Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se informa que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz en su sesión celebrada el 16 de diciembre de 2025 ha resuelto otorgar licencia provisional para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, a la empresa que a continuación se relaciona:
Agencia Marítima Condeminas Cádiz, S.A., con CIF A11008786, en las mismas condiciones y hasta el 31 de diciembre de 2026 o fecha anterior si, una vez aprobado el nuevo Pliego de Prescripciones Particulares del servicio, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, otorga las nuevas licencias que se soliciten para la prestación de este servicio, conforme al régimen de adaptación que se especifique en el citado Pliego.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cádiz, 19 de enero de 2026.- La Presidenta, Teófila Martínez Saiz.
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