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Documento BOE-B-2026-3011

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, de 19 de diciembre de 2025, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la elaboración de estudios en el ámbito de los derechos culturales correspondientes al año 2026

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 3 de febrero de 2026, páginas 4799 a 4801 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2026-3011

TEXTO

BDNS(Identif.):884535

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/884535)

Primero.- Beneficiarios.

Podrán concurrir a esta convocatoria las universidades públicas, así como las entidades sin fines de lucro no pertenecientes al sector público. Estas deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las entidades solicitantes deberán acreditar su trayectoria dentro de la actividad para la que se solicita la ayuda, así como su capacidad y adecuación para la realización de esta.

Las universidades podrán concurrir con más de un proyecto, siempre que cada uno de ellos esté promovido por unidades, departamentos, institutos o grupos de investigación diferentes.

En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, únicamente podrán presentar una solicitud por convocatoria.

Segundo.- Objeto.

Las ayudas convocadas tienen por objeto promover la elaboración de estudios a escala nacional en el ámbito de los derechos culturales.

Con esta convocatoria se busca apoyar proyectos que contribuyan a las siguientes finalidades:

a) Ampliar el marco teórico y práctico de los derechos culturales en España.

b) Contribuir al fortalecimiento del conocimiento colectivo y al debate público en torno a los derechos culturales.

c) Favorecer la generación de evidencias y la comprensión social del alcance y ejercicio de los derechos culturales.

d) Promover el enfoque de derechos en el análisis del acceso, la participación, la creación y la diversidad cultural.

e) Identificar y documentar barreras estructurales o normativas que impiden el ejercicio efectivo de los derechos culturales.

f) Reforzar el vínculo entre investigación, innovación y acción cultural.

g) Generar propuestas orientadas a la mejora del ecosistema cultural, marcos normativos o modelos de gobernanza cultural.

Las actividades que se acojan a esta convocatoria podrán realizarse desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos (BOE número 275, del 13 de noviembre de 2010).

Cuarto.- Cuantía.

La financiación de las ayudas se hará con cargo a los créditos de la Dirección General de Derechos Culturales del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura vigentes para el año 2026. El importe total máximo de estas ayudas es de 350.000 €, con distribución en los siguientes conceptos:

a) A universidades: 24.04.334A.452: 175.000 €

b) A instituciones sin fines de lucro: 24.04.334A.481: 175.000 €.

La cuantía máxima de la ayuda será de 35.000 euros por proyecto subvencionado. Con cargo a esta convocatoria se podrá financiar hasta el 100% del coste total efectivo de cada actividad subvencionada.

Esta subvención será compatible con otras ayudas procedentes de organismos o instituciones públicas o privadas, destinadas a la misma actividad, siempre que el importe de la ayuda sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el coste de la actividad subvencionada.

Quinto.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura, accesible a través del siguiente enlace: https://cultura.sede.gob.es, (apartado "Trámites y Procedimientos") de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura.

El plazo de presentación será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado» y de la Resolución íntegra en la Base Nacional de Subvenciones, y hasta las 14.00 horas del último día de presentación.

Sexto.- Criterios de valoración

La cuantía individualizada de cada subvención se concretará en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios establecidos en el artículo undécimo de la convocatoria.

Madrid, 19 de diciembre de 2025.- El Secretario de Estado de Cultura P.D. (apartado cuarto 2.d) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo) La Directora General de Derechos Culturales, Jazmín Beirak Ulanosky.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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