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Documento BOE-B-2025-7728

Anuncio de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla sobre aprobación técnica definitiva del proyecto de ampliación del sistema Tentegorra Alumbres fase I (Mu/Cartagena) y declaración de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2025, páginas 11722 a 11724 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-7728

TEXTO

En junio de 2024 se redactó el proyecto de ampliación del sistema Tentegorra Alumbres fase I (Mu/Cartagena), con un presupuesto base de licitación de 4.028.651,43 € (21% I.V.A. incluido).

El objetivo de la actuación es mejorar el actual sistema de abastecimiento al municipio de Cartagena, renovando parcialmente las conducciones de distribución que discurren por el casco urbano de Cartagena y adecuando las conexiones en el depósito de Alumbres. Para ello será necesario construir las siguientes actuaciones:

- Conducción de Transporte 1: Conducción de Fundición dúctil DN600 a lo largo de 1.955 metros y que funcionalmente se divide en:

o Fase 1: tramo urbano comprendido entre la rotonda del Monumento Escudo de Cartagena y la vía verde junto a la línea férrea Chinchilla-Cartagena, que se corresponde a la primera parte de la ampliación del ramal Tentegorra-Alumbres, ya que la nueva conducción se configura paralela a la conducción existente (DN600 y DN500). Se proyecta en fundición dúctil DN600 (los tramos urbanos con acerrojamiento mediante junta con insertos metálicos), con una longitud de unos 1.955 m y sustituirá funcionalmente a la tubería DN450 de Hormigón Armado actualmente fuera de servicio. Incluye las obras de conexión a las tomas existentes: Barrios nº1, Polígono y Barrio Peral.

- Actuaciones en depósito de Alumbres (DP021). El actual funcionamiento del depósito de Alumbres solo permite alimentar el Ramal de Escombreras desde la entrada al depósito, lo que dificulta enormemente la explotación, por lo que son necesarias una serie de actuaciones para su a adecuación funcional:

o Arqueta de conexión en entrada al depósito del Ramal de Tentegorra-Alumbres: Que incluye la implantación de una válvula de regulación de caudal tipo multiorificio DN400 y nuevas entradas a los 2 vasos del depósito con descarga por encima de la lámina de agua.

o Conexión de la Impulsión Cabezo Beaza-Alumbres con el depósito: Consistente en la ejecución de nuevas entradas a cada uno de los vasos del depósito de forma que queden enfrentadas las entradas y las salidas.

o Conexión salida depósito con ramal Alumbres-Escombreras en DN600.

- Trabajos de integración y adecuación ambiental.

El 24 de septiembre de 2024, la oficina de supervisión de proyectos, emitió informe por el que se acredita haber realizado la supervisión del proyecto, declarando que el mismo cumple cuantos requisitos son exigidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que incorpora el Estudio de Seguridad y Salud, exigido por el Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción, que incorpora también el Estudio de Gestión de Residuos para dar cumplimiento al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por último que se han realizado las comprobaciones aritméticas correspondientes, sin haberse encontrado error en las mismas.

La Dirección General de Medio Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia, informó, en junio de 2021 que la actuación no tendría efectos negativos significativos sobre la Red Natura 2000 ni sobre los hábitats allí presentes y que no se preveía una alteración apreciable de la realidad física o biológica de la zona, siempre y cuando se cumplan las medidas y condiciones ambientales establecidas.

Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con el análisis de las características del proyecto practicado según el Título I, artículos 6 y 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, con fecha 16 de octubre de 2024, el Director de la MCT concluye que dicho proyecto no está incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley, no siendo previsible que las obras contempladas en la actuación, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la Resolución, vayan a producir impactos adversos significativos.

Con fecha 8 de noviembre de 2024, el Director de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, declaró la aprobación técnica inicial del PROYECTO DE AMPLIACIÓN DEL SISTEMA TENTEGORRA-ALUMBRES. FASE 1 (MU/CARTAGENA), ordenando la incoación del expediente de información pública de la relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto.

El trámite de información pública, se llevó a cabo de conformidad con los requerimientos legales y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como con lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles del trámite de información pública, no se recibió ninguna alegación. El Jefe de la Sección de Expropiaciones y Patrimonio de MCT, redactó informe de fin del trámite de información pública el 7 de enero de 2025. El día 3 de febrero de 2025 se recibe informe de la Abogacía del Estado sobre la conformidad a Derecho del procedimiento de información pública llevado a cabo.

Asimismo, la actuación cuenta con la autorización previa del Secretario de Estado de Medio Ambiente, de fecha 18 de febrero de 2025, contemplada en el artículo 324 y Disposición Transitoria Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Con todo lo expuesto anteriormente, dado que el proyecto de referencia cumple con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las facultades que me atribuye la legislación vigente:

RESUELVO

1. Aprobar definitivamente el proyecto de ampliación del sistema Tentegorra Alumbres fase I (Mu/Cartagena) por su presupuesto base de licitación de 4.028.651,43 € (21% I.V.A. incluido).

2. Declarar la necesidad de ocupación de la relación de bienes y derechos afectados (anexo I), y conforme a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19 y 20 de su Reglamento, proceder a la publicación de la presente resolución, así como a su notificación a todos los propietarios afectados.

3. Designar como Directora de los trabajos a la funcionaria, Dña. Ana Lardelli García, Ingeniera de Caminos, Canales y Puertos, Jefa de Servicio de Proyectos y Obras de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

4. Encargar al Facultativo Director la realización del replanteo de las obras.

5. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la adjudicación por Procedimiento Abierto con varios criterios para su adjudicación, de acuerdo con los artículos 131, 145, 156 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, debiendo los licitadores reunir las siguientes clasificaciones:

Grupo E Subgrupo 1 Categoría 5

6. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la financiación de las obras con cargo a los fondos propios de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

7. Dar traslado a la Secretaría General del Organismo para que se proceda a la expedición del certificado de existencia de crédito.

8. Comunicar la presente resolución a los Ayuntamientos afectados, a los efectos previstos en el artículo 127 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

ANEXO 1: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

Término municipal de Cartagena

Nº DE FINCA

REFERENCIA CATASTRAL

NOMBRE Y APELLIDOS

PLENO DOMINIO (m²)

SERVIDUMBRE PASO TUBERÍA (m²)

OCUPACIÓN TEMPORAL (m²)

CT1

SIN REFERENCIA

6,00

6.016,00

939,00

1

7252814XG7675S0001QP

GURUGAR, S.L.

15,00

2

8253501XG7685S0001OF

AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

34,00

101,00

3

8852002XG7685S0001FF

AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

399,00

1.292,00

4

8157701XG7685N0001XY

AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

76,00

778,00

2.336,00

5

51016A016002240001SZ

DAMAXING, S.L.

155,00

Cartagena, 24 de febrero de 2024.- El director, Carlos Conradi Monner.

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