Por este Organismo se tramita expediente de renuncia parcial al derecho al uso privativo de las aguas anotado en el Catálogo de Aguas Privadas con n.º 2317, Tomo 2, Hoja 298, reconocida por Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. de fecha 28/09/1993. La renuncia asciende a un volumen anual de 206.048 m³, permaneciendo vigentes el resto de características del aprovechamiento.
El derecho vigente está anotado con las siguientes características esenciales:
Titular: S.A.T. Los Guiraos
Corriente o acuífero: Bético de Murcia.
Clase y afección: Regadío.
Lugar de la toma: Los Guiraos.
Término municipal: Cuevas de Almanzora (Almería).
Volumen máximo anual: 750.000 m³/año.
Superficie: 200,0000 ha.
Dotación: 3.750 m³/ha/año.
Caudal instantáneo: 69 l/s.
Caudal medio equivalente: 23,782 l/s.
Características de los sondeos:
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Denominación |
Profundidad (m) |
Diámetro (mm) |
Potencia instalada (CV) |
UTM (ETRS-89) |
Caudal (l/s) |
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Pozo 1 |
393 |
450 |
88 |
606.088; 4.135.692 |
69 |
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Pozo 2 |
310 |
400 |
- |
605.988; 4.135.592 |
- |
Causa de la extinción: Renuncia.
Servidumbres conocidas: No hay.
Forma de iniciación del expediente: A instancia de parte.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el portal de internet de este Organismo, pueda comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que sea afectada por la extinción del mismo, manifestando cuanto considere conveniente. La documentación del expediente podrá ser consultada en el siguiente enlace:
https://www.chsegura.es/es/ciudadano/informacion-publica/general/
Las alegaciones, citando la referencia CAD-0017/2026 y dirigidas a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Debe tenerse en cuenta que los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Murcia, 12 de agosto de 2026.- La Comisaria de Aguas, Ana María Arenas López.
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