Está Vd. en

Documento BOE-B-2026-3959

Resolución TER/227/2026, de 27 de enero, del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica en Les Terres de l’Ebre, por la cual se otorga a la empresa Edistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la construcción de una nueva línea aérea / subterránea MT en 25 KV entre apoyo existente A155523 y apoyo existente PH16 para realizar cierre de anillo dentro de los términos municipales de Horta de Sant Joan y Arnes, en la comarca de la Terra Alta (Expediente núm: FUE-2024-04250639).

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 11 de febrero de 2026, páginas 6328 a 6332 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2026-3959

TEXTO

La empresa Edistribución Redes Digitales, SLU, en adelante EDRD, con domicilio en la Avenida de Vilanova, 12 Bloque 12 de Barcelona 08018, solicita la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública en los Servicios Territoriales en Les Terres de l’Ebre, en adelante SSTT, en fecha 17 de diciembre de 2024 con número de expediente FUE-2024-04250639.

De conformidad con lo que prevé el artículo 19 de la Ley 18/2008, del 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y de acuerdo con la regulación establecida a los títulos VI e IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; y según la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se somete a información pública la solicitud de la autorización administrativa previa, la autorización de construcción y la declaración de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados a los efectos que prevé el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, por un periodo de 30 días mediante el correspondiente Anuncio de información pública en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 9406, de 06/05/2025, en el Boletín Oficial del Estado número 109, de 06/05/2025 y en el periódico El Punt Avui de 06/05/2025; este anuncio de información pública también estuvo expuesto en el tablón de anuncios de la Generalitat de Catalunya (e-Tauler) y en el tablón de anuncios oficial de los Ayuntamientos de Horta y Arnes con el objetivo que todas aquellas personas y entidades que se consideren afectadas pudieran ejercer sus derechos en relación con las solicitudes formuladas por EDRD.

En cumplimiento del trámite estipulado en el artículo 19 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico, la solicitud se ha notificado individualmente a los titulares de bienes y derechos afectados.

En cumplimiento de los artículos 127, 131 y 146 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, arriba mencionado y del artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se remite la solicitud anexando las separatas correspondientes y solicitando informe a las administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas siguientes:

Asimismo, de acuerdo con la normativa mencionada, se solicita informe a los siguientes organismos y empresas afectadas: Oficina de Medio Ambiente de Les Terres de l’Ebre, Servicios Territoriales de Cultura en Les Terres de l’Ebre, Agencia Catalana del Agua, Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), Diputación de Tarragona, Ayuntamiento de Horta de Sant Joan y Ayuntamiento de Arnes.

La Oficina de Medio Ambiente en Les Terres de l’Ebre informa favorablemente al proyecto, condicionado al cumplimiento de medidas que indica el informe presentado.

La Agencia Catalana del Agua informa de que el proyecto no afecta a ningún bien, estructura ni instalación de lo que sean titulares.

La Diputación de Tarragona informa favorablemente.

El Ayuntamiento de Horta de Sant Joan informa sin pronunciamiento desfavorable al proyecto.

La Confederación Hidrográfica del Ebro informa que previo al principio de las obras, se tendrá que obtener la preceptiva autorización administrativa de este Organismo.

De conformidad con lo que prevé el artículo 131 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se entiende que para los siguientes organismos quedan aprobadas las especificaciones del peticionario, al no contestar a la petición de informe el Ayuntamiento de Arnes y los Servicios Territoriales de Cultura en Les Terres de l’Ebre.

Los informes emitidos por los organismos afectados han sido enviados a la persona peticionaria la cual ha manifestado su aceptación o ha efectuado las observaciones que ha estimado convenientes, de acuerdo con lo que determinan los artículos 125 y concordantes del Real decreto 1955/2000.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el anuncio de información pública se ha comunicado en los ayuntamientos de los términos municipales en los cuales radican los bienes y derechos afectados por esta instalación, por su exposición al público por un periodo de 30 días, a fin de que se pudiera comprobar la existencia de errores en relación mencionada, así como formular las alegaciones que fueran procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Se ha notificado individualmente a los titulares incluidos en la relación de bien o derechos afectados por esta instalación, las correspondientes separatas y el anuncio de información pública, a fin de que pudieran formular las alegaciones que consideraran procedentes.

Tres titulares de fincas afectados (FN 4 y 7) solicitan que la ocupación se haga de la forma que perjudique menos la finca, sus usos y se piden más aclaraciones sobre las afectaciones propuestas. Igualmente solicitan que el procedimiento de la ocupación se haga con la correspondiente indemnización y restitución de los terrenos en caso de soterramiento.

Las alegaciones presentadas por los titulares de fincas afectadas han sido enviadas a la persona peticionaria la cual ha presentado aclaraciones a las informaciones solicitadas por los titulares. Estas aclaraciones han sido igualmente trasladadas a los titulares, los cuales no han presentado ninguna nueva alegación.

Fundamentos de derecho

Visto el procedimiento seguido, según las indicaciones establecidas en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables en las instalaciones eléctricas en Cataluña.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Ley 26/2010 de 3 de agosto, de regimos jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

1.- Otorgar a la empresa Edistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la construcción de una nueva línea aérea/subterránea MT en 25 KV entre apoyo existente A155523 y apoyo existente PH16 dentro de los términos municipales de Horta de Sant Joan y Arnes (Terra Alta). FUE-2024-04250639.

2.- Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a un periodo de información pública mediante Anuncio publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 9406, de 06/05/2025, en el Boletín Oficial del Estado número 109, de 06/05/2025 y en el periódico El Punt Avui, de 06/05/2025 y conlleva las afecciones que se describen.

Las características resultantes de las líneas aéreas objeto del proyecto de ejecución son:

La corriente eléctrica será alterna y trifásica a la tensión de 25 KV en la red de Alta Tensión, la frecuencia será 50 Hz y el nivel de aislamiento del conjunto de la instalación de 70/170 KV.

Descripción de la Línea AT de alimentación.

1.- Descripción de la línea subterránea.

1.1. Tramo subterráneo MT entre conversión A/S del nuevo apoyo metálico T2 y conversión A/S del nuevo apoyo metálico T3.

Este tramo tendrá una longitud total de 242 metros.

1.2. Tramo subterráneo MT entre conversión A/S del nuevo apoyo metálico T12 y conversión A/S del nuevo apoyo metálico T13.

Este tramo tendrá una longitud total de 1.068 metros.

2.- Descripción de la línea aérea.

2.1. Tramo aéreo MT entre apoyo metálico A155523 existente y apoyo metálico A155533 existente.

Este tramo tendrá una longitud total de 109 metros.

2.2. Tramo aéreo MT entre nuevo apoyo metálico T1 y nuevo apoyo metálico T2.

Este tramo tendrá una longitud total de 46 metros.

2.3. Tramo aéreo MT entre nuevo apoyo metálico T3 y nuevo apoyo metálico T12.

Este tramo tendrá una longitud total de 1.314 metros.

2.4. Tramo aéreo MT entre apoyo CTE. XW177 existente y apoyo PH16 existente.

Este tramo tendrá una longitud total de 352 metros.

Términos municipales: Horta de Sant Joan y Arnes (Terra Alta).

Presupuesto total resultante: 278.368,31 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, como también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre Régimen de instalación, ampliación y traslado de Industrias, y está sometida a las condicionas especiales siguientes:

1.- Las instalaciones se tienen que llevar a cabo de acuerdo con el proyecto de ejecución presentado, "Proyecto de ejecución de nueva línea aérea/subterránea MT en 25 KV entre apoyo existente a155523 y apoyo existente PH16", firmado por el ingeniero técnico industrial Antoni Samper Golorons, colegiado nº 20.910 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona (CETIT), y visado en fecha 8 de octubre de 2024 con el número FG063339-R01 qué ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, si procede, se soliciten y se autoricen y en el cual se tendrán que incorporar todos los condicionantes establecidos en la tramitación.

2.- La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete al que establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el cual se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantizabas de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 en 09, el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el cual se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 en 23; la Ley 18/2008 de 23 de diciembre de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, y el resto de disposiciones de aplicación general.

3.- El plazo para la puesta en servicio de la instalación autorizada será de dos años a contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. El titular podrá solicitar una prórroga que tendrá que pedir, como mínimo, un mes antes de que acabe el plazo indicado.

4.- La Dirección General de Energía, del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, puede llevar a cabo, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

5.- Con esta finalidad, el peticionario de la instalación comunicará en el órgano administrativo mencionado el comienzo de las obras, las incidencias dignas de mención mientras duren, así como su finalización. La comunicación de final de obra se acompañará con el correspondiente certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajusta al proyecto de ejecución aprobado, que se han cumplido las normas y las disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas llevadas a cabo.

6.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

7.- El peticionario será el responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente; asimismo el peticionario tomará, durante la ejecución de los trabajos, todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para evitar cualquier perjuicio, tanto a los operarios que ejecuten los trabajos como a terceras personas.

8.- La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que se imponen. En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9.- La empresa EDRD tendrá que dar cumplimiento a las condiciones impuestas por los organismos o empresas de servicios que hayan emitido informe durante el procedimiento administrativo.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, ante la directora general de Energia, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tortosa, 27 de enero de 2026.- Director de los Servicios Territoriales en Les Terres de l’Ebre, Miguel Alonso Cruelles.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid