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En fecha 3 de marzo de 2026, el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, haciendo uso de la facultad delegada por el Consejo de Administración de esta autoridad en sesión 24 de septiembre de 2025, a tenor de lo prevenido en el apartado 2.g) del artículo 31 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre, acordó el otorgamiento de una concesión administrativa a favor de la empresa Génesis BCN Project, SL, con NIF B66860677, de un establecimiento para servicios turísticos en el faro des Cap d’Artrutx (Menorca) (CC-C-S-0001).
Objeto de la concesión: la explotación de varias dependencias en el faro des Cap d’Artrutx (estancias en el edificio del faro, casa del suplente, almacén y dependencias anexas), así como una superficie descubierta adyacente al faro para su uso como terraza, todo ello dentro de una zona de dominio público afecto al servicio de señalización marítima; con destino a usos hosteleros.
Superficie de la concesión: 2.197,51 m2, que se corresponde con:245,81 m2 de locales y edificaciones del faro des Cap d’Artrutx (estancias en el edificio del faro, casa del suplente, almacén y dependencias anexas); y 1.951,70 m2 de terrazas descubiertas. La superficie en explotación tiene asociada una zona de influencia, correspondiente al resto de la parcela en la que se enclava el faro y sus dependencias.
Plazo: la duración de la concesión será de once (11) años y once (11) meses, a contar desde el día siguiente de la fecha de notificación de la resolución del otorgamiento de la concesión.
Tasas:
• Tasa de ocupación: Veintidós mil ciento cuarenta y cuatro euros con cinco céntimos (22.144,05 €)
• Mejora de la tasa de ocupación: Veinte mil euros (20.000,00 €).
• Tasa de actividad: un 4,00% del volumen de negocio anual.
• Mejora de la tasa de actividad: Cincuenta mil euros (50.000,00 €).
En las cuotas a ingresar de las tasas no están incluidos los impuestos indirectos a los que esté sujeta la concesión.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Palma, 15 de mayo de 2026.- El Presidente, José Javier Sanz Fernández.
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