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Documento BOE-B-2026-30116

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de agua del arroyo de la Gatina, en Yebra, término municipal de Benuza, provincia de León, con destino a abastecimiento de Yebra. Expediente: A/24/04934/E.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 17 de septiembre de 2026, páginas 48896 a 48896 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2026-30116

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Benuza o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/24/04934/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Junta Vecinal de Yebra

Nombre del río o corriente: Arroyo de la Gatina

Caudal concedido: 0,26 l/s

Punto localización: Yebra

Término municipal y provincia: Benuza, León

Destino: Abastecimiento de Yebra

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 12 de enero de 2004

Registro de Aguas: Inscripción Nº 13620, en la Sección A, en el Tomo 0137, hoja número 021

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 14 de septiembre de 2026.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

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