Está Vd. en

Documento BOE-B-2026-25805

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., de información pública relativo a la propuesta de aprobación del canon de regulación del embalse de Itoiz año 2027.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 31 de julio de 2026, páginas 41570 a 41572 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2026-25805

TEXTO

Con fecha 3 de julio de 2026 la Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado la propuesta del canon de regulación del embalse de Itoiz año 2027, que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (BOE nº 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán 26,4277117143 €/ha.

B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán 27,0268893931 €/ha.

C) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores IV.1 abonarán 27,6260670718 €/ha.

D) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán 28,2252447506 €/ha.

E) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores V, VII y VIII abonarán 28,8244224293 €/ha.

F) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2015 abonarán 29,4236001081 €/ha.

G) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2016 abonarán 30,0227777869 €/ha.

H) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sector VI y Regularización Sectores 2017 abonarán 30,6219554656 €/ha.

I) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y Regularización Sectores 2018 abonarán 31,2211331444 €/ha.

J) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 5, XXII-Arga 6 y Regularización Sectores 2019 abonarán 33,0186661806 €/ha.

K) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 4 y regularización Sectores 2022 abonarán 33,6178438594 €/ha.

L) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXVI-Ega 3 abonarán 34,2170215382 €/ha.

M) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXVI-Ega 4 abonarán 34,8161992169 €/ha.

N) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXVI-Ega 5, Ega 6, Ega 7A, Ega 7B, Ega 8 y Ega 9 abonarán 35,4153768957 €/ha.

O) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán 2,3072435799 €/ha.

P) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán 1,9655610588 €/ha.

Q) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán 20,6002315907 €/ha.

R) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán 12,4674125160 €/ha.

S) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 59.517,41 €, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

T) Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán 0,0082586599 €/kWh.

U) Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán 0,0082586599 €/kWh.

V) Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán 0,0027528866 €/kWh.

W) Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán 0,0033063771 €/kWh.

X) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el río Irati, abonarán 0,0260857770 €/m³.

Y) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán 0,0080594301 €/m³.

Z) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán 0,0020646650 €/m³.

AA) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán 0,0006767979 €/m³.

AB) El Estado como beneficiario de las obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor en concepto de canon de regulación 2.450.521,10 €.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta 24-28 de Zaragoza.

Zaragoza, 17 de julio de 2026.- El Director Técnico, Ramón Lúquez Llorente.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid