Ha sido admitido el depósito de la disolución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por Dª. Cristina Lecina Escuder mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2026/002091.
La Asamblea General celebrada el 29 de junio de 2026 adoptó por unanimidad el acuerdo de disolver la asociación, y como consecuencia, ésta pierde su personalidad jurídica
El certificado aparece suscrito por D. Manuel Martínez Rodríguez como Liquidador Único con el visto bueno del Secretario saliente D. Joaquín Guallar Pérez.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 5 de agosto de 2026, La Directora General de Trabajo, P.D. (Orden TES/801/2025, de 18 de julio) El Subdirector General de Relaciones Laborales, P.D (Resolución de 15 de julio de 2026) La Subdirectora Adjunta María del Mar Laguarda Moragues.
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