Ante el Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 Segovia, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Ordinario 0000052/2025, contra la resolución de 11/08/2025 del Alcalde de Marugán por la que se desestima la Reclamación Administrativa interpuesta por la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de la urbanización del Plan Parcial de Pinar Jardín Fase I por la que solicita al Ayuntamiento de Marugán: 1.- Que asuma con carácter inmediato la conservación, mantenimiento y prestación de los servicios básicos de la urbanización, declarado la disolución de la entidad de conservación constituida. 2.- Proceda al reintegro de la cantidad de cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos cuarenta euros con dieciséis céntimos (457.540,16-€) en concepto de gastos de conservación, mantenimiento y suministros indebidamente soportados por la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación, así como las cantidades que en el futuro se devenguen hasta la efectiva asunción por parte del Ayuntamiento de su obligación de conservar, mantener y prestar los servicios básicos de la urbanización.
Mediante la presente resolución, se emplaza a todos los terceros interesados en relación a dicho procedimiento, a fin de que, si lo desean, puedan personarse como demandados ante el citado órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial del Estado.
Marugán, 26 de diciembre de 2025.- Alcalde, Miguel Ángel Monterrubio Vázquez.
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