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Con fecha 8 de mayo de 2024, el Director General de Carreteras emite la orden de estudio a propuesta de la Subdirección General de Planificación y Explotación del correspondiente estudio de viabilidad y anteproyecto de construcción y explotación: "Remodelación y acondicionamiento del área de servicio de Gornazo. Autovía de la Meseta A-67, P.K. 191, ambas márgenes. Término municipal de Miengo. Cantabria" para su tramitación reglamentaria.
Vistos los antecedentes, analizando el expediente y en virtud de la competencia atribuida por el Real decreto 253/2024, de 12 de Marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; la Subdirectora General de Planificación y Explotación, por delegación del Director General de Carreteras (Apartado decimosexto 3.A.b. de la orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias) resuelve:
1) Aprobar provisionalmente el anteproyecto de construcción y explotación: "Remodelación y acondicionamiento del área de servicio de Gornazo. Autovía de la Meseta A-67, P.K. 191, ambas márgenes. Término municipal de Miengo. Cantabria". Redactado con fecha de febrero de 2026.
2) Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por lo que el presente trámite también tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de la actuación.
3) Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria se proceda a incoar el expediente de información pública del anteproyecto de construcción y explotación al área de servicio de Gornazo y del estudio de viabilidad, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los siguientes efectos:
· Artículo 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014.
· Artículo 27.1.b de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estimen convenientes.
· Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa, para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las consultas y de los informes preceptivos previstos en la legislación vigente, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del anteproyecto.
De conformidad con el artículo 248.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación definitiva del anteproyecto de referencia, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
4) Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria:
a. Remita ejemplares del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad a las entidades locales afectadas a efectos de la exposición en su tablón de anuncios o sede electrónica asociada, conforme el artículo 42.1 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre).
b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Cantabria y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, si lo hubiere (en cuyo caso deberá aparecer explícitamente la relación de bienes y derechos afectados en cumplimiento del artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa), comunicándose además a los ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar para que la fijen en el tablón de anuncios respectivo, en cumplimiento del artículo 34.6 del Reglamento General de Carreteras y del artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa. En estos medios se señalarán los lugares de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c. Solicite el preceptivo informe indicado en el artículo 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y en los artículos 247.3 y 248.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 a las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales afectadas.
d. Solicite el informe del anteproyecto de construcción y explotación, respectivamente, y del estudio de viabilidad conjunto a los Departamentos Ministeriales afectados, Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.
En virtud de dicha Resolución y de acuerdo con la vigente ley de Expropiación Forzosa, el artículo 83 de la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 12.4 de la Ley 37/2015 de 9 de septiembre de Carreteras, se somete a información pública el referido anteproyecto de construcción y explotación; así como su estudio de viabilidad consistente en la remodelación y acondicionamiento del Área de Servicio de Gornazo, al objeto de que en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE y BOC puedan presentarse alegaciones sobre la de declaración de utilidad pública, necesidad de urgente ocupación referidas a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del anteproyecto así como la reposición de servicios, o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
Los escritos formulando alegaciones deberán dirigirse a esta Demarcación y podrán presentarse utilizando cualquiera de las modalidades previstas en la vigente Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tales efectos, el Anteproyecto de Construcción puede ser examinado en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria (C/ Somorrostro S/N. Edificio de Correos. 39002. Santander), en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, dentro del apartado de información pública: https://www.transportes.gob.es/ministerio/buen-gobierno/participacion-publica y en el Ayuntamiento de Miengo (Plaza Marqués de Valdecilla 1, 39310 Miengo. Cantabria)
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS:
Témino Municipal de Miengo
|
Finca |
Polígono |
Parcela |
Titulares |
Expro. m² |
Serv. m² |
O.Temp. m² |
Naturaleza |
|
39-4403-001 |
4 |
283 |
RUMOROSO CUESTA JOSEFA |
3 |
22 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-002 |
4 |
9016 |
AYUNTAMIENTO DE MIENGO |
12 |
315 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-003 |
4 |
280 |
BEZANILLA GARCIA TELESFORO |
1 |
30 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-004 |
4 |
272 |
ABASCAL SAN JUAN SANTIAGO |
1 |
56 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-005 |
4 |
509 a-10906 |
DISA PENINSULA SL. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE |
134 |
151 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-005 |
4 |
509 b-1187 |
DISA PENINSULA SL. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE |
4 |
71 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-005 |
4 |
509 |
DISA PENINSULA SL. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE |
16 |
365 |
0 |
Urbanizable |
|
39-4403-006 |
4 |
400 a |
DISA PENINSULA SL. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE |
4 |
101 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-006 |
4 |
400 b |
DISA PENINSULA SL. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE |
4 |
193 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-006 |
4 |
400 |
DISA PENINSULA SL. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE |
8 |
320 |
0 |
Urbanizable |
|
39-4403-007 |
4 |
9013 |
AYUNTAMIENTO DE MIENGO |
0 |
91 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-008 |
4 |
215 |
ELORRIAGA MAESO, MIGUEL ANGEL. COGOLLUDO ROJAS, JOSEFA |
0 |
59 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-009 |
4 |
491 |
GORNAZO INDUSTRIAL SL |
2 |
73 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-010 |
4 |
9012 |
AYUNTAMIENTO DE MIENGO |
24 |
680 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-011 |
4 |
492 |
HERRERA REAL MANUEL, HDROS DE |
6 |
156 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-012 |
4 |
494 |
HERRERA REAL MANUEL, HDROS DE |
0 |
20 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-013 |
4 |
9014 |
AYUNTAMIENTO DE MIENGO |
0 |
5 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-014 |
4 |
495 a-4192 |
HERRERA REAL MANUEL, HDROS DE |
3 |
88 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-014 |
4 |
495 b-349 |
HERRERA REAL MANUEL, HDROS DE |
0 |
5 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-015 |
4 |
496 |
HERRERA REAL MANUEL, HDROS DE |
1 |
6 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-016 |
4 |
9017 |
AYUNTAMIENTO DE MIENGO |
0 |
7 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-017 |
4 |
425 |
POLANCO TORRE, AGUSTIN |
3 |
64 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-018 |
4 |
431 |
UGARTE RUBIN DE CELIS, FELIPE |
0 |
3 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-019 |
4 |
506 |
GOMEZ ZUBIA, JOSE JOAQUIN. REVUELTA SAIZ, GUADALUPE |
0 |
1 |
0 |
Rústica |
|
39-4403-020 |
4 |
567 |
IBERDROLA INMOBILIARIA SA |
4 |
6 |
0 |
Rústica |
Santander, 29 de junio de 2026.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, Rosendo Martínez Fernández.
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