Con fecha 30 de enero de 2026, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, de conformidad con la Disposición Adicional quinta del R.D. 253/2024 de 12 de marzo, la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias modificada por la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril ha resuelto aprobar el Expediente de información pública del proyecto de construcción "Actuaciones para el desarrollo del plan de acción contra el ruido de la fase II en la autopista AP-7 del P.K. 113+100 al P.K. 169+600. Provincia de Barcelona". Clave: 39-B-5260.
El texto íntegro de la Resolución, donde se recogen todas las prescripciones dictaminadas, estará disponible para su consulta en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica).
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Barcelona, 4 de febrero de 2026.- La Ingeniera Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Elena Castro Correa.
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