BDNS(Identif.):923728
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/923728)
Publicadas mediante Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre (BOE nº 233 de 29 de septiembre de 2021), modificada por Orden DSA/619/2023, de 6 de junio, y Orden JUI/463/2026, de 5 de mayo, por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Erasmus+», capítulo de Juventud, modificada mediante Orden DSA/619/2023, de 6 de junio, se hace preciso adoptar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2025, en régimen de concurrencia competitiva.
1.- Convocatoria y cuantías
a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su Plan de trabajo del Programa Erasmus+ (Decisión de implementación de la Comisión Europea de 5 de noviembre de 2025), así como los créditos presupuestarios disponibles para la ejecución del mismo, se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por un importe máximo total de 25.671.800,40 euros. Su distribución entre las diferentes acciones es la siguiente:
A1 Acción clave 1.- Oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151); Proyectos de movilidad para jóvenes (KA152) y para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153): 16.074.261,60 euros.
A2 Acción clave 1.- Actividades de participación juvenil (KA154): 2.201.156,80 euros.
B1 Acción clave 1.- Acción de Inclusión de DiscoverEU (KA155): 532.424,00 euros.
B2 Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación (KA220): 4.595.150,00 euros.
B3 Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación a pequeña escala (KA210): 2.268.808,00 euros.
b) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
2.- Distribución de las ayudas convocadas
Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.
3.- Requisitos y forma de presentación de las solicitudes
Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.
Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus//).
4.- Plazo de presentación de solicitudes
Las referencias horarias a los plazos de presentación de solicitudes deberán entenderse referidas a la hora local de Bruselas (Bélgica).
Para la Acción clave 1.- Movilidad en el ámbito de la juventud, los plazos serán los siguientes:
a) Para oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151):
Hasta el 12 de febrero a las 12:00 horas para proyectos que empiecen a partir del 1 de junio de 2026.
b) Para proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), y Actividades de participación juvenil (KA154):
Hasta el 12 de febrero a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2026.
c) Para proyectos para la acción de inclusión de DiscoverEU (KA155):
Hasta el 12 de febrero a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de marzo de 2027.
Para la Acción clave 2.- Asociaciones para la cooperación (KA220) y asociaciones a pequeña escala (KA210), el plazo será el siguiente:
Hasta el 5 de marzo a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2026.
5.- Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión
El objeto de la convocatoria de subvenciones en el marco del Programa "Erasmus+" es desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea, a través de proyectos que promuevan la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea, potencien la solidaridad y promuevan la inclusión, favorezcan el entendimiento mutuo entre jóvenes, contribuyan a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud y favorezcan la cooperación europea en el ámbito de la juventud.
La presente convocatoria de subvenciones se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Juventud e Infancia al que está adscrito el Instituto de la Juventud (en adelante, INJUVE), contribuyendo a la consecución de sus objetivos estratégicos:
El refuerzo de los valores de la Unión Europea a través del mantenimiento y mejora del conocimiento y participación de los jóvenes y asociaciones de juventud en proyectos de aprendizaje no formal que fomentan la movilidad internacional y el aprendizaje de competencias no formales, a través de acciones de movilidad por Europa, durante el periodo 2024-2026.
Mantener y mejorar la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural de España durante el periodo 2024-2026, a través del mantenimiento o aumento del número de manifestaciones de interés y participantes en las actividades promovidas por el Instituto de la Juventud con esta finalidad y del mantenimiento y mejora de la calidad del asociacionismo a nivel estatal.
Promover la igualdad de oportunidades entre las y los jóvenes durante el periodo 2024-2026, mediante el mantenimiento y mejora de la tasa de participación de jóvenes con menores oportunidades en las actividades promovidas por el Instituto de la Juventud con esta finalidad.
Cooperación e impulso de la actividad de las organizaciones no gubernamentales de juventud durante el periodo 2024-2026.
Fomentar y apoyar el acceso a un empleo digno, estable y bien remunerado y facilitar el emprendimiento juvenil durante el período 2024-2026 para garantizar la autonomía y la emancipación de las personas jóvenes.
El cumplimiento de los citados objetivos se medirá según los indicadores establecidos en el Plan Estratégico.
Se podrán solicitar proyectos en las siguientes líneas de acción:
Línea de acción de movilidad, que puede comprender las siguientes acciones: proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), actividades de participación juvenil (KA154), así como la acción de inclusión de la iniciativa DiscoverEU (KA155).
Línea de acción para la Cooperación, que puede comprender las siguientes acciones: Asociaciones de cooperación (KA220) y Asociaciones a pequeña escala (KA210).
Línea de acción de proyectos de movilidad para organizaciones Erasmus+ acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151). El Programa Erasmus+ habilita a las organizaciones a presentar solicitudes de acreditación que facilita la movilidad en el ámbito de la juventud, proporcionando a las organizaciones acreditadas un formato alternativo simplificado y flexible para llevar a cabo actividades de intercambio juvenil o de movilidad de trabajadores en el ámbito de la juventud.
Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración específicos para cada Acción y actividad, que se detallan en la Guía del Programa Erasmus+.
Véase el texto completo de la Convocatoria y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus// para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes.
Madrid, 5 de agosto de 2026.- Margarita Guerrero Calderón. Directora general del Insituto de la Juventud.
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