El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, en sesión celebrada el 19 de junio de 2026, en uso de las funciones que le confiere el artículo 30.5.n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, resolvió otorgar la siguiente concesión administrativa:
Concesión al titular: Federación Andaluza de Cofradías de Pescadores.
· Objeto: sede administrativa.
· Plazo: hasta 31/12/2027.
· Tasa de ocupación: 922,36 €/año.
· Tasa de actividad: 0,1% volumen de negocio.
· Superficie concedida: locales 261 y 262 de 38,28 m²cada uno, en muelle pesquero de Algeciras.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Algeciras, 28 de julio de 2026.- Presidente, Gerardo Landaluce Calleja.
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