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Documento BOE-B-2025-6682

Anuncio del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. de información pública sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento subterráneas en el término municipal de Ávila (Ávila). Expediente ED-0167/2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2025, páginas 10158 a 10159 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-6682

TEXTO

Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:

1.- En el Registro de Aguas, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., Sección B, Tomo 67, Hoja 29, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas con las siguientes características:

- Número: 20369

- Masa de agua: Masa de agua subterránea: DU - 400064 Valle de Amblés

- Clase y afección: Riego

- Titulares: Valentín Jiménez Nieto

- Lugar, término municipal y provincia de la toma: Parcela 18, Polígono 50, paraje "El Martinete" en el término municipal de Ávila (Ávila)

- Caudal (L/S): 1,00 Máximo Y 0,47 Medio

- Volumen Máximo Anual (M3): 4.716

- Superficie Regable: 0,7860

- Título-Fecha-Autoridad: La resolución de inscripción por disposición legal de fecha 31/01/1995. Confederación H. del Duero.

Expediente IP-20369-AV (Ref integra IP-0991/1994)

Se comprueba conforme a los datos que constan en el actual Catastro, que la antigua parcela 18 del polígono 50, se corresponde a la actual parcela urbana con referencia catastral 6905803UL5060N, del término municipal de Ávila (Ávila).

2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 3 de febrero de 2025, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.

Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que habiendo trasmutado la calificación de suelo de rústico a urbano y eliminado el punto de captación, el aprovechamiento no está en explotación durante un periodo superior a tres años, puesto que la captación no existe y tampoco se realiza ninguna explotación con destino a riego, puesto que la parcela a la que correspondía la superficie regable ha pasado de ser suele rústico a urbano.

3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 3 de febrero de 2025, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).

4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/TTEC/0167/2024-, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).

Valladolid, 19 de febrero de 2025.- Jefa Servicio Registro Aguas y Recursos Hidráulicos - Confederación Hidrográfica del Duero, Ana Isabel Guardo Pérez.

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