Examinado el expediente incoado a instancia de Cárnicas Tabladillo, S.L. (B40210601) solicitando modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Santa María la Real de Nieva (Segovia), por un volumen máximo anual de 50.400 m³, un caudal máximo instantáneo de 6,25 l/s, y un caudal medio equivalente de 2,08 l/s, con destino a uso industrial, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 24 de febrero de 2025, lo siguiente:
Autorizar la modificación de características de concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Cárnicas Tabladillo, S.L. (B40210601)
Tipo de uso: Industrial (suministro a las instalaciones de un matadero)
Uso consuntivo: Sí
Volumen máximo anual (m³): 50.400
Caudal máximo instantáneo (l/s): 6,25
Caudal medio equivalente (l/s): 2,08
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400055- Curso Medio del Eresma-Pirón y Cega
Plazo por el que se otorga: 18 años desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución de Modificación de Características de Concesión.
Observación: El titular de la concesión deberá proceder, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente las captaciones antiguas situadas en las parcelas 18 y 53 del polígono 1 del término municipal de Santa María la Real de Nieva (Segovia), respectivamente, con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del RDPH y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno.
Título que ampara el derecho: La Resolución de Concesión Administrativa de Concesión, CP-1242/2009-SG, de fecha 13 de marzo de 2013. Confederación Hidrográfica del Duero, O.A.; La Resolución de Modificación de Características de fecha 2 de junio de 2016. Confederación Hidrográfica del Duero, O.A.; La presente Resolución de Modificación de Características de Concesión.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 25 de febrero de 2025.- El Jefe de Servicio Técnico, Alberto J. de Luis Rivera.
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