Con fecha de 4 de agosto de 2026 la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del expediente de información pública y definitiva del proyecto de construcción "Modificación de semienlace situado en la autovía A-66, P-K- 654 TM Almendralejo", aprobado provisionalmente mediante resolución de 17 de febrero de 2026 (B.O.E. 86 de 8 de abril de 2026).
En base a dicha propuesta y en uso de la competencia establecida en la Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023; DA quinta RD 253/2024, el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha propuesto:
1. APROBAR el Expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Construcción "MODIFICACIÓN DE SEMIENLACE SITUADO EN LA AUTOVÍA A-66, P.K. 654. T.M. ALMENDRALEJO. PROVINCIA DE BADAJOZ" con un Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) de 5.345.645,70 €, con la siguiente prescripción que deberá ser tenida en cuenta antes de la ejecución de las unidades de obra correspondientes y se cumplimentará mediante la documentación que resulte procedente en cada caso, sometiendo la misma a la aprobación del Ingeniero Director de las Obras. A todos los efectos dicha prescripción se considerará parte integrante del proyecto que se aprueba:
- Durante la fase de ejecución de las obras se mantendrán los oportunos contactos con los organismos afectados y empresas titulares de servicios públicos, a fin de confirmar las afecciones a infraestructuras e instalaciones.
2. Dado que en la resolución de aprobación provisional del Proyecto de Construcción se declaró la urgencia del proyecto a los fines de expropiación de los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto, la presente aprobación definitiva del proyecto de construcción implica la urgencia a los fines de expropiación, en virtud del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.
Por consiguiente, en aplicación del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, SE ORDENA a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre.
3. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
La resolución y copia de la citada información pública y definitiva del proyecto de construcción estarán expuestos al público en la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, sita en la Avenida de Europa n.º 1-7ª planta. CP: 06071 BADAJOZ, así como en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://www.transportes.gob.es/ministerio/buen-gobierno/participacion-publica/lun-07092026-1004, a fin que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2025 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.
Badajoz, 10 de septiembre de 2026.- Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, Antonio J. Ruiz-Roso Gómez.
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