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Documento BOE-B-2026-4125

Anuncio de la Subdirección General de Planificación Ferroviaria sobre la aprobación del expediente de información pública y audiencia y la aprobación definitiva del "Estudio Informativo del Salto de Carnero en Cerdanyola del Vallès".

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 13 de febrero de 2026, páginas 6634 a 6634 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-4125

TEXTO

Con fecha 31 de julio de 2025, la Dirección General del Sector Ferroviario, resolvió aprobar provisionalmente el "Estudio Informativo del Salto de Carnero en Cerdanyola del Vallès" e iniciar el proceso de información pública y audiencia de administraciones, a efectos sectoriales.

Con fecha 6 de agosto de 2025 se publicó en el «BOE» núm. 188, el anuncio por el que se sometía a Información Pública y audiencia este Estudio Informativo.

Con fecha 09 de febrero de 2026, la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto:

Primero. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en lo relativo a la tramitación y aprobación de estudios informativos.

Segundo. Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio Informativo del Salto de Carnero en Cerdanyola del Vallès".

La solución definitivamente aprobada puede consultarse en la siguiente página web:

https://www.transportes.gob.es/ferrocarriles/estudios-de-planificacion/

Tercero. Durante la redacción y aprobación de los proyectos constructivos y la ejecución de las obras, cuya competencia recae en el administrador de la infraestructura ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, deberán tenerse en cuenta las prescripciones establecidas en el Estudio Informativo y en el expediente de información pública y audiencia.

Cuarto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 9 de febrero de 2026.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Francisco Javier Sánchez Ayala.

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