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Documento BOE-B-2026-20474

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que se declara la utilidad pública en concreto del proyecto de Línea de alta tensión 66 KV y Subestación colectora 66/33 KV, situada en el término municipal de Chucena (Huelva). AT-80033.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 16 de junio de 2026, páginas 32425 a 32430 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2026-20474

TEXTO

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de fecha 26 de enero de 2026 se emite Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para la implantación de los proyectos de las instalaciones de energía eléctrica de evacuación del conjunto fotovoltaico PVS Chucena 4 x 5 MW; Subestación eléctrica 66/30 KV "Chucena PV colectora" y LSAT 66 KV SET Chucena PV Colectora-SET Chucena-MGE, situada en el término municipal de Chucena (Huelva), titularidad de CHUCENA EVACUACIÓN, SL, con NIF B70872593.

SEGUNDO.- Con fecha 14 de agosto de 2025, la entidad CHUCENA EVACUACIÓN, SL, con NIF B70872593, solicita a través de su representante D. Pablo Rafael Gómez Falcón, Declaración de Utilidad Pública para la línea LAT 66 KV SET CHUCENA PV COLECTORA-SET CHUCENA-MGE, ubicada en el término municipal de Chucena (Huelva), cuyas principales características son las siguientes:

Emplazamiento: Término municipal de Chucena (Huelva).

Finalidad de la misma: Línea aéreo-subterránea de 66 kV entre la Posición de 66 kV de la SET Chucena PV Colectora y barra de 66 kV de la Subestación Chucena-MGE.

Titular: CHUCENA EVACUACIÓN, SL.

Características generales de la línea de alta tensión:

TRAMO AÉREO:

• Sistema: Corriente Alterna Trifásica.

• Frecuencia (Hz): 50.

• Tensión de construcción (kV): 66.

• Tensión más elevada de la red (kV): 72,5.

• Categoría II.

• Nº de circuitos: simple circuito.

• Nº de conductores Aéreos por fase: Simplex.

• Tipo de conductor aéreo: LA-280 HAWK.

• Potencia a transportar (MW): 60 MW.

• Número de cables de fibra óptica: 1.

• Tipo de cable de fibra óptica: OPGW 96.

• Número de apoyos: 9.

• Longitud total tramo aéreo: 1,69 km.

• Zona de aplicación: ZONA A.

• Nivel de contaminación: III (Fuerte).

• Tipo de aislamiento: Vidrio.

• Apoyos: Metálicos de Celosía de acero galvanizado.

• Cimentaciones: Cuadrada recta.

• Puesta a tierra: Grapa de conexión, conductor y pica de cobre.

TRAMO SUBTERRÁNEO:

• Sistema: Corriente Alterna Trifásica.

• Frecuencia (Hz): 50.

• Tensión nominal (kV): 66 Kv.

• Tensión más elevada de la red (kV): 72,5.

• Categoría II.

• Potencia a transportar (MW): 60.

• Longitud total: 0,54 km.

• Número de cables de fibra óptica: 1.

• Tipo de cable de fibra óptica: OSGZ1 90.

• Puesta a tierra pantallas: Single Point.

• Tipo de instalación: Enterrado bajo tubo.

• Disposición de los cables: simple circuito.

• Anchura de la zanja: 0,80 m.

• Profundidad de la zanja: 1,35 m.

• Número de circuitos: 1.

• Número de cables por fase: 1.

• Tipo de cable aislado circuito: RHZ1 - RA + 2OL(S) 36/66 Kv 1x1000 Al.

• Origen: AP-09 (PAS).

• Final: SET Chucena-MGE.

TERCERO.- Conforme a lo contenido en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, se procedió a remitir separatas a las Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.

CUARTO.- De acuerdo con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el Boletín Oficial del Estado número 74 de fecha 25 de marzo de 2026, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 70 de fecha 14 de abril de 2026, en el Boletín Oficial de la Provincia número 64 de fecha 6 de abril de 2026 y en el Diario Huelva Información de fecha 23 de marzo de 2026. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Chucena estando expuesto desde el día 20 de marzo de 2026 al día 6 de mayo de 2026 y ha sido notificado a todos los interesados y organismos afectados y publicado en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía desde el día 26 de marzo de 2026 hasta el día 11 de mayo de 2026.

QUINTO.- Durante el período de información pública no se han formulado alegaciones por parte de los afectados por el proyecto de esta instalación eléctrica.

SEXTO.- Con fecha 28 de mayo de 2026, el Servicio de Energía de esta Delegación Territorial informa favorablemente la Declaración en concreto de la Utilidad Pública del expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para resolver el presente expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, modificado por Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, modificado por Decreto 158/2025, de 8 de octubre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y todo ello en consonancia con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la Orden de 28 de marzo de 2025 por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO.- El artículo 4.3 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía dispone que al objeto de garantizar el uso de las energías renovables para la obtención de energía final, se declara de utilidad pública o de interés social, a efectos de expropiación forzosa y de imposición y ejercicio de servidumbres, el aprovechamiento de los bienes y derechos necesarios para su generación, transporte, distribución y aprovechamiento.

TERCERO.- El expediente ha sido tramitado de acuerdo con lo establecido en los artículos 54 a 58 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, los artículos 140 a 162 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el artículo 52 la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.

CUARTO.- El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico que "Se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación,transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

Dicha declaración de utilidad pública se extiende a los efectos de la expropiación forzosa de instalaciones eléctricas y de sus emplazamientos cuando por razones de eficiencia energética, tecnológicas, o medioambientales sea oportuna su sustitución por nuevas instalaciones o la realización de modificaciones sustanciales en las mismas".

El artículo 56 del mismo cuerpo legal dispone: "La declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa. Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública".

QUINTO.- Los artículos 57 y 58 de la Ley del Sector Eléctrico, así como los artículos 157 a 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, establecen las servidumbres de paso de las líneas eléctricas de alta tensión y las limitaciones a las mismas.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados, así como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación Territorial,

RESUELVE

Declarar la Utilidad Pública en concreto del Proyecto de ejecución de la Línea de Alta Tensión 66 KV y Subestación Colectora 66/33 KV, ubicada en el término municipal de Chucena (Huelva), cuya titularidad corresponde a la entidad CHUCENA EVACUACIÓN, SL, con NIF B70872593, y cuyas principales características se relacionan en el antecedente de hecho Segundo de esta Resolución, a los efectos señalados en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de los derechos afectados por la citada instalación e implicará la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación, siendo las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación de bienes y derechos incluida en esta resolución (ver Anexo I).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso potestativo de Reposición ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o bien podrá ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.

ANEXO I

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LA LÍNEA AÉREA DE ALTA TENSIÓN DE 66 KV Y CAMINOS DE ACCESO
TÉRMINO MUNICIPAL DE CHUCENA
Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Término Municipal Número de Apoyo Superficie ocupación permanente apoyo (m2) Superficie ocupación temporal apoyos y protecciones (m2) Longitud traza (m) Superficie de vuelo (m2) Superficie de zona de seguridad (m2) Superficie Camino Acceso Apoyos (m2) Naturaleza del Terreno
1 HACIENDA TORRALBA SL 21030A00300002 3 2 CHUCENA AP-01 54,02 900,00 33,30 124,21 286,69 120,12 Labor o labradío secano/ alcornocal /improductivo
2 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00309002 3 9002 CHUCENA 10,55 63,77 105,90 3,11 Vía comunicación de dominio público
3 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409003 4 9003 CHUCENA 633,71 Vía comunicación de dominio público
4 ANTONIO ROMERO DAZA 21030A00400027 4 27 CHUCENA 57,55 460,26 576,76 Olivos secano
5 MIGUEL CABEZÓN CARABALLO ANTONIA CARABALLO RODRÍGUEZ 21030A00400028 4 28 CHUCENA 105,43 840,51 1.049,29 13,75 Olivos secano
6 JOSEFA DOLORES FRANCO SOLÍS DOLORES GUISADO GALIANO GABRIEL SOLÍS GUISADO ALBERTO SOLÍS GUISADO 21030A00400029 4 29 CHUCENA AP-02 16,16 900,00 120,44 1.028,87 1.174,72 393,66 Olivos secano
7 HACIENDA ALCALÁ CB 21030A00420023 4 20023 CHUCENA 20,03 248,50 242,11 2,46 Olivos secano
8 HACIENDA ALCALÁ CB 21030A00400025 4 25 CHUCENA 42,61 518,15 420,95 1.421,85 Olivos secano
9 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409004 4 9004 CHUCENA 3,07 35,82 30,98 13,76 Vía comunicación de dominio público
10 HACIENDA ALCALÁ CB 21030A00410023 4 10023 CHUCENA AP-03 AP-04 32,32 1.898,50 334,15 2.542,42 3.340,04 548,71 Olivos secano/frutales regadío/Olivos regadío/ improductivo
11 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409009 4 9009 CHUCENA 5,51 37,54 55,26 0,26 Vía comunicación de dominio público
12 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 21030A00409001 4 9001 CHUCENA 71,67 661,94 717,71 Vía comunicación de dominio público
13 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409010 4 9010 CHUCENA 5,47 58,12 54,74 Vía comunicación de dominio público
14 HACIENDA ALCALÁ CB 21030A00400047 4 47 CHUCENA AP-05 16,16 998,50 200,86 1.636,24 2.012,36 194,15 Olivos secano/Olivos regadío/ Pastos/ Viña secano
15 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409006 4 9006 CHUCENA 8,42 83,64 83,61 2,57 Vía comunicación de dominio
16 HACIENDA ALCALÁ CB 21030A00400050 4 50 CHUCENA 61,86 643,61 599,42 Olivos secano
17 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409008 4 9008 CHUCENA 6,05 60,16 59,15 Vía comunicación de dominio público
18 HEREDEROS DE JOSÉ FRANCO RUBIO 21030A00400051 4 51 CHUCENA 12,94 Olivos secano
19 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL 21030A00409014 4 9014 CHUCENA 4,35 43,52 45,61 Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)
20 HACIENDA ALCALÁ CB 21030A00400161 4 161 CHUCENA AP-06 AP-07 32,32 1.800,00 244,69 1.728,93 2.452,89 389,96 Olivar regadío
21 ANTONIO VERA MERINO JOAQUINA MARÍA GÁLVEZ SOLIS 21030A00400160 4 160 CHUCENA 32,26 232,24 322,24 709,45 Olivar regadío
22 ANTONIO VERA MERINO JOAQUINA MARÍA GÁLVEZ SOLIS 21030A00400159 4 159 CHUCENA 11,31 94,63 113,10 Olivos secano
23 ANTONIO VERA MERINO JOAQUINA MARÍA GÁLVEZ SOLIS 21030A00400158 4 158 CHUCENA 46,56 419,50 464,70 Olivos secano
24 ANTONIO SOLIS VERA 21030A00400157 4 157 CHUCENA 25,36 222,49 253,20 Olivos secano
25 SILVESTRE MONGE SOLIS MARÍA TERESA RODRÍGUEZ BECERRIL 21030A00400155 4 155 CHUCENA 27,11 209,62 270,74 Olivos secano
26 MANUEL PÉREZ GÁLVEZ DOLORES CARABALLO GUTIÉRREZ 21030A00400154 4 154 CHUCENA AP-08 16,16 900,00 24,39 149,98 245,72 363,20 Olivos secano
27 CELESTINO CRUZ LEÓN 21030A00400153 4 153 CHUCENA 24,76 174,35 247,68 33,68 Olivos secano
28 ASUNCIÓN BEJARANO VAZ 21030A00400150 4 150 CHUCENA 27,39 238,01 273,81 Olivos secano
29 HEREDEROS DE ANTONIO NAVARRO MEDINA 21030A00400146 4 146 CHUCENA 18,12 173,56 181,05 Olivos secano
30 LORENA SÁNCHEZ ROMERO IGNACIO SOLIS RODRÍGUEZ 21030A00400145 4 145 CHUCENA 14,62 144,32 146,01 Olivos secano
31 IGNACIO SOLIS RODRÍGUEZ 21030A00400144 4 144 CHUCENA 16,93 167,48 169,10 Olivos secano
32 FRANCISCO AMBROSIO CARBALLAR DÍAZ 21030A00400143 4 143 CHUCENA 52,17 466,37 521,37 Olivos secano
33 JOSEFA MARAVER ACEBEDO 21030A00400137 4 137 CHUCENA AP-09 67,09 900,00 40,10 225,80 371,34 89,40 Olivos secano
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LA LÍNEA SUBTERRÁNEA DE ALTA TENSIÓN DE 66 KV Y CAMINOS DE ACCESO
TÉRMINO MUNICIPAL DE CHUCENA
Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Término Municipal Longitud traza (m) Superficie ocupación permanente (m²) Superficie zona de seguridad (m²) Superficie ocupación temporal (m²) Número de arqueta/pozo Superficie ocupación permanente arqueta/pozo (m2) Superficie ocupación temporal arqueta/pozo (m2) Naturaleza del Terreno
33 JOSEFA MARAVER ACEBEDO 21030A00400137 4 137 CHUCENA 13,67 10,94 10,94 96,40 Olivos secano
34 JOAQUÍN RUBIO GARRIDO 21030A00400136 4 136 CHUCENA 31,80 25,44 25,44 202,81 Olivos secano
35 ANTONIO FRANCO FRANCO 21030A00400135 4 135 CHUCENA 22,45 17,96 17,96 146,02 Olivos secano
36 HEREDEROS FRANCISCO PÉREZ VERA 21030A00400131 4 131 CHUCENA 28,14 22,51 22,51 182,86 Olivos secano
37 HEREDEROS EDUARDO PÉREZ VERA 21030A00400130 4 130 CHUCENA 47,97 38,38 38,38 312,27 Olivos secano
38 HORACIO BEJARANO GUZMÁN 21030A00400129 4 129 CHUCENA 25,92 20,73 20,73 168,13 Olivos secano
39 FRANCISCO JAVIER VERA PÉREZ/ISABEL MARÍA ROMERO LANCHO 21030A00400128 4 128 CHUCENA 44,59 35,67 35,67 290,00 Labor o labradío secano
40 FRANCISCO PÉREZ VAZ 21030A00400127 4 127 CHUCENA 10,84 8,67 8,67 70,19 Labor o labradío secano
41 FRANCISCA CARABALLO MONGE 21030A00400125 4 125 CHUCENA 10,65 8,52 8,52 68,86 Olivos secano
42 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409011 4 9011 CHUCENA 2,66 2,13 2,13 17,82 Vía de comunicación de dominio público
43 RED ELÉCTRICA ESPAÑA SA 21030A00400104 4 104 CHUCENA 21,98 17,58 17,58 120,12 Labor o labradío secano
44 AYUNTAMIENTO DE CHUCENA 21030A00409012 4 9012 CHUCENA 3,48 2,79 2,78 23,07 Vía de comunicación de dominio público
45 ANTONIO LUIS PÉREZ SOLIS 21030A00400103 4 103 CHUCENA 39,74 31,79 31,80 305,72 Labor o labradío secano
46 COMPAÑÍA DE ELECTRICIDAD DEL CONDADO MEDINA GARVEY ELECTRICIDAD 21030A00400172 4 172 CHUCENA 239,63 191,70 138,84 1.128,58 A1 7,98 25,32 Olivos secano

Huelva, 3 de junio de 2026.- El Consejero de Industria, Energía y Minas (P.D. Orden de 28 de marzo de 2025, BOJA núm. 64, de 3 de abril de 2025) La Delegada Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, Lucía Núñez Sánchez.

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