5813/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 66. c), 67, 68.3 y 120.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el artículo 23.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD).

Recurso núm. 7982/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 12.1 y 3.a) de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), en relación con el 2.1.a) y 10, y 13.1 en relación con el 12.1 de la misma LOE; y punto II.3 del Anejo II del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE).

Recurso núm. 8444/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, 77.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y la Disposición final 2ª de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de partidos políticos.

Recurso núm. 9185/2024, 9210/2024, 2377/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de noviembre de 2003 relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, el artículo 7 del Convenio n.132 de la Organización Internacional del Trabajo, el punto 9.8 del II Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud, y el artículo 80.2.a) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Recurso núm. 0511/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 1203/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Recurso núm. 2325/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22 del Código Civil, párrafos 3 y 4, así como los artículos 5 y 8 del Real Decreto 1004/2105, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia

Recurso núm. 4176/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.1 y 2 y 14 CE y el artículo 3 del RD Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recursos admitidos por autos de fecha 24 de septiembre de 2025

Recurso núm. 8974/2023, 8980/2023, 0519/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 26 y 33 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; el artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 33, 67 y 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; los artículos 24, 31.3 y 133.1 de la Constitución española; y, el artículo 7 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Recurso núm. 1914/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 35 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 9.3 y 14, 23.2, 103 CE.

Recurso núm. 3899/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 103, 104 y 109 LJCA, en relación con los artículos 17.1, 17.2 y 18.2 de la Ley 6/1985, Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y 117 y 118 en relación con el artículo 24 CE.

Recurso núm. 5972/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, sobre utilización de tecnologías informáticas y telemáticas; los artículos 84 y 85 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, de Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria; los artículos 34.1 y 47.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; los artículos 8 y 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el artículo 6.1.n) de la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias; y, la resolución de 24 de noviembre de 2011, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban nuevas aplicaciones informáticas para la actuación administrativa automatizada, en su apartado segundo.

Recurso núm. 5976/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33 y 239.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria (LGT); también será preciso interpretar los artículos 66.4 y 72 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo de la citada Ley 58/2003 en materia de revisión en vía administrativa (RGRVA); e igualmente, será preciso tener presente el artículo 24.1 de la Constitución Española (CE) en tanto en cuanto consagra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Recurso núm. 5980/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 42.2.a), 174 y 175 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).

Recurso núm. 6249/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 217 a) y e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con los artículos 62.1.a) y e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el artículo 66 LGT y el artículo 7.2 del Código Civil, así como los artículos 24,9.3 y 103.1 de la Constitución española.4

Recurso núm. 8112/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional decimoséptima del EBEP, introducida por el artículo 1.3 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y su disposición transitoria segunda, en relación con la sentencia 1734/2023, 20 de diciembre, de esta Sala, Sección Cuarta (casación 81/2022).

Recurso núm. 0138/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 36 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y 7 y 17 del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.

Recurso núm. 0698/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 29.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, puesto en relación con el artículo 127.4 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y con los artículos 97, 99, 100 y 101 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 2307/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 132 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y los artículos 731 y 744 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 2882/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: completar, reforzar, matizar o, en su caso, corregir la jurisprudencia de esta Sala, en relación con lo dispuesto en los artículos 5, 16 y 17 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM), en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, a fin de determinar si existen razones imperiosas de interés general que justifiquen la exigencia de una titulación específica (en este caso los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero de Montes e Ingeniero Técnico Forestal) para la elaboración de los documentos técnicos regulados en el Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Recurso núm. 4216/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si la doctrina fijada en la sentencia del TJUE de 8 de junio de 2023 (C-50/21) -referida la imposibilidad de aplicar automáticamente el límite 1/30 para impedir nuevas licencias de VTC sin una justificación suficiente en los términos establecidos en dicha sentencia-, permite inaplicar el art. 79 quinquies párrafo segundo de la Ley canaria 13/2007, de 2007 de 17 de mayo sin plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE o si por el contrario, dicha previsión está suficientemente justificada en la ley canaria dada la singularidad de dicho territorio y las razones esgrimidas por el legislador canario para establecer dicha limitación.

Recurso núm. 4625/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.14 del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014.

Recurso núm. 4680/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Final Tercera bis de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, introducida por la reforma operada por la Disposición Final Segunda apartado Dos del Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, en relación con el artículo 24 CE.

Recursos admitidos por autos de fecha 1 de octubre de 2025

Recurso núm. 6962/2024, 8699/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 65 y 73 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, el artículo 14 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, aprobado en la sesión plenaria del 23 de julio del 2003, y el artículo 151 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público. Y como precedente de esta Sala el auto de 30 de septiembre de 2020 (recurso contencioso-administrativo 257/2020).

Recurso núm. 0257/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 40.3 de la Ley General de Subvenciones -Ley 38/2003, de 17 de noviembre-, en relación con lo dispuesto en los artículos 41.5 y 176 de la Ley General Tributaria y 61.2 del Reglamento General de Recaudación y lo dispuesto en el artículo 15 de la L.O. 1/2002 de Asociaciones.

Recurso núm. 2228/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Recurso núm. 4159/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: completar, reforzar, matizar o, en su caso, corregir la jurisprudencia de esta Sala, en relación con lo dispuesto en los artículos 5, 16 y 17 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM), en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, a fin de determinar si existen razones imperiosas de interés general que justifiquen la exigencia de una titulación específica (en este caso, los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero de Montes e Ingeniero Técnico Forestal) para la elaboración de los documentos técnicos regulados en el Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Recurso núm. 4166/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 283.1 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de abril.

Recurso núm. 4915/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6, 7, 11 y 13 de la Directiva 2009/12 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativa a las tasas aeroportuarias, en relación con los artículos 16.c) y d), y 32.1, 2, 3 y 4 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Recurso núm. 5041/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 46 y 49 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo en relación con la disposición adicional primera.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 5170/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.1 y 2 y 14 CE y el artículo 3 del RD Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recursos admitidos por autos de fecha 8 de octubre de 2025

Recurso núm. 8418/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 23, 24.1, 103 y 106.1 de la Constitución Española, en relación con el artículo 54 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (actual artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre), y la doctrina jurisprudencial sobre la necesidad de motivación de los actos que se dicten en los procesos selectivos y sobre el control de la discrecionalidad técnica de los tribunales de selección.

Recurso núm. 3814/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 63, 64 y 65 del TFUE; el artículo 105 de la LGT; y, el artículo 217 de la LEC.

Recurso núm. 0517/2024, 0680/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 26 y 33 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; el artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 33, 67 y 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; los artículos 24, 31.3 y 133.1 de la Constitución española; y, el artículo 7 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Recurso núm. 3848/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional 19ª.4 del TRLIS en relación con el artículo 42 del Código de Comercio.

Recurso núm. 4618/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 72.4 y la Disposición Transitoria Decimoquinta del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas, así como la Norma 20 del Anexo al Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Recurso núm. 5650/2024, 5770/2024, 5778/2024, 5946/2024, 6117/2024, 6494/2024, 6755/2024, 6775/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 5762/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 12.1 y 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 3.1 del Código Civil y el artículo 3.1 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; el artículo 26 de la Directiva 2003/96/CE del Consejo de 27 de octubre de 2003 por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad; el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y el artículo 120.3 de la Constitución española, en relación con lo previsto en el artículo 267 TFUE.

Recurso núm. 5840/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro, en relación con el artículo 103 del mismo cuerpo legal y el artículo 83 de la Ley General de Sanidad y el Anexo IX del Real Decreto 1030/2006.

Recurso núm. 6002/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 179 1 y 179.2.d) en relación con el artículo 183.1 de la Ley 53/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 6039/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 104.1, 108.4 y 134.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), en relación con el artículo 24.1 de la Constitución española.

Recurso núm. 6206/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 221, apartados 1 y 3, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con las sentencias de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2023 (RRCA 1602/2022 y 2323/2022).

Recurso núm. 6318/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 150.1 y 2, 66 a) y 68.1.a) de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Recurso núm. 6322/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 62.1.a) del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLHL); los artículos 12 y 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); y, el artículo 6.4 del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

Recurso núm. 6325/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 68.1.b) y 104 de la de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 153 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Recurso núm. 6334/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 67.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 1969 del Código Civil y 42.2.a) de la LGT.

Recurso núm. 6456/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 185 y 186 del Reglamento (CEE) núm. 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992 por el que se establece el Código Aduanero Comunitario (CAC), en relación con el artículo 846 del Reglamento (CEE) núm. 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código Aduanero Comunitario, normas aplicables ratione temporis al caso examinado, sin perjuicio de que la cuestión interpretativa suscitada conserva relevancia en la regulación actualmente vigente, en particular en el artículo 203.5 del Código Aduanero de la Unión (Reglamento UE 952/2013) y en las disposiciones del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446.

Recurso núm. 6465/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 43.1 a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 9.3, 103.1 y 106.1 de la Constitución española, en relación con el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; y, los artículos 24 y 25 de la Constitución española.

Recurso núm. 6523/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 121.Uno y 124.Dos. 3ª de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y el artículo 43.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.

Recurso núm. 6548/2024, 6551/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 57 y 134 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 6565/2024, 6566/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25, 26 y 39 de la LGT y los artículos 1.023 y 1.033 del Código Civil.

Recurso núm. 6696/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 8 y 91.Uno.1.4º de la Ley 97/1992, reguladora del impuesto sobre el valor añadido (LIVA); el artículo 14 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (Directiva IVA) y la Disposición Transitoria 9ª del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Recurso núm. 6758/2024, 6770/2024, 6780/2024, 6784/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: las normas del derecho estatal reguladoras del IIVTNU contenidas en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, concretamente los artículos 107. 1, 107.2 a) y 110.4.

Recurso núm. 7896/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 31.1.2ª y 3ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con el artículo 3.1.b) de la Orden HAP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 1623/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 2214/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 21.2 y 3 y 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 184.1, 2 y 3 y 185 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Recurso núm. 2296/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 2742/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 3795/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional décima de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Recurso núm. 4358/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el art.5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado, en relación al artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Directiva 123/2006/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior.

Recurso núm. 4553/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 14 y 27 de la Constitución Española y la jurisprudencia dictada por el Tribunal Constitucional interpretando dichos preceptos (en particular, las sentencias n.os 82/1986, de 2 de junio; 31/2010, de 28 de junio; 138/2015, de 11 de junio; 14/2018, de 20 de febrero; 109/2019, de 3 de octubre; y 50/2023, de 4 de mayo) así como el documento publicado en la web del Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña titulado "documents per a l’organització y la gestió dels centres. Projecte educaría del centre. Curs 202-2023. 19/07/2022".

Recurso núm. 4917/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 37.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con los artículos 30.2 y 31.2 LGS y 92.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

Recurso núm. 4943/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6, 7, 11 y 13 de la Directiva 2009/12 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativa a las tasas aeroportuarias, en relación con los artículos 16.c) y d), y 32.1, 2, 3 y 4 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Recurso núm. 5121/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: interpretar el artículo 85.2 de la Ley 39/2015, a fin de determinar si el pago voluntario anterior a la resolución de un procedimiento sancionador impide al dictado de la correspondiente resolución sancionadora y, en caso contrario, si la imposición de la subsiguiente sanción exige la tramitación de los trámites del procedimiento aún no cumplimentados.

Recurso núm. 5257/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.14 del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014.

Recurso núm. 5444/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.1 y 2 y 14 de la Constitución Española y el artículo 3 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recursos admitidos por autos de fecha 15 de octubre de 2025

Recurso núm. 8437/2022, 8609/2022, 0387/2023, 0429/2023, 0963/2023, 2148/2023, 5477/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 23, 24.1, 103 y 106.1 de la Constitución Española, en relación con el artículo 54 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (actual artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre), y la doctrina jurisprudencial sobre la necesidad de motivación de los actos que se dicten en los procesos selectivos y sobre el control de la discrecionalidad técnica de los tribunales de selección.

Recurso núm. 9090/2023, 9118/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 26 y 33 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; el artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 33, 67 y 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; los artículos 24, 31.3 y 133.1 de la Constitución española; y, el artículo 7 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Recurso núm. 4941/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 158.1 de la Ley 58/20023, de 17 de diciembre, General Tributaria; y, el artículo 78. Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y del principio de neutralidad de los artículos 73-78 de la Directiva 2006/112 en relación con el art. 10.1 y 2 del RD Legislativo 4/2004 y Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades.

Recurso núm. 5403/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 100.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 38 bis de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear y la disposición adicional 3ª de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

Recurso núm. 6250/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3.4 de la Directiva 2019/944 y 1.2 de la Directiva 2008/118/CE.

Recurso núm. 6474/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 233 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); el artículo 46 del Reglamento general de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo (RGRVA) y el artículo 12 de la Ley 57/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.

Recurso núm. 6582/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 103 y 104 de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre (LGT), en relación con los artículos 66.d) y 67 del mismo texto legal y 1969 del Código Civil (CC). Asimismo, alega la vulneración de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los efectos del silencio administrativo en la prescripción y la doctrina del Tribunal Constitucional sobre delimitación de efectos de sus sentencias.

Recurso núm. 6795/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 66.c), 67.1 y 68.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, [«LGT»], el artículo 126 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos [«RGGI»], y los artículos 8 y 9 de la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, aprobada por las Cortes de Castilla La Mancha.

Recurso núm. 6833/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 38 1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con los artículos 41.1 y 41 bis del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 6991/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5.2 de la Directiva 82/891/CEE, de 17 de diciembre de 1982 y el artículo 2 de la Directiva 2009/133, de 19 de octubre de 2009; el artículo 105 LGT, en relación con el artículo 108.4 LGT; y, los artículos 9.3, 103.1 y 106.1 de la Constitución, en relación con el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Recurso núm. 7333/2024, 7433/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la regla 16, apartados 1 y 2, en relación con el apartado 5º de la Primera Parte ("Marco conceptual") del Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010 ("PGCP"), que da lugar a la infracción del apartado 3 del Anexo I de la LGT el 2003 [que traspuso el art. 12.1, a) de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (la "Directiva")], aplicables ratione temporis al ejercicio 2013.

Recurso núm. 7662/2024, 8473/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38. Uno Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Recurso núm. 1334/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 151.2 -puesto en relación con el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET- y 215.5 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil [LEC] y el artículo 267.9 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial [LOPJ].

Recurso núm. 1386/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 25.2 de la Ley de Costas y el artículo 47.1 del Reglamento General de Costas.

Recurso núm. 1563/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, en relación con lo previsto en su art. 3.1.a), así como el art. 12 de su reglamento de desarrollo (aprobado por Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero).

Recurso núm. 1794/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3.b) del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA], puesto en relación con la Disposición transitoria tercera TRLA y con la Disposición transitoria segunda de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional (LPHN).

Recurso núm. 3932/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Recurso núm. 4358/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el art.5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado, en relación al artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Directiva 123/2006/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior.

Recurso núm. 4532/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 118.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 3.1.a) del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 y el artículo 122 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 5026/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.1 y 2 y 14 CE y el artículo 3 del RD Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recurso núm. 5210/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 37.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con los artículos 30.2 y 31.2 LGS y 92.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

Recurso núm. 5544/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.2 del Código Civil.

Recursos admitidos por autos de fecha 22 de octubre de 2025

Recurso núm. 6810/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 70.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción, y en la cláusula 4 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.

Recurso núm. 8988/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 26 y 33 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; el artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 33, 67 y 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; los artículos 24, 31.3 y 133.1 de la Constitución española; y, el artículo 7 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Recurso núm. 4492/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 1.1 y 23.3.c), así como las disposiciones transitorias décima y décimosexta de la Ley 30/1984; también la Resolución de 12 de diciembre de 1988 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sobre instrucciones de confección de nóminas para la aplicación del nuevo sistema retributivo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, en virtud de la cual: "Para funcionarios pertenecientes a los grupos C, D y E que presten sus servicios en centros de destino incluidos en las RPT de la Administración de la Seguridad Social percibirán en concepto de productividad media 12 pagas mensuales al año…". Y el artículo 25 apartado uno e) de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1994 (y sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado). Asimismo, debe analizarse la jurisprudencia acerca de la naturaleza del complemento de productividad de los Tribunales Superiores de Justicia. En particular, las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid n.º 125/2022, de 2 de marzo, dictada en el procedimiento ordinario n.º 589/2020; n.º 382/2022, de 27 de abril (recurso n.º 384/2021); 33/2024, de 17 de enero (recurso n.º 1635/2021); 826/2023, de 14 de diciembre, (recurso n.º 1637/2021); 256, de 19 de abril, (recurso n.º 1748/2021); entre otras]. Y, por último, las sentencias contrarias (en consonancia con la ahora recurrida) del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, como por ejemplo, la n.º 1116/2020, de 6 de marzo (recurso n.º 899/2017).

Recurso núm. 6907/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, Por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 7522/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre.

Recurso núm. 7704/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14 de la Directiva 2003/96/CE, (DOUE de 31 de octubre, L 283/51), por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad [«Directiva 2003/96/CE»] y el artículo 79.3 a) de la ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (BOE de 29 de diciembre) [«LIE»], en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética (BOE de 28 de diciembre).

Recurso núm. 7816/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 1.1 LJCA en relación con el artículo 1.1 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional; el artículo 3 en relación con el artículo 7.1.d) del mismo texto legal; y el artículo 73.1 de la Ley 10/1990, de 15 de abril, del Deporte, en relación con el artículo 20 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva, y de la doctrina jurisprudencial que analiza el principio de legalidad en relaciones de especial sujeción.

Recurso núm. 7832/2024, 7908/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre.

Recurso núm. 8646/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 115.4, 163, 164, 183 y definición 11ª del Anexo II del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante [«TRLPEMM»]; el artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»]; y, el artículo 31 de la Constitución española.

Recurso núm. 8672/2024, 1495/2025, 1953/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33 y 239.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria; también será preciso interpretar los artículos 66.4 y 72 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo de la citada Ley 58/2003 en materia de revisión en vía administrativa; igualmente, será preciso tener presente el artículo 24.1 de la Constitución española, en tanto en cuanto consagra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Recurso núm. 0501/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 103.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y, los artículos 6, 7 y 8 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras.

Recurso núm. 1268/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 54 y 55 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa (LEF), así como el art. 68 Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (REF).

Recurso núm. 1571/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 41.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y el artículo 1, apartados 1 y 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Recurso núm. 3669/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 y 14.3 de la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética, los artículos 3.1, 3.2.d), 3.3.f) y 20.1.c) del RD Legislativo 7/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de Suelo y Rehabilitación urbana, los artículos 101.1 y 101.2 de la Ley 2/2011 de 4 de marzo, de economía sostenible, los artículos 16.4 y 18 de Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera, así como el art. 25 de la Ley 7/1985 de bases del régimen local.

Recurso núm. 4687/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 40, 47.2 y 48.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 4857/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional 18ª del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987 de 30 de abril; en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 28 de la Ley de esta Jurisdicción.

Recurso núm. 5093/2025, 5301/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional decimoctava del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, en su redacción anterior a la modificación operada por el artículo 2 del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico, y el artículo 14 de la Constitución Española.

Recurso núm. 5166/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 30.1, 30.2.j), l) y t) y 33.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y 59 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Recurso núm. 5321/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.1 LJCA en relación con el artículo 1.1 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional; el artículo 3 en relación con el artículo 7.1.d) del mismo texto legal; y el artículo 73.1 de la Ley 10/1990, de 15 de abril, del Deporte, en relación con el artículo 20 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva, y de la doctrina jurisprudencial que analiza el principio de legalidad en relaciones de especial sujeción.

Recurso núm. 5503/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 10 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Recurso núm. 5161/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado, en relación al artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Directiva 123/2006/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior.

Recursos admitidos por autos de fecha 29 de octubre de 2025

Recurso núm. 2966/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 21 a 30 y el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con los Acuerdos Plenarios del Ayuntamiento de Segovia de 22 de diciembre de 2002, 29 de marzo de 2004 y Disposición Adicional Cuarta del Acuerdo Plenario de 28 de julio de 2011.

Recurso núm. 3675/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 227.1, 239.4.a) y 222.1 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con los artículos 17,30.1 y 2, 32 y 221.2 del mismo texto legal, y con los artículos 9.3, 24, 103.1 y 106.1 de la Constitución española [«CE»] y 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Los artículos 9.3 y 14 CE y el principio de buena administración; y, los artículos 24.1 y 2 CE.

Recurso núm. 5624/2024, 8579/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 51 del Reglamento General de Recaudación.

Recurso núm. 6742/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Adicional Segunda de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y los artículos 119.3 y 120.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Recurso núm. 6756/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3 de la Constitución española y 38 y 40 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como la doctrina contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 140/2016, de 21 de julio, dictada en el recurso de inconstitucionalidad núm. 973-2013.

Recurso núm. 6851/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 57.1.e) LGT, el artículo 158. 3 y el artículo 160, apartados 1, 2 y 3 del RGAT.

Recurso núm. 6871/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 66, 220 y 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); el artículo 18.1 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLC) y el artículo 31 de la Constitución.

Recurso núm. 6879/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos son el artículo 19.1, letras a) y b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, puesto en relación con los artículos 22 y 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente; el artículo 45.1 de la Constitución; el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea, el artículo 37 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como el art. 41.1, letra b) de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental, y el artículo 25.1 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Recurso núm. 6888/2024, 7078/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre.

Recurso núm. 7252/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 221, apartados 1 y 3, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con las sentencias de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2023, rec. casación n.º 1602/2022 y n.º 2323/2022.

Recurso núm. 7332/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 71, apartado 6 y, por su remisión, del Anexo I, apartado 3, de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (LGTel), aplicable ratione temporis al ejercicio 2015.

Recurso núm. 7369/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1. a) de la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003 (DOUE de 31 de octubre, L 283/51), por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad; y, el artículo 79.3 a) de la ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (BOE de 29 de diciembre), en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética (BOE de 28 de diciembre).

Recurso núm. 7391/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 217.1 e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 47.1.e) de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación a los artículos 104.1 y 221 de la primera norma citada.

Recurso núm. 7993/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14 de la Constitución Española, el artículo 80 de la Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 1 de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

Recurso núm. 8002/2024, 8865/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 115.4, 163, 164, 183 y definición 11ª del Anexo II del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; el artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; y, el artículo 31 de la Constitución española.

Recurso núm. 8850/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 9.3 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Recurso núm. 9544/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 18, 24, 39 y 47 de la Constitución Española (CE), los artículos 11 y 12 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y los apartados 1 y 3 del artículo 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989.

Recurso núm. 2121/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, así como las disposiciones relativas a los principios de buena regulación que rigen la potestad reglamentaria.

Recurso núm. 3048/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4 y 40.l de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de regulación del juego y el artículo 30.1 del Real Decreto 1614/2011 de 14 de noviembre por el que se desarrolla la Ley 13/2011).

Recurso núm. 3885/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 37.b) y 46.3 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Recurso núm. 4664/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 31.5 y 7 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y los artículos 197.2.b) y 198.3.b) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 [actualmente artículos 173.2.b) y 174.3.b) del vigente Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Recurso núm. 5108/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 45.1 y 3 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y 7 y Disposición adicional primera del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

Recurso núm. 5499/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 73.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 5853/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito -actual artículo 117 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito-, y el artículo 137.2 de la Ley 30/1992 -actual artículo 77.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- a fin de que matizar, precisar o, en su caso, completar la jurisprudencia existente sobre la determinación del momento en que debe reanudarse el cómputo del plazo de caducidad cuando ha mediado suspensión por la existencia de actuaciones penales sobre los mismos hechos y el alcance del deber de diligencia exigible a la Administración para informarse sobre el estado del procedimiento penal.

Recurso núm. 5872/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 17.3.i), 30 y 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 71 y 72.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recurso núm. 5877/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 39 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recursos admitidos por autos de fecha 5 de noviembre de 2025

Recurso núm. 3996/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 63.1 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 84/1996 de 26 de enero

Recurso núm. 8794/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades y el apartado 2º de la letra b) del artículo 4 del Real decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Acuerdo entre el Ministerio del Interior, sindicatos de Policía Nacional y asociaciones profesionales de la Guardia Civil de 12 de marzo de 2018 publicado en el BOE de 20 de marzo de 2018 y con resolución CECIR de 2 de octubre de 2020.

Recurso núm. 8901/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5.2 del Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.

Recurso núm. 9069/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 143, y 147 de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 43.4 del Estatuto de los Trabajadores.

Recurso núm. 9089/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 0960/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22.2 del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.

Recurso núm. 1010/2025, 3802/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24 y 106 de la Constitución Española, 19.1.a) y 69.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y 32 y 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Recurso núm. 3837/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1964.2 del Código Civil, en su vigente redacción dada por la disposición final primera de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, en relación con el artículo 327.1 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas; así como la disposición transitoria quinta de dicha Ley 42/2015.

Recurso núm. 4112/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 292 y 293.1 de la LOPJ, artículo 960.2 LECRI, artículo 3 del Protocolo n.º 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, artículos 9.5 y 14.6 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y artículos 9.3, 14, 17 y 24.2 de la Constitución.

Recurso núm. 4557/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10.1 y 15 de la Constitución Española, así como la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que los desarrollan; los artículos 10 y 18 y la Disposición Adicional Quinta de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia; y las sentencias del Tribunal Constitucional n. º19/2023, de 22 de marzo; y 94/2023, de 12 de septiembre que interpretan esa Ley; y el artículo 19.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Recurso núm. 4733/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 163 y 164.2 de la Constitución, los artículos 1, 29, 35 y 39 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y el artículo 5.1, 2 y 3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, puestos en relación todos ellos con el artículo 32 (especialmente sus apartados 1, 2, 3, 4 y 6) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 5527/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 72.2, 109.1 y 104.2 LJCA y 14 CE.

Recurso núm. 5859/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: perfilar, precisar o concretar nuestra jurisprudencia en relación con lo dispuesto en los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a fin de determinar los efectos que la distinción entre mercado relevante y mercado afectado puede tener en la delimitación del elemento esencial del tipo de la infracción tipificada en los citados artículos, tomando en consideración la actividad de que se trata y la insularidad de los territorios en que se desarrolla la misma, y todo ello en relación con la condición de competidor.

Recurso núm. 6044/2025, 6313/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si, en cumplimiento de los criterios fijados en la STJUE de 6 de junio de 2023 (Prestige & Limousine, asunto C-50/21), la limitación del número de licencias VTC que pueden concederse para ejercer dicha actividad empresarial en un determinado territorio, basándose en razones imperiosas de interés general (en este caso medio ambientales), la Administración pública ha de justificar el impacto que la limitación tiene en el medio ambiente y razonar si existen medidas menos gravosas; o si, por el contrario, tiene un importante margen de discrecionalidad para establecer dichas limitaciones en base a estrategias de planificación y evaluación global.

Recursos admitidos por autos de fecha 12 de noviembre de 2025

Recurso núm. 2785/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 23, 24.1, 103 y 106.1 de la Constitución Española, en relación con el artículo 54 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (actual artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre), y la doctrina jurisprudencial sobre la necesidad de motivación de los actos que se dicten en los procesos selectivos y sobre el control de la discrecionalidad técnica de los tribunales de selección.

Recurso núm. 0681/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 26 y 33 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; el artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 33, 67 y 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y, los artículos 24, 31.3 y 133.1 de la Constitución española.

Recurso núm. 5886/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 47.1 y 2, 49.h), 50.1, 51 a 53 y la disposición adicional octava, todos ellos preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Recurso núm. 6433/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo II del Acuerdo suscrito por el Reino de España con la Santa Sede, de 3 de enero de 1979; la LO 3/2020, por la que se modifica la LO 2/2006; la Disposición Adicional Primera y el Anexo IV del RD 243/2022; la Disposición Adicional Segunda de la LO 2/2006; y la interpretación de la normativa anterior que contienen las STS n.º 1403/2019, de 21 de octubre (RCA n.º 4630/2017) y la STS n.º 1025/2023, de 18 de julio (RCA n.º353/2022), citadas en la sentencia impugnada.

Recurso núm. 6825/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9 y 111 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el artículo 15 de la Orden de 16 de diciembre de 1997 por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios y el Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los artículos 15 y 17 de la Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria, el artículo 22 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria, el artículo 24.6 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Cantabria y el artículo 149.3 de la Constitución.

Recurso núm. 6914/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales [«TRLRHL»]; el artículo 100.1 del TRLRHL; el artículo 31.1 de la Constitución española.

Recurso núm. 6999/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 150.2 y 66.a) y 68.1.a) de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Recurso núm. 7022/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 150 apartados 2, 4 y 5, en relación con el artículo 105.1 de la Ley 58/2003, General Tributaria (BOE de 18 de diciembre); los artículos 13, 16.2, 101.1, 141.g, 143.2, 153.d y 157.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con los artículos 188.2 y 3 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Recurso núm. 7052/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 66. c), 67, 68.3 y 120.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el artículo 23.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD).

Recurso núm. 7054/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 66.a) y 150.1 LGT y la Disposición transitoria tercera LGT. Sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de los artículos 140 a 146 de la LGT 230/1963.

Recurso núm. 7080/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 131.1.c) y 217.1.e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como la jurisprudencia relativa al alcance del procedimiento de verificación de datos, en particular de las SSTS de 31 de enero de 2017 (rec. 3972/2015); 19 de mayo de 2020 (rec. 3940/2017); y 6 y 9 de julio de 2020 (recursos 681/2018 y 1558/2018 respectivamente); y, los artículos 14.1, 16.1, 31.1 y 46.1, todos ellos del Texto Refundido de la Ley 40/1998, del IRPF, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo y la jurisprudencia establecida en la STS de 20 de marzo de 2012 (rec. 2369/2008).

Recurso núm. 7360/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la regla 16, apartados 1 y 2, en relación con el apartado 5º de la Primera Parte ("Marco conceptual") del Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010 ("PGCP"), que da lugar a la infracción del apartado 3 del Anexo I de la LGTel 2003 [que traspuso el art. 12.1, a) de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (la "Directiva")], aplicables ratione temporis al ejercicio 2013.

Recurso núm. 7388/2024, 7407/2024, 7490/2024, 7492/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 148.3 y 217.1.e) Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria.

Recurso núm. 7414/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3 de la Constitución Española; 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; 217.1.a) de la Ley General Tributaria; 66 del Reglamento general de revisión en vía administrativa; 3.1 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y 47 y 48 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 7419/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10 y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 25.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en relación con los artículos 19.2, 208, 211.4 del texto refundido de la Ley de Contratos Públicos, de 14 de noviembre de 2011, así como los artículos 114 c) y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 7468/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 83 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; la Disposición adicional décima del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; el artículo 10 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud; el artículo 2.7 y el anexo IX del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización; el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado; y, el artículo 78 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

Recurso núm. 7631/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 66.1, actualmente, letra g), de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales; y, los artículos 12.1 y 2 y el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 7666/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), en relación con el artículo 24, apartados 1 y 6, 1.ª, a) del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (LIRNR).

Recurso núm. 7688/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 38.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; los artículos 41 y 41 bis del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el Reglamento de la LIRPF; y los artículos 14 y 31.1 de la Constitución.

Recurso núm. 7744/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 42.2.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 7806/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 24.1 y 103.1 de la Constitución española; 25.1 y 69 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y 222, 227, 225.5 y 235.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 7809/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: Reforzar o completar la jurisprudencia existente sobre si, valorados los intereses en conflicto por parte de la Administración tributaria demandada, la cual ya había acordado la suspensión de la ejecución de la deuda al aportarse garantía suficiente, se compadece con los principios de seguridad jurídica y buena administración que, en vía judicial, se deniegue el mantenimiento de la suspensión concedida sin que haya existido una variación en las circunstancias de la sociedad impetrante, ni de las garantías aportadas para obtener la suspensión de la deuda.

Recurso núm. 7813/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 239.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre; el artículo 66 del Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo; el artículo 25 de la Constitución española, en relación con el principio de non bis in idem, en su vertiente procesal; los artículos 209 y 211 de la Ley 58/2003 General Tributaria; y, el artículo 237 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, relativo a la reformatio in peius.

Recurso núm. 8947/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14.1.c) y 14.1.k) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), en relación con los artículos 33.1, 25.2, 44, 45 y 46.b) del mismo texto legal.

Recurso núm. 9544/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 18, 24, 39 y 47 de la Constitución Española (CE), los artículos 11 y 12 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y los apartados 1 y 3 del artículo 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989.

Recurso núm. 2884/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 47, 48 y 106.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Y los artículos: 4.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; 19.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA): y 218, 222 y 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 4529/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25.1.b), 40.4 y 42.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 5951/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6.2.e) de la Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de Defensa, a efectos de determinar si el mismo pudiera contradecir nuestra jurisprudencia referida a qué debe entenderse por "criterios orientativos", contenida, entre otras, en STS de 18 de septiembre de 2023 (RCA 5336/2021), o si fuera necesario reafirmarla, complementarla, matizarla y, en su caso, corregirla o rectificarla.

Recurso núm. 5983/2025, 6269/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito -actual artículo 117 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito-, y el artículo 137.2 de la Ley 30/1992 -actual artículo 77.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- a fin de que matizar, precisar o, en su caso, completar la jurisprudencia existente sobre la determinación del momento en que debe reanudarse el cómputo del plazo de caducidad cuando ha mediado suspensión por la existencia de actuaciones penales sobre los mismos hechos y el alcance del deber de diligencia exigible a la Administración para informarse sobre el estado del procedimiento penal.

Recursos admitidos por autos de fecha 20 de noviembre de 2025

Recurso núm. 0666/2024, 2732/2024, 3005/2024, 3017/2024, 3042/2024, 4096/2024, 4147/2024, 4148/2024, 2130/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Recurso núm. 5018/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 12.1, 21.1.g) y 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; y 11.3 y 12 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Recurso núm. 6183/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 106 y 119 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Recurso núm. 8388/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20 y 32 a 35 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita [LAJG].

Recurso núm. 8819/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 222, apartados1 y 4, de la Ley de Enjuiciamiento Civil; artículos 308 y 309 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; artículos 25.1.a) y 25.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y artículo 1.973 del Código Civil.

Recurso núm. 8980/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, tras modificación por la disposición final segunda de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2021.

Recurso núm. 9189/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 16.1 de la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en relación con el ejercicio de la libertad religiosa; el artículo 12 de la Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, y la STS de 6 de julio de 2015 (RCA 1851/2014).

Recurso núm. 2174/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 18 de la Constitución puesto en relación con el artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Recurso núm. 3315/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 189, 209, 190, 211.1 f) y g) y 213.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 3528/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 1 a 6 del Real Decreto 2187/1978, Reglamento de Disciplina Urbanística, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 110 de la Ley 22/1988 de 28 de julio, de Costas así como artículos 33 y concordantes de la Ley 22/1988, de Costas y arts. 65 a 74 y concordantes del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.

Recurso núm. 4107/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 175 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con su artículo 41.5, a fin de determinar si es exigible una previa declaración de fallido y luego un procedimiento de derivación de responsabilidad solidaria para reclamar una deuda derivada de la concesión de una subvención a los socios de una sociedad disuelta tras un concurso voluntario.

Recurso núm. 4242/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 110.1 a) y 110.5.c) de la LJCA, en relación con los artículos 45.1. b) y 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 4795/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.3 del Real Decreto Ley 5/2021.

Recurso núm. 5612/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Constitución, 30 del Reglamento de Defensa de la Competencia, aprobado por Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, en relación con los artículos 63.1 y 95.3 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 5733/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, y los artículos 14.1 y 14.2 y la DA primera de la 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 6494/2025, 6599/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 110.1.a) y 110.5.c) de la LJCA, en relación con los artículos 45.1.b) y 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 6565/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.3 del Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recursos admitidos por autos de fecha 3 de diciembre de 2025

Recurso núm. 2180/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 171.3, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el l artículo 607 Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 5372/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33 y 239.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria; los artículos 66.4 y 72 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo de la citada Ley 58/2003 en materia de revisión en vía administrativa; igualmente, será preciso tener presente el artículo 24.1 de la Constitución española, en tanto en cuanto consagra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Recurso núm. 6371/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 100.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 38 bis de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía nuclear y la disposición adicional 3ª de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, Reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

Recurso núm. 6642/2024- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 14 y 27 de la Constitución Española, la disposición adicional trigésimo-octava de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Recurso núm. 6716/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 7247/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 3.bis y 3.ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud; y la resolución de 20 de junio de 2019, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se hicieron públicas las «Recomendaciones para el procedimiento de solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredita a las personas extranjeras que, encontrándose en España, no tengan residencia legal en territorio español, para recibir asistencia sanitaria».

Recurso núm. 7861/2024, 8216/2024, 8330/2024, 9100/2024, 9101/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 24.1 y 103.1 de la Constitución española; 25.1 y 69 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y 222, 227, 225.5 y 235.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 7909/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 104.2 y 110.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 7933/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 244.1.a) y 42.2.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 7960/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 130 LJCA.

Recurso núm. 7998/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 105 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; el artículo 7 p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; y los artículos 14 y 24 de la Constitución Española, en relación con los principios de igualdad en la aplicación de la ley y derecho a la tutela judicial efectiva.

Recurso núm. 8017/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4.1 apartados b) y c) de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y 17.5 y 232 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 8052/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19 de la de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y 91.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Local (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

Recurso núm. 8064/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 224.1, párrafo 3º, y artículo 66 c) y d) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 8137/2024, 8365/2024, 8651/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1. a) de la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003 (DOUE de 31 de octubre, L 283/51), por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad; y, el artículo 79.3 a) de la ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (BOE de 29 de diciembre), en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética (BOE de 28 de diciembre).

Recurso núm. 8230/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 17.2.5ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; y la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 8235/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10 del Real Decreto 436/2020, de 14 de marzo, y tercero del Real Decreto-Ley 16/1977, de 25 de febrero.

Recurso núm. 8319/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 66, letra b), 67.2, 68.2 letra a) y 68.8 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y los artículos 97.3 y 98.1 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Recurso núm. 8334/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 102 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el artículo 49 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Recurso núm. 8503/2024, 8507/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 69.c) y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; el artículo 241 bis de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, en relación con el artículo 24.1 de la Constitución española; el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 8981/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la regla 16, apartados 1 y 2, en relación con el apartado 5º de la Primera Parte del Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010, que da lugar a la infracción del apartado 3 del Anexo I de la LGTel 2003 [que traspuso el art. 12.1, a) de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, aplicables ratione temporis al ejercicio 2013.

Recurso núm. 9317/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 150.2 y 158 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y el artículo 1.154 del Código Civil.

Recurso núm. 0193/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 110.5 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Recurso núm. 1464/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 150.2 y 158 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y el artículo 1.154 del Código Civil.

Recurso núm. 2815/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 143 y ss del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, 1, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, puestos en relación con los artículos 104 y ss de la misma norma (en especial, con los artículos 111, 113 y 116), con el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 2995/2025, 5815/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 25.2 de del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana; el artículo 3 de la Ley 24/2023, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico en relación con los artículos 38 y 139 de la Constitución; los artículos 43 y 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el artículo 9 de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior; el artículo 5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado; y el artículo 3.11 de la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Recurso núm. 3684/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19.1.h) y 51.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el artículo 109.1 a) de la Ley de Costas 22/1988 y la ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Recurso núm. 4091/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 12 ter, 23.2 y apartado 8 de la disposición adicional primera de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Recurso núm. 4125/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana y artículos 14 y 33 de la Constitución Española.

Recurso núm. 4576/2025, 5052/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 54.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, puesto en relación con los artículos 84 y siguientes del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, con el artículo 9.3 de la Constitución Española y los artículos 49.3 y 45.12 del Anexo XI sobre Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, RD 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba una revisión anterior del plan hidrológico del Júcar.

Recurso núm. 4802/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2, 3 y anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, los artículos 3 y 46.2 letra c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, (actuales artículos 2 y 108.2 c) de Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular), artículo 3 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre residuos y la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, por la que se establece la lista europea de residuos.

Recurso núm. 4831/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 26 y 27 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Recurso núm. 5866/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 124.3 b) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 y el artículo 31.5 de la referida Ley.

Recurso núm. 5945/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 38 del Anexo V del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas, del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro [PH Tajo], puesto en relación, entre otros, con los artículos 92 y 92 bis del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y con los artículos 9, 126 bis, 232 y 234 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, 1, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.

Recurso núm. 6049/2025, 6310/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si, en cumplimiento de los criterios fijados en la STJUE de 6 de junio de 2023 (Prestige & Limousine, asunto C-50/21), la limitación del número de licencias VTC que pueden concederse para ejercer dicha actividad empresarial en un determinado territorio, basándose en razones imperiosas de interés general (en este caso medio ambientales), la Administración pública ha de justificar el impacto que la limitación tiene en el medio ambiente y razonar si existen medidas menos gravosas; o si, por el contrario, tiene un importante margen de discrecionalidad para establecer dichas limitaciones en base a estrategias de planificación y evaluación global.

Recurso núm. 6100/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, en relación con el 128.2 de la Ley 40/2017, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a fin de determinar si el control y verificación de la documentación presentada, la elaboración de los informes sobre las alegaciones, y la elaboración de las propuestas relativas a la resolución de las subvenciones supone el ejercicio de una potestad pública o no y, en consecuencia, si esa actividad puede ser encomendada a una fundación -en este caso, a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo-.

Recurso núm. 6853/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9 y 2 y 14 de la Constitución Española y el artículo 3 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recursos admitidos por autos de fecha 10 de diciembre de 2025

Recurso núm. 4452/2022, 4711/2022, 6025/2022, 6260/2022, 7489/2022, 7983/2022, 4471/2024, 5258/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 216.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Recurso núm. 4182/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20 a 23 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, artículos 2.e) y 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita; art. 33.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo ello en relación con el artículo 24 de la Constitución Española.

Recurso núm. 5061/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 35.3 TRLS y 6.5 RVLS.

Recurso núm. 8402/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.2. de la Constitución y los artículos 32.1 y 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; y el artículo 14.2 de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Recurso núm. 8338/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 62.b) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (BOE de 30 de diciembre) [«LHL»]; la norma 5 apartado c) del Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana (BOE de 22 de julio) [«NTV»]; el artículo 7.4.c) del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (BOE de 8 de marzo) [«LCI»]; y, la instrucción 14.04/95 de 27 de noviembre sobre valoración de campings y campos de golf.

Recurso núm. 8551/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; el artículo 24.1 de la Constitución española; y los principios de buena administración, efectividad y proporcionalidad y la jurisprudencia del Tribunal Supremo que se ha citado, sin perjuicio de que la sentencia haya de extenderse a otras si así lo exigiere el debate finalmente trabado en el recurso, ex artículo 90.4 de la LJCA.

Recurso núm. 8612/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 203, en particular su apartado 5, del Reglamento (UE) no 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión; y el art. 158 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) no 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión, en particular su apartado 1.

Recurso núm. 8739/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: artículos (i) 34.1, letras e) y ñ), 147.2 y 217.1.e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y 47.1.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), en relación con los artículos 93, 141 y 145 LGT y el artículo 87 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT); (ii) la jurisprudencia del Tribunal Supremo contenida en las sentencias de 8 de abril de 2019 (n.º 4632/2017, ES:TS:2019:1311) y de 22 de abril de 2019 (n.º 6513/2017, ES:TS:2019:1435), relativa a los requerimientos de información y el inicio del procedimiento inspector; (iii) la jurisprudencia del Tribunal Supremo establecida en las sentencias de 2 de julio de 2018 (n.º 696/2017, ES:TS:2018:2770), de 6 de febrero de 2020 (n.º 4489/2018,ES:TS:2020:370), de 23 de marzo de 2021 (n.º 5270/2019, ES:TS:2021:1137) y de 4 de mayo de 2021 (n.º 2504/2019, ES:TS:2021:2024), que considera nula de pleno derecho la liquidación tributaria aprobada como desenlace de un procedimiento de aplicación de los tributos distinto del legalmente debido con la consiguiente disminución de derechos y garantías del administrado; y (iv) la jurisprudencia del Tribunal Supremo sentada en la sentencia de 12 de septiembre de 2023 (n.º 3720/2019, ES:TS:2023:3639), con arreglo a la que es nula de pleno derecho la liquidación tributaria resultado de un procedimiento inspector en el que se produce la preterición de trámites concebidos como garantía real del contribuyente, cuya efectividad debe preservar la Administración en el seno de las actuaciones tributarias, a la luz del derecho al procedimiento administrativo debido, interpretado conforme al principio de buena administración, situación en la que se debe presumir la existencia de una indefensión material, incumbiendo a la Administración acreditar que no se produjo.

Recurso núm. 8801/2024, 8879/2024, 9240/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 31.1.2ª y 3ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con el artículo 3.1.b) de la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 8809/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 27 y 28 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del IRPF, los artículos 15 y 31 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del IS, el artículo 26 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria de Bizkaia. Y el artículo 28 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, los artículos 10.3 y 15 de la Ley 27/2014, del IS y el artículo 26 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 8811/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: os artículos 4.1 b) y c), 4.2, 53.1 a), 64.1 y 62.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puestos en relación con el artículo 1.3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y, en su caso, el artículo 20 bis.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y los artículos 32 y 33.2 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

Recurso núm. 8857/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 88.4, 89 y 133 de la Ley 32/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido [«LIVA»].

Recurso núm. 8906/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38. Uno Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Recurso núm. 9122/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: las contenidas en el Anexo V del Real Decreto 276/2007 sobre titulaciones declaradas equivalentes para el acceso al Cuerpo de Profesores de Secundaria, en relación con el artículo 103.3 de la Constitución y los principios de mérito y capacidad.

Recurso núm. 9212/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 3.bis y 3.ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y la resolución de 20 de junio de 2019, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se hicieron públicas las «Recomendaciones para el procedimiento de solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredita a las personas extranjeras que, encontrándose en España, no tengan residencia legal en territorio español, para recibir asistencia sanitaria».

Recurso núm. 9252/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 78, apartados 11 y 19, en relación con el artículo 60.4 la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con los artículos 9 y 24 de la Constitución.

Recurso núm. 9556/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 81.1.ª) LJCA, en conexión con los artículos 40 y ss. de la LJCA.

Recurso núm. 0899/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24 de la Constitución y 222.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 1776/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades y el apartado 2º de la letra b) del artículo 4 del Real decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Acuerdo entre el Ministerio del Interior, sindicatos de Policía Nacional y asociaciones profesionales de la Guardia Civil de 12 de marzo de 2018 publicado en el BOE de 20 de marzo de 2018 y con resolución CECIR de 2 de octubre de 2020.

Recurso núm. 3918/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el art.5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado, en relación al artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Directiva 123/2006/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior.

Recurso núm. 3990/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 139.2 LJCA, así como artículo 24 CE.

Recurso núm. 4100/2025, 4256/2025, 4829/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20 de la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, 33 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, 264 a 266 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (coincidentes con los actualmente vigentes 263 a 265 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre), 2.a), 7, 25, 32 y D.A.3.ª del Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción concertada (especialmente su artículo 3 y DA única), la Orden ISM/922/2023, de 6 de julio, por la que se desarrolla el régimen disciplinario del sistema de acogida en materia de protección internacional y las Instrucciones de procedimiento y gestión de plazas aplicables a la acción concertada para el programa de atención humanitaria 2023-2026 emitidas por la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración (especialmente sus apartados 4.8 y 4.9 y su Anexo 10.bis).

Recurso núm. 4463/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el artículo 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, puesto en relación con el artículo 18.1 in fine del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; todos ellos, a su vez, puestos en relación con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 6028/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito -actual artículo 117 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito-, y el artículo 137.2 de la Ley 30/1992 -actual artículo 77.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- a fin de que matizar, precisar o, en su caso, completar la jurisprudencia existente sobre la determinación del momento en que debe reanudarse el cómputo del plazo de caducidad cuando ha mediado suspensión por la existencia de actuaciones penales sobre los mismos hechos y el alcance del deber de diligencia exigible a la Administración para informarse sobre el estado del procedimiento penal.

Recurso núm. 6287/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 41.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y el artículo 1, apartados 1 y 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Recursos admitidos por autos de fecha 17 de diciembre de 2025

Recurso núm. 5075/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24.1.a) y 25 del TRLHL; 85 de la LPAP; 64 de la Ley 25/1998, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público; 20.1 de LTPP, así como la jurisprudencia que cita como infringida en su escrito de preparación.

Recurso núm. 5217/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 32, 33, 34 y 35 a Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto al régimen de la responsabilidad patrimonial, y en el artículo 48 d) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Recurso núm. 6583/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 171.3, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 607 Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 6698/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 85.4 y 33, en relación con los artículos 41.1 y 42.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 7881/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 64 y 75 1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con los artículos 58 y 61 del mismo texto legal.

Recurso núm. 8682/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 104 y 239.3 de la 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 66.2 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003.

Recurso núm. 8854/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 42.1 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y 49.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Recurso núm. 9036/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 50.2 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Recurso núm. 9045/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 37.1.g) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 9064/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24.1.a) y 25 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales; 85 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común; art. 64 de la Ley 25/1998, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público; 20.1 de la Ley de Tasas y Precios Públicos.

Recurso núm. 9079/2024, 9080/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 222.4 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, regulador del efecto material y positivo de la cosa juzgada; y el artículo 108 en sus apartados 2 y 4, de la Ley 58/2003 General Tributaria, en relación a la carga de la prueba.

Recurso núm. 9230/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el Arancel de derechos profesionales de los Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores Colegiados de Comercio aprobado por Decreto de 15 de diciembre de 1950, en relación con la Disposición Adicional 24.ª de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, que regula el régimen de integración de notarios y corredores de comercio colegiados, así como el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944, modificado por Real Decreto 45/2007, de 19 de enero.

Recurso núm. 9335/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 40 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; la cláusula 4.1 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, relativo al Acuerdo marco del a CES, la UNICE y el CEEP, sobre trabajo de duración determinada; así como el artículo 14 de la Constitución Española. Téngase en cuenta, en su caso, las cláusulas 6, 7 y 15.6 de la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se publica el Acuerdo sobre las bases de la carrera profesional en el ámbito del SERGAS y las entidades adscritas a la Consejería de sanidad y a dicho organismo.

Recurso núm. 9492/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 9.3 de la Constitución, en la interpretación que de dicho precepto ha dado el Tribunal Constitucional (sentencias 150/1990, de 4 de octubre; 146/1993, de 27 de junio; 212/1996, de 19 de diciembre, y, 135/2018, de 13 de diciembre), artículos 3 y 4 de la Carta Europea de Autonomía Local, de 15 de octubre de 1985, y artículos 1.1, 18.1 f), 69 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

Recurso núm. 9568/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 59 y 61 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Recurso núm. 0188/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 23 del Real Decreto 485/1980, de 22 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y resarcimiento por daños a los bienes de los miembros del Instituto de la Guardia Civil, y el artículo 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Recurso núm. 0240/2025, 0579/2025, 0804/2025, 1439/2025, 1665/2025, 1846/2025, 2501/2025, 2513/2025, 3635/2025, 3683/2025, 4397/2025, 4985/2025, 5382/2025, 5485/2025, 5917/2025, 6403/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 79 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional; los artículos 179 y 180 del Reglamento Orgánico de la Policía Gubernativa, aprobado por el Real Decreto 2038/1978, de 17 de julio; el artículo 67.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Recurso núm. 1484/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 41.3 y el artículo 81.1 de la LJCA.

Recurso núm. 1647/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 118.1 párrafo 2º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 1854/2025, 2009/2025, 2407/2025, 2531/2025, 2731/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades y el apartado 2º de la letra b) del artículo 4 del Real decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Acuerdo entre el Ministerio del Interior, sindicatos de Policía Nacional y asociaciones profesionales de la Guardia Civil de 12 de marzo de 2018 publicado en el BOE de 20 de marzo de 2018 y con resolución CECIR de 2 de octubre de 2020.

Recurso núm. 2206/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades y el apartado 2º de la letra b) del artículo 4 del Real decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Recurso núm. 2384/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el apartado 6 del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Recurso núm. 4550/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, y los artículos 14.1 y 14.2 y la DA primera de la 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 5058/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 54.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, puesto en relación con los artículos 84 y siguientes del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, con el artículo 9.3 de la Constitución Española y los artículos 49.3 y 45.12 del Anexo XI sobre Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero y el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, que aprobó una revisión anterior del Plan Hidrológico del Júcar.

Recurso núm. 5218/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1 del Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características; los artículos 9.3, 103, y 106 de la Constitución Española; el artículo 61.1.c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; y el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. También será objeto de consideración la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recogida en su sentencia de 27/10/2004, rec. 7662/2000 (ECLI:ES:TS:2004:6847), sobre retirada del pasaporte a personas extranjeras, y donde las disposiciones analizadas fueron el artículo 56.2.a) del Real Decreto 155/1996, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985, y el artículo 11 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana; ambas disposiciones se encuentran derogadas y son anteriores a la normativa que será objeto de interpretación en la presente casación.

Recurso núm. 5533/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; 84.3, 84 bis, 84 ter, 85 y 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Loca; 7.2.a) y el apartado b) del grupo 20 del Anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental; 2, 3 y 4 de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y 5, 9 y 10 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior en relación con el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Recurso núm. 5778/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14 bis apartado 4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, introducido por el artículo 1.8 del Real Decreto 638/2016, de 9 de diciembre.

Recurso núm. 5963/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 49.h) 1.º, 51.1 y 2 y la disposición adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Recurso núm. 6536/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado, en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Directiva 123/2006/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior.

Recurso núm. 6664/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 124.a) del Estatuto General de la Abogacía, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo.

Recurso núm. 6757/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2, 3 y anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, los artículos 3 y 46.2 letra c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, (actuales artículos 2 y 108.2 c) de Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular), artículo 3 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre residuos y la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, por la que se establece la lista europea de residuos.

Recurso núm. 6777/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Recurso núm. 7057/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 88.1 y 90.4 de la LJCA, procede admitir a trámite el recurso de casación, y declaramos que la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en interpretar el artículo 83.3 RGPD, a la vista de las orientaciones del Comité Europeo de Protección de Datos, a fin de determinar si, en el caso de concurso medial, este permite sancionar una sola infracción -con el límite de que la cuantía total de la multa administrativa no supere la cuantía prevista para las infracciones más graves- o si deben sancionarse todas las infracciones cometidas y, en este caso, cómo debe determinarse la cuantía de la multa.

Recurso núm. 7174/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito -actual artículo 117 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito-, y el artículo 137.2 de la Ley 30/1992 -actual artículo 77.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- a fin de que matizar, precisar o, en su caso, completar la jurisprudencia existente sobre la determinación del momento en que debe reanudarse el cómputo del plazo de caducidad cuando ha mediado suspensión por la existencia de actuaciones penales sobre los mismos hechos y el alcance del deber de diligencia exigible a la Administración para informarse sobre el estado del procedimiento penal.

Recurso núm. 7462/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, en relación con la disposición adicional primera, apartado segundo, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recursos admitidos por autos de fecha 14 de enero de 2026

Recurso núm. 1717/2024, 1723/2024, 1767/2024, 1968/2024, 1969/2024, 2385/2024, 1782/2024, 1958/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 11, 12 y 19 TRLCI; el artículo 150 LGT; y, la Disposición adicional tercera.3.c) Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

Recurso núm. 5981/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 23.2 y 103 de la Constitución, así como la jurisprudencia expuesta en la sentencia de la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo n.º 582/2025, de 19 de julio, recaída en el recurso de casación n.º 8561/2022.

Recurso núm. 6035/2024, 6036/2024, 6944/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 304 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio; así como los artículos 33 y siguientes de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; y el artículo 13 de la Ley 58/2003, de 17 de noviembre, General Tributaria.

Recurso núm. 6401/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4.1 de la Segunda Decisión de Comisión Europea de 12 de enero de 2011, relativa a la amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras C 45/07 (ex NN 51/07, ex CP 9/07), aplicada por España, en relación con su artículo 1.4 y su considerando (200); y el artículo 12.5 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades -en la redacción dada a este por la Disposición final sexta de la Ley 31/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Recurso núm. 7682/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 167.3, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 174.5 del mismo texto legal sin perjuicio de que la sentencia haya de extenderse a otras.

Recurso núm. 7710/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 85.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como los artículos 7, 12, 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en relación con los artículos 24, 103 y 105.b)' de la Constitución Española.

Recurso núm. 8274/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 51 y 53 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa y el artículo 109 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Recurso núm. 8363/2024, 9291/2024, 9472/2024, 9484/2024, 1284/2025, 2205/2025, 3481/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos (i) 20.1.a), 23.1.a), 24.1.a), 24.4, 25 y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; (ii) los artículos 14 y 31 de la Constitución española; (iii) los artículos 2.2.a) y c) y 3.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; (iv) el artículo 85 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; y (v) el artículo 22.2 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre del servicio postal universal.

Recurso núm. 8692/2024, 4114/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2, 5.1 y 7.1. de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (LPFN); el artículo 92.1 a) del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (RITPyAJD); los artículos 14.1 y 21 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); y, los artículos 29, 30 y 627 del Código Civil (CC).

Recurso núm. 8756/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 64 y 75 1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con los artículos 58 y 61 del mismo texto legal.

Recurso núm. 8892/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 38 del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, vigente en el momento del fallecimiento del causante, esto es, en su redacción anterior a la modificación operada por la disposición final primera, apartado dos, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, en concreto, sus apartados 1 y 4.

Recurso núm. 8955/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 13 y 15 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18 de diciembre).

Recurso núm. 9135/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la regla 16, apartados 1 y 2, en relación con el apartado 5º de la Primera Parte ("Marco conceptual") del Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010 ("PGCP"), que da lugar a la infracción del apartado 3 del Anexo I de la LGTel 2003 [que traspuso el art. 12.1, a) de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (la "Directiva")], aplicables ratione temporis al ejercicio 2013.

Recurso núm. 9153/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 12.2 y 19.3 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Recurso núm. 9274/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 31.1.2ª y 3ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con el artículo 3.1.b) de la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 9287/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 30.1, 31.1, 31.2 Y 34.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), en relación con los artículos 17.2, 25.1 y 26 del mismo texto legal; los artículos 125 y 127 LGT, en relación con la prohibición de ir contra sus propios actos por parte de la AEAT, así como infracción del principio de la ejecutividad de los actos administrativos; los artículos 1157 y 1176 del Código Civil (Cc); y, el artículo 14 de la Constitución española (CE).

Recurso núm. 9301/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 193 y 194 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y los artículos 2.2, 20, 21 y 24 del Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual; y por otra parte, el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 9330/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los apartados b) y e) del artículo 57.1 de la Ley 58/2003 General Tributaria, en relación con el artículo 10.1 del Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como, los artículos 102.2.c) y 134.3 de la LGT, en relación con los artículos 160, apartados 2 y 3, del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Recurso núm. 9405/2024, 9440/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33 y 81 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 9451/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 73.2 y 79.1 y 2 de la Ley Orgánica 9/2015 de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, el artículo 25.1 de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria y los artículos 9.3 y 24 de la Constitución.

Recurso núm. 9505/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4 y 96.2 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido; y los artículos 2 y 168 a) de la Directiva 2006/112/CE, del Consejo de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 9522/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14.1.c) y 14.2.k) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con los artículos 33.1, 25.2, 44, 45 y 46.b) del mismo texto legal.

Recurso núm. 0011/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: (i) los artículos 227.1, 239.4.a) y 222.1 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con los artículos 17,30.1 y 2, 32 y 221.2 del mismo texto legal y los artículos 9.3, 24, 103.1 y 106.1 de la Constitución española y 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea; y (ii) los artículos 9.3 y 14, 24.1 y 2 de la Constitución y el principio de buena administración.

Recurso núm. 0077/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 203, en particular su apartado 5, del Reglamento (UE) no 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión; y, el art. 158 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446, de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 952/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión, en particular su apartado 1.

Recurso núm. 0111/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y el art. 6.1 de la Directiva 2011/7, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011.

Recurso núm. 0299/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 222.2 LEC, así como las sentencias del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2021 (RCA 5097/2019), de 10 de enero (RCA 3582/2020) y de 22 de noviembre de 2022 (RCA 2230/2021).

Recurso núm. 0412/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 41 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [«LIRPF»]; y, el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades [«TRLIS»], aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, aplicable ratione temporis a los ejercicios inspeccionados y equiparable al artículo 18 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades [«LIS»].

Recurso núm. 0901/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 23.2 y 103 de la Constitución, así como la jurisprudencia expuesta en la sentencia de la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo n.º 582/2025, de 19 de julio, recaída en el recurso de casación n.º 8561/2022.

Recurso núm. 2420/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 89.4 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (RDPH), en relación con los artículos 11, 16 y 24.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (LPHE).

Recurso núm. 3333/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 120.3 de la Constitución y 209, 215 y 218 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; artículos 118.1 y 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), en relación con los artículos 28 y 37 de la Constitución, y los artículos 15, 31.5 y 33.1, 34, 36.3 y 38.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con la libertad sindical y la negociación colectiva.

Recurso núm. 3711/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 79 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, el artículo 80.2 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, artículo 63 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, el artículo 14.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público del Estatuto Básico, el artículo 1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, artículo 1729 del Código civil y el artículo 120.3 del Código Penal.

Recurso núm. 4830/2025, 5450/2025, 6550/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 110.5 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con los artículos 9.3 y 14 de la Constitución Española.

Recurso núm. 5851/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el apartado 6 del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Recurso núm. 6727/2025, 7137/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito -actual artículo 117 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito-, y el artículo 137.2 de la Ley 30/1992 -actual artículo 77.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- a fin de que matizar, precisar o, en su caso, completar la jurisprudencia existente sobre la determinación del momento en que debe reanudarse el cómputo del plazo de caducidad cuando ha mediado suspensión por la existencia de actuaciones penales sobre los mismos hechos y el alcance del deber de diligencia exigible a la Administración para informarse sobre el estado del procedimiento penal.

Recurso núm. 6801/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 15 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025, en relación con el artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica

Recurso núm. 6990/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2, 3, 21 y 36.3 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y el artículo 22 de la Orden de 16 de diciembre de 1997 por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios.

Recurso núm. 7087/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 23.2 de la Constitución en relación con los artículos 30 y 74 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia (en adelante, Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).

Recursos admitidos por autos de fecha 21 de enero de 2026

Recurso núm. 1967/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 11, 12 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 112004, de 5 de marzo (TRLCI); el artículo 150 Ley 5812003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); y la Disposición adicional tercera.3.c) Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 112004, de 5 de marzo (TRLCI).

Recurso núm. 4544/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7, apartados 1 y 5 del Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y, por remisión, el artículo 20. Uno. 22º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 4775/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 56.1 y 67.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 24 de la Constitución española.

Recurso núm. 5704/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 41.1 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 132.2 de Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el artículo 9.2 a) del Real Decreto 1415/2004 por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, el artículo 5 de la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, y los artículos 3 y 4 de la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social.

Recurso núm. 6990/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 40.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, 15 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y el artículo 1137 del Código Civil.

Recurso núm. 7181/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 7320/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 60, 61.1, 62.1.a) y 63 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario; el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 7420/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 130 LJCA.

Recurso núm. 7932/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 40 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; la cláusula 4.1 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, relativo al Acuerdo marco del a CES, la UNICE y el CEEP, sobre trabajo de duración determinada; así como el artículo 14 de la Constitución Española. Téngase en cuenta, en su caso, las cláusulas 6, 7 y 15.6 de la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se publica el Acuerdo sobre las bases de la carrera profesional en el ámbito del SERGAS y las entidades adscritas a la Consejería de sanidad y a dicho organismo.

Recurso núm. 8616/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los principios de primacía, efectividad y efecto directo del Derecho de la UE consagrados por la doctrina del TJUE y de los tribunales españoles, que han reiterado que el Derecho de la UE (inclusive las sentencias dictadas por el TJUE en un procedimiento por incumplimiento, como sería en este caso la sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022) goza de primacía y no puede quedar sin efecto por obstáculos procesales nacionales que impidan o dificulten su obtención.

Recurso núm. 8978/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 42.2 de la de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; los artículos 9.3, 14 y 103 de la Constitución Española; y los artículos 22 a 24 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Téngase en cuenta la doctrina de la Sala al respecto, y entre otras las sentencias núm. 1187/2023, de 27 de septiembre (RC 8234/2021); la núm. 284/2024, de 22 de febrero (RC 936/2022); o la núm. 1665/2023, de 29 de mayo (RC 1674/2023).

Recurso núm. 9097/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 60, 61.1, 62.1.a) y 63 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario; el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 9102/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3.1 y 217.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»]; el artículo 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas [«LPAC»]; los artículos 56.1 y 70.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa [«LJCA»]; los artículos 24.1, 31.1, 33.1 y 106 de la Constitución española [«CE»]; el artículo 9.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«LISD»]; y, los artículos 655 y 659 del Código Civil [«CC»].

Recurso núm. 9115/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 27 y 149.1.30ª de la Constitución; los artículos 28.2. y 31.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; los artículos 16.1 y 17.2 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria; y el artículo 21.4 del Decreto 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Recurso núm. 9359/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 27 y 149.1.30ª de la Constitución; el artículo 37.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el artículo 22.3 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato; y el artículo 24.3 y el apartado tercero de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato.

Recurso núm. 0079/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25 de la Constitución española y 31.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en consonancia con lo dispuesto en los artículos 43.1.a) y 175 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 0084/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 30.1 y 2.4º en relación con los artículo 8.3, 11.4 y 86 y s.s de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y los artículos 28 y 30 del Real Decreto 439/2007, que aprueba su Reglamento.

Recurso núm. 0101/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 64 y 75 1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con los artículos 58 y 61 del mismo texto legal.

Recurso núm. 0159/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 42.2.a), 43.1.b), 83.2 y 236.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 30.9 y 55.1 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa; y los artículos 36.1 y 36.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 0175/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 92, 93, 94 y 95 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 0191/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLRHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 0229/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 25 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Recurso núm. 0260/2025, 0261/2025, 0518/2025, 0664/2025, 1989/2025, 2007/2025, 3005/2025, 3432/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 88.4, 89 y 133 de la Ley 32/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 0263/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 21.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL); y, el artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

Recurso núm. 0365/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 113 y 142.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en relación con el artículo 18.2 de la Constitución española.

Recurso núm. 0385/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 64 y 75 1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con los artículos 58 y 61 del mismo texto legal.

Recurso núm. 0399/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10.3; 16 y 19.3 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades [«TRLIS»], aplicables ratione temporis a los ejercicios objeto de regularización y, equiparables a los artículos 10; 18 y 11 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades [«LIS»]; los artículos 14.1 y 28.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [«LIRPF»]; la Norma 14 del Plan General Contable aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad; el artículo 21 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 0492/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 18.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; y, el artículo 12 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 0936/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 103.3 de la Constitución, 20.3 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; artículos 13 y 57, del Estatuto Orgánica del Ministerio Fiscal aprobado por Ley 50/81, de 30 de diciembre; 5.2 y 131 Reglamento del Ministerio Fiscal, aprobado por Real Decreto 305/2022.

Recurso núm. 0995/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 60, 61.1, 62.1.a) y 63 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales [«TRLHL»]; el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario [«TRLCI»]; y, el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 1390/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6, apartado a), de la Ley 3/2024, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Recurso núm. 1564/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22.2 del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.

Recurso núm. 3004/2025, 3092/2025, 3102/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 267 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial [«LOPJ»]; y, los artículos 9.3 y 24 de la Constitución española [«CE»].

Recurso núm. 4103/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 108.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; el artículo 24.1 de la Constitución Española; y el artículo 34 del Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.

Recurso núm. 4621/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 5 y 43.2 de la Ley 34/1998 de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el artículo 39 de la Ley 11/2013 de 26 de julio, de Medidas de apoyo al Emprendedor y de Estímulo del Crecimiento y de la Creación de Empleo; el artículo 3 del Real Decreto-Ley 6/2000 de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios en relación con la libertad de establecimiento de las estaciones de servicio y sus limitaciones; los artículos 43 y 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; el artículo 9 de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior; el artículo 5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado; y el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Recurso núm. 5250/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2, 3 y anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, los artículos 3 y 46.2 letra c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, (actuales artículos 2 y 108.2 c) de Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular), artículo 3 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre residuos y la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, por la que se establece la lista europea de residuos.

Recurso núm. 5597/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública; el artículo 60 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia; y el artículo 92.1.b) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Recurso núm. 5722/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar las circunstancias que deben concurrir para que un recurrente que ha concurrido al previo procedimiento de concurrencia de proyectos previsto en la legislación portuaria posea legitimación activa para impugnar el resultado del procedimiento de concesión demanial posterior.

Recurso núm. 5883/2025, 5980/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 60, 61.1, 62.1.a) y 63 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales [«TRLHL»]; el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario [«TRLCI»]; y, el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 6750/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado, en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Directiva 123/2006/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior.

Recurso núm. 6887/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 18.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 6936/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4 de la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social (actual artículo 6.1 de la Orden IMS/903/2020, de 24 de septiembre), dictada en desarrollo del artículo 132.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; en relación con el artículo 24 de la Constitución y 69 c) y e) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Recurso núm. 6971/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el apartado 1.d) de la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, y los artículos 13.2.e), 14.1.e) y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recurso núm. 7145/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 25.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y el artículo 47.1 del Reglamento General de Costas aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.

Recurso núm. 7377/2025, 7378/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si, en cumplimiento de los criterios fijados en la STJUE de 6 de junio de 2023 (Prestige & Limousine, asunto C-50/21), la limitación del número de licencias VTC que pueden concederse para ejercer dicha actividad empresarial en un determinado territorio, basándose en razones imperiosas de interés general (en este caso medio ambientales), la Administración pública ha de justificar el impacto que la limitación tiene en el medio ambiente y razonar si existen medidas menos gravosas; o si, por el contrario, tiene un importante margen de discrecionalidad para establecer dichas limitaciones en base a estrategias de planificación y evaluación global.

Recurso núm. 7393/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si el inciso "a solicitud del titular del establecimiento o local en que se realice el juego" del artículo 14.7 de la Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia, resulta compatible con el derecho a la libertad de empresa y el derecho a la libre prestación de servicios (artículos 38 de la Constitución Española y 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).

Madrid, 11 de febrero de 2026.- Letrada de la Administración de Justicia, Aurelia Lorente Lamarca.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid