Por este Organismo se tramita expediente de extinción por caducidad del aprovechamiento temporal de aguas privadas inscrito con n.º 508, Sección C, Tomo 6, Hoja 1115 del Registro de Aguas, reconocido por Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. de fecha 07/10/1992.
El derecho vigente está inscrito con las siguientes características esenciales:
Titulares: José Maria Escolano Gómez
Mª de los Desamparados Escolano Gómez
Vicente Luis Escolano Gómez
Eusebio Escolano Muñoz
Maria Lourdes Escolano Muñoz
Corriente o acuífero: Revolcadores-Serrata.
Clase y afección: Regadío.
Lugar de la toma: La Noria - Caneja.
Término municipal: Caravaca de la Cruz (Murcia).
Volumen máximo anual: 81.000 m³/año.
Superficie: 27 ha.
Dotación: 3.000 m³/ha/año.
Caudal instantáneo: 20 l/s.
Caudal medio equivalente: 2,568 l/s.
Plazo: 50 años a partir del 1 de enero de 1986.
Características de los sondeos:
Denominación |
Profundidad (m) |
Sección (m) |
Potencia instalada (CV) |
UTM (ETRS-89) |
Caudal (l/s) |
No hay |
7 |
2,60x1 |
27 |
X-591088 Y-4209292 |
20 |
Causa de la extinción: caducidad por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos.
Servidumbres conocidas: No hay.
Forma de iniciación del expediente: de oficio.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el portal de internet de este Organismo, pueda comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que sea afectada por la extinción del mismo, manifestando cuanto considere conveniente. La documentación del expediente podrá ser consultada en el siguiente enlace:
https://www.chsegura.es/es/ciudadano/informacion-publica/general/
Las alegaciones, citando la referencia CAD-0008/2024 y dirigidas a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Debe tenerse en cuenta que los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Murcia, 5 de febrero de 2025.- La Comisaria de Aguas, Ana María Arenas López.
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