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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 10 de abril de 2026, acordó otorgar a Unión Marina, Sociedad Limitada, una concesión administrativa para la ocupación de las bodegas números 9, 12, 13 y 20, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie: 80,86 metros cuadrados/cada bodega.
B) Plazo: cinco (5) años
C) Objeto: Reparación y almacenaje de las artes de pesca, aparejos y pertrechos necesarios para el desarrollo de la actividad pesquera.
D) Tasas Bodegas numeros 9, 12, 13, 20:
Tasa de Ocupación: 2.362,83 Euros/año (cada bodega)
Tasa de Actividad: 118,02 Euros/año. (cada bodega)
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Santander, 10 de abril de 2026.- El Presidente, César Díaz Maza.
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