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Documento BOE-B-2026-17584

Extracto de la Orden de 26 de mayo por la que se efectúa la convocatoria correspondiente a 2026 de las ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras con objeto de mejorar su competitividad y su contribución a la autonomía estratégica

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 29 de mayo de 2026, páginas 27859 a 27860 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-B-2026-17584

TEXTO

BDNS(Identif.):908387

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908387)

Primero. Beneficiarios.

Agrupaciones Empresariales Innovadoras inscritas en el Registro regulado por la Orden IET/1444/2014, de 30 de julio, y miembros de las mismas.

Segundo. Objeto.

Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, estudios de viabilidad técnica y proyectos de investigación, desarrollo e innovación que contribuyan a la autonomía estratégica, la transformación digital y la transición ecológica.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ITU/868/2025, de 6 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras, con objeto de mejorar su competitividad y su contribución a la autonomía estratégica. "Boletín Oficial del Estado" núm. 190, de 8 de agosto de 2025.

Cuarto. Presupuesto.

El presupuesto total asignado en la presente convocatoria de ayudas asciende a 9.000.000 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado 2023, prorrogados para el año 2026.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto, finalizando a las 18:00 horas del último día de plazo.

Sexto. Otros datos.

Solicitudes. Se presentarán ante la sede electrónica asociada del Ministerio, que será accesible en la dirección electrónica https://sede.serviciosmin.gob.es, así como a través del Portal de Ayudas del Ministerio https://www.mintur.gob.es/portalayudas.

Pago. El beneficiario recibirá el abono anticipado de la subvención con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto, sin que sea necesaria la presentación de garantías.

Forma de justificación. Mediante cuenta justificativa, según modelo normalizado que se facilitará con dicho fin.

Madrid, 26 de mayo de 2026.- El Ministro de Industria y Turismo. P.D. (Orden ITU/296/2025, de 21 de marzo, modificada por la Orden ITU/338/2025, de 7 de abril). El Secretario de Estado de Industria, Jordi García Brustenga.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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