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Documento BOE-B-2026-24958

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería sobre el otorgamiento de concesión administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 23 de julio de 2026, páginas 40098 a 40098 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-24958

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería, en su sesión celebrada el día 22 de junio de 2025, a propuesta de la Dirección y en uso de las facultades que le confiere el artículo 30.5.n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (en adelante, TRLPEMM), acordó el otorgamiento de una concesión administrativa a favor de GARAJES INDALO S.L., para la ocupación de una parcela de dominio público portuario de 8.559 m2 de superficie, con destino a la construcción y explotación de dos edificaciones para restauración y alimentación en la zona S1 y espacio para aparcamiento que se destina a usos complementarios del tráfico de pasajeros del Puerto de Almería. Entre las condiciones más importantes destacan las siguientes:

Plazo: 40 años, con posibilidad de 2 prórrogas de 5 años cada una.

Tasa de ocupación: 23.265,93 €/año.

Tasa de actividad: Desde el inicio de la actividad y durante los primeros 20 años, 70 € por cada 1.000 pasajeros embarcados y desembarcados o fracción de líneas regulares, tomando para su cálculo el valor estadístico del año anterior, actualizándose al final de cada ejercicio con los datos reales. Cuando no sea posible su medición, el 2% del rendimiento neto de la actividad producida en el puerto. A partir del año 21 de la concesión hasta el año 30, deberán abonar anualmente, el importe más alto resultante de comparar 70 € por cada 1.000 pasajeros embarcados y desembarcados. Cuando no sea posible su medición, el 2% del rendimiento neto de la actividad producida en el puerto. Desde el año 31 hasta la finalización de la concesión, deberán abonar anualmente el importe más alto resultante de comparar 70 € por cada 1.000 pasajeros embarcados y desembarcados. Cuando no sea posible su medición, el 3% del rendimiento neto de la actividad producida en el puerto

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 85.7 del TRLPEMM.

Almería, 20 de julio de 2026.- La Presidenta, María del Rosario Soto Rico.

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