Se tramita en este Organismo la modificación de características esenciales de una concesión a petición del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla. Concretamente se solicita un incremento en 15.637 m³/año para uso de abastecimiento a la pedanía de Las Encebras, t.m. de Jumilla, del volumen ya autorizado en el aprovechamiento n.º 8.566, inscrito en el Registro de Aguas en la sección A, tomo 10, hoja 1.872, a nombre de la Comunidad de Regantes Santo Cristo de la Columna. Dicho aprovechamiento ya cuenta con una concesión de 1.100.000 m³/año para el riego de 252,7702 ha con una dotación de 4.352 m³/ha/año. El punto de toma de dicho aprovechamiento que suministraría el incremento de volumen sería el sondeo n.º 1 sito en las coordenadas UTM (ETRS89) 651.399; 4.247.312.
En caso de autorización, las características esenciales del aprovechamiento serían las siguientes:
Expediente APM-131/2023.
Titulares: Comunidad de Regantes Santo Cristo de la Columna (G30396659) y Ayuntamiento de Jumilla (P3002200H).
Lugar: " Estrecho de Marín-Las Encebras " – Jumilla (Murcia).
Tipo de concesión: Aguas subterráneas.
Masa de agua: 070.025 Ascoy Sopalmo.
Naturaleza del uso: Consuntivo.
Nombre del título, autoridad otorgante y fecha: Concesión de aguas subterráneas de fecha 10 de julio de 2015. Confederación Hidrográfica del Segura.
Destino de las aguas: Riego y Abastecimiento a población.
Superficie de riego: 252,7702 ha.
Habitantes: 680 habitantes de la pedanía de Las Encebras.
Dotación: 4.352 m³/ha/año (riego) y 63 l/hab/día (abastecimiento).
Volumen: 1.100.000 m³/año para el riego y 15.637 m³/año para uso de abastecimiento.
Coordenadas puntos de toma:
Sondeo n.º 1 de 400 m de profundidad y 600 mm de diámetro, sito en las coordenadas UTM (ETRS89) 651.399; 4.247.312.
Sondeo n.º 2 de 550 m de profundidad y 600 mm de diámetro, sito en las coordenadas UTM (ETRS89) 651.969; 4.251.848.
Caudal máximo instantáneo: 120 l/s
Caudal medio equivalente: 34,881 l/s
La autorización estará supeditada a las siguientes limitaciones y condiciones:
1) Las limitaciones y condiciones establecidas en los artículos 34.11 y 35.1 (en cuanto a la previa inspección y revisión del aprovechamiento), 45.10 (en cuanto a la accesibilidad del personal vinculado a la Confederación Hidrográfica al aprovechamiento) y 45.11 (relativas a registros piezométricos de referencia) de la Normativa del Plan Hidrológico.
2) El agua destinada al abastecimiento de la población de la pedanía de Las Encebras de Jumilla solo podrá ser suministrada desde el sondeo n.º 1, sito en las coordenadas UTM (ETRS89) 651.399; 4.247.312.
Se mantienen el resto de condiciones específicas y generales de la actual inscripción.
Al ser preceptivo en la tramitación del expediente realizar un periodo de información pública, según lo establecido en los artículos 144 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se abre un plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan comparecer y exponer las alegaciones que consideren pertinentes.
Los escritos, citando la referencia APM-131/2023, se podrán dirigir a las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., (Comisaría de Aguas), con domicilio en Plaza de Fontes, n.º 1, 30001, Murcia. Los documentos obrantes en el expediente se encuentran publicados en la web oficial de este Organismo: https://www.chsegura.es/es/ciudadano/informacion-publica/general/.
Murcia, 18 de febrero de 2025.- La Comisaria de Aguas, Ana María Arenas López.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid