Contingut no disponible en català
Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. (CIF B62733159), con domicilio social en la calle Isabel Torres, número 25 de Santander, solicitó autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado:
"Modificación Proyecto de Reubicación del C.T. 11226 Alvareo 1"
En cumplimiento de los trámites que establece el título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, además de la vigente Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa y su Reglamento, que resultan de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 24/2013; en el capítulo V del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, modificado mediante el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica; en el Decreto 6/2003, de 16 de enero, por el que se regulan las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09; en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública, mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Escalante, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado número 267 de 6 de noviembre de 2025, en el Boletín Oficial de Cantabria número 214 de 6 de noviembre de 2025, en "El Diario Montañes" de 05 de noviembre de 2025 y en la página web de esta Dirección General (dgicc.cantabria.es). Así mismo, con fecha 23 de diciembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 308, anuncio de notificación de 18 de diciembre de 2025 en procedimiento de información pública.
Paralelamente al trámite de información pública, se han practicado las notificaciones individuales a los titulares afectados por la instalación eléctrica de referencia para que pudieran formular las alegaciones procedentes, así como a los organismos afectados.
Durante la fase de información pública no se han presentado alegaciones.
Con fecha 17 de septiembre de 2024 se hizo consulta a la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria, sobre la sujeción a algún tipo de procedimiento medioambiental del proyecto objeto de este expediente. Mediante escrito de fecha 30 de septiembre de 2024, dicha Dirección General contesta que, "el proyecto/ actuación de referencia no está incluido ni en el Anexo I ni en el Anexo II de la Ley 21/2013, ni en ninguno de los otros supuestos del artículo 7 de dicha Ley, por lo que no tiene que tramitar una evaluación de impacto ambiental"
Así mismo, Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. presentó, junto con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública, las autorizaciones de los siguientes organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general: Ayuntamiento de Escalante, Confederación Hidrográfica del Cantábrico y Dirección General de Obras Públicas.
No obstante, conviene señalar que, a todos ellos, para su conocimiento y efectos, les fue remitido anuncio de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria, por el que se somete al trámite de Información Pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, del citado proyecto, no habiendo recibido manifestación en contra.
No se ha recibido contestación de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, por lo que se entiende la conformidad de ésta con la autorización de la instalación, en virtud de los dispuesto en el artículo 11 del Decreto 6/2003, de 16 de enero.
Cumplidos los trámites administrativos establecidos en la Ley 24/2013; en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, modificado mediante el Real Decreto-ley 23/2020; en el Decreto 6/2003, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normas de legal y vigente aplicación.
Visto que de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 1903/1996, de 2 de agosto y el Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, la competencia para autorizar instalaciones eléctricas provinciales corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único acto la solicitud de Viesgo Distribución Eléctrica, S.L., relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de ejecución de la actuación mencionada.
Esta Dirección General, visto el informe del Servicio de Energía, resuelve:
Primero. - Conceder a Viesgo Distribución Eléctrica, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Modificación Proyecto de Reubicación del C.T. 11226 Alvareo 1" cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Las obras e instalaciones que se proyectan son las siguientes:
· L.A.T.S. 12/20 Kv entre Nuevo C.T. Alvareo 1 y Apoyo A46376
Origen: Nuevo C.T. Alvareo 1.
Coordenadas UTM del Origen: X: 453.968; Y: 4.809.092; Huso: 30.
Final: Apoyo A46376.
Coordenadas UTM del Final: X: 454.068; Y: 4.809.135; Huso: 30.
Obra civil:
- Realizar canalización con 4 y 9 tubos de Ø 160mm en tierra (12 y 126 m. respectivamente)
- Ejecutar 5 arquetas troncopiramidales.
Obra eléctrica:
- Aportación y tendido de 1422 m. de conductor tipo HEPRZ1 12/20 kV 1x240K Al + H16 por la canalización proyectada. (3 circuitos de 158 m.).
- Realizar 3 conversiones aéreo-subterráneas en apoyo existente A46376.
· C.T. Prefabricado Alvareo 1
Coordenadas UTM del Centro: X: 453.968; Y: 4.809.092; Huso: 30.
Obra civil:
- Instalar nuevo centro de transformación prefabricado y acera perimetral.
- Ejecutar 2 arquetas troncopiramidales.
Obra eléctrica:
- Instalar nueva celda compacta de M.T. con aislamiento integral en SF6 y telemando de la casa Ormazabal (3L+1P)
- Instalar puestas a tierra de protección y de servicio.
- Instalar transformador de 250 kVA.
- Instalar puente de Media Tensión entre el transformador y la nueva celda de protección.
- Instalar Cuadro Básico B.T. CTC 8 Bases BTVC con supervisión en BT.
- Instalar puente de B.T. (F+N).
- Instalar cuadro telegestión.
- Instalar el alumbrado y alumbrado de emergencia del centro de transformación, instalando pantallas estancas tipo led y luminarias de emergencia.
- Instalar cuadro de servicios auxiliares y telemando.
• L.B.T.S. Entre Nuevo C.T. Alvareo 1 y Nuevo Apoyo Hormigon
Obra civil:
- Instalar apoyo de hormigón (HV 9 metros 800 daN) Obra eléctrica:
- Instalar por canalización conductores XZ1 0,6/1 kV 3x(1x150)+1x95 mm2 Al (3 circuitos de 146 m.) y XZ1 0,6/1 kV 3x(1x240)+1x150 mm2 Al (1 circuito de 146 m.).
- Realizar 4 conversiones aéreo-subterráneas en apoyo HV proyectado y realizar las conexiones con las L.A.B.T. existentes.
• Desmontajes
- Desmontar C.T. existente Alvareo 1 (11226).
- Desmontar L.A.A.T. 12/20 kV entre el C.T. Alvareo 1 y el apoyo A46373.
- Desmontar seccionadores en apoyos A46373 y A46376.
Proyecto redactado por el Ingeniero Técnico Industrial Javier Aitor Triana Segovia y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Cantabria con número 129495, el 20 de agosto de 2024.
Situación: término municipal de Escalante (Cantabria).
La autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga bajo las siguientes condiciones:
1ª. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2ª. La instalación cumplirá las condiciones establecidas en los Reglamentos técnicos aplicables.
3ª. Serán de plena responsabilidad del autor del proyecto los cálculos, planos y especificaciones del mismo.
4ª. Tanto durante la ejecución de la instalación, como durante su explotación, estará bajo la inspección y vigilancia de esta Dirección General.
5ª. La instalación se ejecutará por cuenta y riesgo del titular, el cual responderá de cuantos daños y perjuicios pudieran causarse con motivo de la misma.
6ª. La presente autorización y aprobación del proyecto de ejecución se otorga salvo perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y a la protección del patrimonio cultural.
7ª. El plazo para la emisión de la Autorización de Explotación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente Resolución, pudiendo solicitar el peticionario, por razones justificadas, prórrogas de dicho plazo.
8ª. El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la Autorización de Explotación.
9ª. La aprobación del proyecto de ejecución no dispensa en modo alguno de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de cualesquiera autorizaciones adicionales que las instalaciones precisen, y, entre ellas, la obtención de las autorizaciones (o de la observancia de cualesquiera otras formalidades de control) que, en relación con los sistemas auxiliares y como condición previa a su instalación o puesta en marcha, puedan venir exigidas por la legislación de seguridad industrial y ser atribuidas a la competencia de las distintas Administraciones Públicas.
10ª. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución si durante el transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos que establece la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente Autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.
11ª. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas expresamente por él.
Segundo. - Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo dispuesto en los artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que llevará implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo que disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santander, 3 de febrero de 2026.- El director general de Industria, Energía y Minas, Jose Luis Ceballos Pereda,.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid