BDNS(Identif.):918641
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/918641)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas Ramón y Cajal, las siguientes entidades:
1. En el caso de las ayudas del turno general y del turno específico de personas con discapacidad, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la convocatoria.
2. En el caso de las ayudas para el turno específico de personal investigador en centros públicos de investigación agraria y alimentaria, de entre las entidades indicadas anteriormente, únicamente los centros públicos de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA, y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, a través del Centro Nacional Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la convocatoria.
Segundo. Objeto.
La finalidad de estas ayudas es promover la incorporación y retención en organismos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación de personal investigador, tanto español como extranjero, con una trayectoria destacada con el fin de que adquieran las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación, facilitando el inicio de una línea de investigación mediante la financiación de un proyecto propio de I+D+i e incentivando la creación de plazas de carácter permanente en las instituciones de adscripción.
Asimismo, se pretende incentivar la participación de las personas que obtengan una ayuda al amparo del programa Ramon y Cajal en las convocatorias del Consejo Europeo de Investigación mediante un incremento de la ayuda para la contratación de la persona que ostenta la ayuda Ramon y Cajal, así como a través de la financiación de una ayuda a través de la convocatoria de ayudas a proyectos Europa Excelencia de la Agencia Estatal de Investigación.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CNU/671/2026, de 29 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 240.000.000,00 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado en los ejercicios 2028 y siguientes, o equivalentes que la sustituyan, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación serán presentadas por las entidades y las personas candidatas, respectivamente, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 12 de la convocatoria.
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación, tanto para las entidades como para las personas candidatas, se iniciará el día 10 de noviembre y finalizará el día 10 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Aportaciones científico-técnicas del candidato/a.
b) Calidad y novedad de la propuesta de proyecto de investigación.
c) Impacto científico, económico y social esperado de los resultados.
d) Grado de independencia y liderazgo.
e) Viabilidad de la propuesta de proyecto de investigación.
La descripción de los criterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Madrid, 25 de septiembre de 2026.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.
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