Content not available in English

You are in

Documento BOE-B-2026-16526

Resolución TER/1448/2026, de 5 de mayo, del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica de los Servicios Territoriales en les Terres de l’Ebre, por la cual se otorga a la empresa Edistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la construcción de una nueva línea subterránea de media tensión denominada ROQUE y sustitución del PT XD178 por un nuevo CT 114002 prefabricado y nueva línea subterránea de baja tensión a 400 V en el término municipal del Perelló, en la comarca del Baix Ebre (Expediente núm.: FUE-2025-04906113).

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 21 de mayo de 2026, páginas 26157 a 26161 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2026-16526

TEXTO

La empresa Edistribución Redes Digitales, SLU., en adelante EDRD, con domicilio en la calle Ribera de Loira, n.º 60, 28042 Madrid, solicita la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública a los Servicios Territoriales en les Terres de l’Ebre, en adelante SSTT, en fecha 17 de noviembre de 2025 con número de expediente FUE-2025-04906113.

De conformidad con lo que prevé el artículo 19 de la Ley 18/2008, del 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y de acuerdo con la regulación establecida a los títulos VI e IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; y según la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se somete a información pública la solicitud de la autorización administrativa previa, la autorización de construcción y la declaración de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados a los efectos que prevé el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, por un periodo de 30 días, mediante el correspondiente Anuncio de información pública en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 9616, de fecha 03/03/2026, al Boletín Oficial del Estado número 54, de fecha 02/03/2026, y en el Diario El Punt Avui de fecha 02/03/2026; este anuncio de información pública también estuvo expuesto en el tablón de anuncios de la Generalitat de Catalunya (e-Tauler) y al tablón de anuncios oficial del Ayuntamiento del Perelló con el objetivo que todas aquellas personas y entidades que se consideren afectadas pudieran ejercer sus derechos en relación con las solicitudes formuladas por EDRD.

En cumplimiento del trámite estipulado en el artículo 19 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico, la solicitud se ha notificado individualmente a los titulares de bienes y derechos afectados.

No se presentan alegaciones por parte de personas particulares ni personas jurídicas, durante el periodo de exposición pública ni posteriormente a la misma.

En cumplimiento de los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes mencionado y del artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se remite la solicitud anexando las separatas correspondientes y solicitando informe a las administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas siguientes:

Oficina de Medio Ambiente de les Terres de l’Ebre del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, la Agencia Catalana del Agua, la Sección de Obras y Regadíos de les Terres de l’Ebre del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, el Servicio de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de les Terres de l’Ebre del Departamento de Cultura y el Ayuntamiento del Perelló.

Han informado favorablemente o con condicionantes aceptados por EDRD: la Oficina de Medio Ambiente de les Terres de l’Ebre del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, la Agencia Catalana del Agua y la Sección de Obras y Regadíos de les Terres de l’Ebre del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

De conformidad con lo que prevé el artículo 131 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se entiende que para los siguientes organismos quedan aprobadas las especificaciones del peticionario, al no contestar a la petición de informe: el Servicio de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de les Terres de l’Ebre del Departamento de Cultura y el Ayuntamiento del Perelló.

Los informes emitidos por los organismos afectados han sido remitidos a la persona solicitante, quien ha manifestado su aceptación y/o ha efectuado las observaciones que ha estimado convenientes, de acuerdo con lo que establecen los artículos 125 y concordantes del Real Decreto 1955/2000.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el anuncio de información pública se ha comunicado a los ayuntamientos de los términos municipales en los que radican los bienes y derechos afectados por esta instalación, para su exposición al público por un período de 30 días, a fin de que se pudiera comprobar la existencia de errores en dicha relación, así como formular las alegaciones que fuercen procedentes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 145 y 147 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Se ha notificado individualmente a los titulares incluidos en la relación de bien o derechos afectados por esta instalación, las correspondientes separatas y el anuncio de información pública, a fin de que pudieran formular las alegaciones que consideraran procedentes.

Ninguno de los titulares de bienes y derechos afectados por esta instalación no presentaron alegaciones por razón de titularidad de la finca o fincas afectadas.

Fundamentos de derecho

Dado que este proyecto tiene como finalidad mejorar las condiciones de seguridad, explotación y garantizar la calidad y continuidad del suministro eléctrico de la zona del Perelló.

Considerando el procedimiento seguido, según las indicaciones establecidas en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas en Catalunya.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya,

Resuelvo:

1.- Otorgar a la empresa Edistribución Redes Digitales, SLU., la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la construcción de una nueva línea subterránea de media tensión denominada ROQUE y sustitución del PT XD178 por un nuevo CT 114002 prefabricado y nueva línea subterránea de baja tensión a 400 V en el término municipal del Perelló, en la comarca del Baix Ebre (Expediente núm.: FUE-2025-04906113).

2.- Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a un periodo de información pública mediante Anuncio publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 9616, de fecha 03/03/2026, al Boletín Oficial del Estado número 54, de fecha 02/03/2026, y en el Diario El Punt Avui de fecha 02/03/2026, y conlleva las afecciones que se describen.

El proyecto está compuesto por:

- Nuevo tendido de LSMT "ROQUE" a 25 kV. Este tendrá su origen en el nuevo CTE 114002, que discurrirá por la carretera del Pol. 71 Pcl. 9004 con Ref. Cat. (43106A07109004) y la parcela con Ref. Cat. (43106A07100026) hasta la nueva conversión A/S en el apoyo existente A222457 donde finalizará. Este nuevo tramo tendrá una longitud de 38 m y 1 circuito. La canalización tendrá una longitud total de 18 m (15 m per calzada i 3 por tierra).

- Nuevo tramo de LSBT (1C) que tendrá su origen en la salida del cuadro de baja tensión del nueve CT 114002, irá canalizada por el Pol. 71 Pcl. 9004 con Ref. Cat. (43106A07109004) y la parcela con Ref. Cat. (43106A07100026), hasta nueva conversión A/S en el apoyo existente A222457. Este nuevo tramo de línea tendrá una longitud total de nueva canalización de 35 m, de los cuales 32 m serán por calzada y 3 m por el suelo. Este sustituirá al actual tramo de alimentación de las líneas subterráneas provenientes del PT XD178, previsto a desmantelar.

- Nuevo centro de transformación 114002, del tipo interior en edificio independiente de superficie de construcción prefabricado (PFU-4). Estará ubicado en la parcela con Ref. Cat. (43106A07100026). La potencia máxima admisible de la instalación será de un transformador de 1000 kVA.

Términos municipales: El Perelló, comarca del Baix Ebre.

Presupuesto: 30.810,96 euros

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa antes citada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre Régimen de instalación, ampliación y traslado de Industrias, y está sometida a las siguientes condiciones especiales:

1.- Las instalaciones se tienen que llevar a cabo de acuerdo con el proyecto de ejecución presentado, "Proyecto de ejecución de nueva línea subterránea MT a 25 kv "ROQUE" sustitución del PT XD178 por nuevo CT 114002 prefabricado y nueva línea subterránea de baja tensión a 400V", firmado por el ingeniero técnico industrial Antoni Samper Golorons, colegiado n.º 20.910 del Colegio de Ingenieros Técnicos de Tarragona, y visado en fecha 17 de octubre de 2025 con el número FE069787 qué ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, si procede, se soliciten y se autoricen y en el cual se tendrán que incorporar todos los condicionantes establecidos en la tramitación.

2.- La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a lo establecido en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23; la Ley 18/2008 de 23 de diciembre de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, y demás disposiciones de aplicación general.

3.- El plazo para la puesta en servicio de la instalación autorizada será de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. El titular podrá solicitar una prórroga que deberá solicitar, como mínimo, un mes antes de que acabe el plazo indicado.

4.- La Dirección General de Energía, del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, puede llevar a cabo, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

5.- Con esta finalidad, el peticionario de la instalación comunicará al órgano administrativo mencionado el comienzo de las obras, las incidencias dignas de mención mientras duren, así como su finalización. La comunicación de final de obra se acompañará con el correspondiente certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajusta al proyecto de ejecución aprobado, que se han cumplido las normas y las disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas llevadas a cabo.

6.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

7.- El peticionario será el responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente; asimismo el peticionario tomará, durante la ejecución de los trabajos, todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para evitar cualquier perjuicio, tanto a los operarios que ejecuten los trabajos como a terceras personas.

8.- La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que se imponen. En este supuesto, la Administración, previa instrucción del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9.- La empresa EDRD, tendrá que dar cumplimiento a las condiciones impuestas por los organismos o empresas de servicios que hayan emitido informe durante el procedimiento administrativo.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, ante el director general de Energía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tortosa, 5 de mayo de 2026.- Director de los Servicios Territoriales en les Terres de l’Ebre, Miquel Alonso Cruelles.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid