De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa; así como lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados y el "Proyecto de reparación y sustitución de la tubería de impulsión en la Zona Regable Salado de Arjona, de la comunidad de regantes Nuestra Señora de los Dolores. TT.MM Andújar y Lahiguera (Jaén)".
El presente proyecto tiene por objeto la implantación de una nueva tubería de impulsión que sustituya en sus funciones a las ya existentes. El tramo de impulsión a suplementar será el comprendido entre la vía de ferrocarril y el depósito de regulación existente. Este discurrirá por parcelas agrícolas de diversa naturaleza y carácter particular, con excepción de un arroyo innominado y un camino de servicio de la Comunidad de Regantes (CG-1). Finalmente, y en los metros inmediatamente anteriores al depósito de regulación, la tubería discurrirá por terrenos de la propia Comunidad. El Proyecto incluye la estabilización mediante aporte de escollera de un talud del camino CG-1 en una zona próxima a las chimeneas de equilibrio existentes.
Se solicitarán las correspondientes autorizaciones a los Organismos y Entidades competentes de los servicios afectados durante la ejecución de las obras.
Con fecha 20 de noviembre de 2025 se firma, por La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Certificado de Órgano Gestor en el que se manifiesta que:
· Las actuaciones contempladas en el presente proyecto no se encuentran entre las relacionadas en los Anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
· Tampoco se encuentran en el Anexo I de la ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
· Las actuaciones contenidas en este Proyecto no tienen afección, ni directa ni indirectamente, sobre espacios de la Red Natura 2000, por lo que no le es de aplicación lo estipulado en el artículo 7, apartado 2.b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Por resolución de la Presidencia de esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fecha 27 de noviembre de 2025, se autoriza la incoación del expediente de información pública del proyecto de referencia.
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la última fecha en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que, los que se consideren perjudicados con este proyecto, así como los titulares de los bienes y derechos afectados puedan formular por escrito las alegaciones que consideren oportunas ante la Dirección Técnica de esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (Plaza de España, Sector II, Sevilla) o bien a través de los medios permitidos por el artículo 16.4 de la expresada Ley.
El listado de parcelas afectadas, por ser necesaria la ocupación de sus terrenos para la ejecución de las obras, debiendo someterse a información pública, podrá consultarse en las direcciones abajo reseñadas.
Dicho proyecto podrá ser consultado durante el plazo señalado y en horas hábiles, a disposición de quienes deseen examinarlo, en:
· Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Sevilla. Gabinete Técnico. Plaza de España, Sector II.
· Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Jaén. Avenida Santo Reino, 5 y 7.
· Ayuntamiento de Andújar (Jaén).
· Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén).
· Página web: https://www.chguadalquivir.es/informacion-publica#proyectos.
Sevilla, 15 de enero de 2026.- La Directora Técnica, Nuria Jiménez Gutiérrez.
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