El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga acordó, en su sesión de 14 de agosto de 2024, la aprobación de la modificación sustancial de la concesión titularidad de Muelle Uno-Puerto de Málaga, S.A., por prórroga del plazo concesional del artículo 82.2.c2) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011 que se amplía que se amplía veintidós años y cuarenta y siete días.
Asimismo, se modifican la cláusula segunda del título habilitante de ocupación en lo que atañe al plazo concesional y a las nuevas inversiones comprometidas, la cláusula cuarta que inserta un párrafo sobre servidumbre y la cláusula trigésimo segunda en cuanto a la inclusión como causas de caducidad el incumplimiento del compromiso de contribución económica y de la ejecución de los capex.
Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 88 en relación con el Artículo 85.7, ambos del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Málaga, 7 de marzo de 2025.- El Presidente de la Autoridad Portuaria de Málaga, Carlos Rubio Basabe.
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