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Documento BOE-B-2026-17677

Anuncio de la Comunidad General de Regantes de la Cuenca del Río Magro y Zona del Pantano de Forata sobre convocatoria de Junta.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 29 de mayo de 2026, páginas 28002 a 28003 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Otros Entes
Referencia:
BOE-B-2026-17677

TEXTO

Se convoca Junta General Extraordinaria de la Comunidad General de Regantes de la Cuenca del Río Magro y Zona del Pantano de Forata, en el domicilio social sito en la calle Miguel Añó Belza nº 12 de Alfarp, el día 27 de junio de 2026 a las 13:30 horas en primera convocatoria, y a las 14:00 horas en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Deliberación, votación y aprobación si procede de la Modificación de los artículos que a continuación se dirá de los Estatutos de la Comunidad General de Regantes de la Cuenca del Río Magro y Zona del Pantano de Forata; - Artículo 2 en cuanto a las comunidades que constituyen o integran la comunidad de usuarios o regantes de la Cuenca del Río Magro y Zona del Pantano de Forata. - Artículo 3 en cuanto al total de la superficie con derecho a riego. - Artículo 9 en relación con la ejecución de los acuerdos incumplidos, la expropiación forzosa, imposición de servidumbre y deudas a la Comunidad General. - Artículo 13 en cuanto a la denominación de la Comunidad. - Artículo 14 en cuanto a la denominación de la Comunidad. - Artículo 19 en cuanto al desagüe de acequias y brazales y aprovechamiento de aguas sobrantes. - Artículo 23 en cuanto a la denominación de la Comunidad. - Denominación del Capítulo IV. - Artículo 27 en sobre las infracciones de las comunidades. - Artículo 29 en cuanto a las faltas por infracción de los Estatutos. - Artículo 31 en cuanto a la ejecución de acuerdo en la forma establecida en la Ley 39/2015 de 1 de octubre. - Artículo 32 en cuanto a la convocatoria de la Junta General. - Artículo 33 en cuanto a la asistencia con voz y voto de los Presidentes de las Comunidades. - Artículo 38 en cuanto al régimen de mayorías. - Artículo 44 relativo al establecimiento de las bases para la elección de Vocal o Síndico. - Artículo 50 relativo a la renovación de la Junta de Gobierno de la Comunidad General. - Artículo 52 relativo al domicilio de la Junta de Gobierno. - Artículo 56 relativo a la ejecución de los acuerdos de la Junta de Gobierno. - Artículo 63 en cuanto a la adopción de disposiciones para hacer efectivas las cuotas que correspondan a cada comunidad de regantes y cobro de indemnizaciones o multas que imponga el Jurado de Riego. - Artículo 69 relativo a la elección del Secretario. - Artículo 75 relativo a la competencia de la Junta General para nombrar un recaudador. - Artículo 76 relativo a la atribución al Jurado de Riegos del conocimiento de las cuestiones de hecho que se susciten entre la Comunidad General y sus componentes. - Artículo 77 relativo al ejercicio de las funciones que corresponden al Jurado de Riegos. - Artículo 78 relativo a la constitución del Jurado de Riegos. - Artículo 88 relativo a la fijación de hechos cuando el Jurado considere necesario un reconocimiento sobre el terreno o tasación de daños. - Artículo 90 en relación de los recursos contra los fallos del Jurado. - Artículo 91 relativo a la ejecución de los fallos del Jurado de Riegos. - Artículo 97 relativo al nombramiento de personal para el funcionamiento, buen aprovechamiento y distribución de las aguas de riego. - Artículo 102 relativo al régimen supletorio a los Estatutos.

Segundo.- Sugerencias y preguntas.

Alfarp, 21 de mayo de 2026.- El Presidente, José Vicente Escuder Bisbal.

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