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Documento BOE-B-2026-35363

Anuncio de la Subdirección General de Planificación Ferroviaria sobre la aprobación del expediente de información pública y audiencia y la aprobación definitiva del Estudio Informativo del Corredor Cantábrico-Mediterráneo. Tramo: Bilbao-Santander.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 29 de octubre de 2026, páginas 57411 a 57412 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-35363

TEXTO

Con fecha 31 de octubre de 2025, la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, resolvió aprobar provisionalmente este Estudio Informativo e iniciar el proceso de información pública y audiencia de administraciones a efectos únicamente sectoriales, no ambientales, dado que, de conformidad con las conclusiones del estudio, ninguna de las alternativas analizadas alcanzaba el umbral mínimo de rentabilidad exigible.

Con fecha 21 de octubre de 2026, la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto:

Primero.- Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en lo relativo a la tramitación y aprobación de estudios informativos.

Segundo.- Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio Informativo del Corredor Cantábrico-Mediterráneo. Tramo: Bilbao-Santander". Ninguna de las alternativas analizadas cumple con el umbral mínimo exigible de rentabilidad, por lo que se propone realizar un nuevo estudio introduciendo algunos cambios en los condicionantes de partida.

Este nuevo estudio analizará las relaciones de transporte y las demandas de movilidad de las ciudades de Bilbao y Santander, así como los municipios de Castro Urdiales y Laredo, considerando todas las posibles relaciones entre los cuatro núcleos de población, analizando los beneficios derivados del establecimiento de paradas en Castro Urdiales y Laredo y la optimización de la ubicación de las distintas estaciones.

Deberá estudiar además la mayor o menor conveniencia del empleo de una línea de tráfico mixto o de tráfico exclusivo de viajeros conforme al estudio de la demanda de viajeros y mercancías.

El análisis contemplará la posibilidad de la división en tramos o fases, considerando distintos escenarios de puesta en servicio, teniendo en cuenta posibles conexiones entre la nueva infraestructura y la red existente. De esta forma se podrán determinar las posibles sinergias derivadas de una eventual subdivisión del corredor en tramos para posibilitar la ejecución en distintos horizontes temporales.

La solución definitivamente aprobada puede consultarse en la siguiente página web:

https://www.transportes.gob.es/ferrocarriles/estudios-de-planificacion

Tercero.- Quedan sin efecto, en las zonas afectadas por los trazados y actuaciones ferroviarias objeto del presente estudio informativo, la suspensión de la aprobación de nuevas clasificaciones y calificaciones de suelo y de los efectos de las ya aprobadas, así como la suspensión del otorgamiento de nuevas autorizaciones y licencias urbanísticas.

Cuarto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 22 de octubre de 2026.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Francisco Javier Sánchez Ayala.

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