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Documento BOE-B-2025-9013

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de 1,5 l/s de agua procedente del río Miño, en el paraje Veigas, parroquia de Quintela de Canedo, término municipal de Ourense (Orense), con destino a uso industrial. Expediente: A/32/04453/E.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2025, páginas 13628 a 13628 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-9013

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Ourense o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/32/04453/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Pretensados Iván, S.A.

Nombre del río o corriente: Río Miño

Caudal concedido: 1,5 l/s

Punto localización: Paraje Veigas, parroquia de Quintela de Canedo

Término municipal y provincia: Ourense, Ourense

Destino: Uso industrial

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 04 de septiembre de 1997

Registro de Aguas: 6962, Sección A, en el Tomo 0070, hoja número 062

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo por el que se otorgó la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 7 de marzo de 2025.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

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