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Documento BOE-B-2025-46176

Extracto de la Resolución de 10 de diciembre de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de ayudas destinadas a Ecosistemas de Innovación y Transferencia, vinculados al Plan Complementario de Transferencia de Conocimiento, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del PEICTI 2024-2027.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 13 de diciembre de 2025, páginas 73836 a 73838 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-B-2025-46176

TEXTO

BDNS(Identif.):874651

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/874651)

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas en los términos establecidos en los artículos 3 y 4 de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.

Las agrupaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

Deberán estar constituidas por un mínimo de cuatro y un máximo de ocho entidades, de entre las categorías de beneficiarios definidas en el artículo 3.1 de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero.

Deberán contar con la participación de, al menos:

-Una entidad de las contempladas en las letras b) a g) del artículo 3.1 de la Orden CNU/161/2025 de 7 de febrero. A estos efectos se entenderán incluidas en estas categorías las oficinas de transferencia de conocimiento inscritas en el registro creado por el Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, por el que se establecen las Oficinas de Transferencia de Conocimiento y se crea su Registro.

-Una entidad de las contempladas en las letras a) o h) del artículo 3.1 de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (empresas y asociaciones/fundaciones, respectivamente). Las asociaciones y fundaciones deberán ser representativas de un sector o colectivo empresarial.

Las sociedades mercantiles, entendidas como las entidades contempladas en la letra a) del artículo 3.1 de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, que participen en una agrupación no podrán superar el 30% del presupuesto elegible.

Las actividades dentro de la agrupación deberán estar equilibradas, de modo que ningún participante tenga una participación inferior al 10% ni superior al 70% del presupuesto elegible.

Todos los integrantes de la agrupación deberán cumplir los requisitos exigidos para ser beneficiario.

Segundo. Actividades objeto de ayuda.  

Se financiarán actividades relacionadas con la realización de diagnósticos y estudios, incluyendo planes de trabajo y hojas de ruta tecnológicas y de innovación compartidas entre diferentes comunidades autónomas, difusión, asesoramiento y preparación de propuestas de I+D+I, formación, promoción de capacidades científico-tecnológicas, generación de redes y puntos de encuentro entre agentes del ecosistema.

Serán objeto de ayuda las siguientes actividades vinculadas a los retos sociotécnicos establecidos en el Anexo I de la convocatoria, llevadas a cabo por la agrupación solicitante:

a. Realización de análisis y diagnósticos para la identificación de retos sociotécnicos y temáticas de interés para el supra-ecosistema. El diseño, concreción y planificación de hojas de ruta que permitan abordar problemáticas y retos sociotécnicos comunes.

b. Realización de actividades que posibiliten y refuercen la colaboración y la transferencia de conocimiento dentro y entre los ecosistemas regionales afines o complementarios, contribuyendo a crear una estructura organizativa estable de carácter suprarregional, que aglutine a varias CCAA.

c. La organización de actividades de soporte como programas de formación, difusión, estimulación y talleres de asesoramiento para fomentar la sensibilización, la transferencia de conocimiento, la capacitación y la cooperación, orientadas hacia la innovación y nuevos modelos de desarrollo socioeconómico.

d. La definición, concreción y planificación de propuestas de iniciativas de cooperación público-privada para la resolución de los retos identificados.

Tercero. Características y cuantía de las ayudas.

Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real de la actuación, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo de acuerdo con el artículo 4.5 de la convocatoria, y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región, según lo establecido en el artículo 4.3 de la convocatoria. En cualquier caso, la subvención a conceder por beneficiario no será inferior al 25% del presupuesto elegible.

Las ayudas que se otorguen en virtud la convocatoria tendrán la consideración de ayudas de minimis, por lo que respetarán las consideraciones establecidas en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, que establece que el importe total de las ayudas de minimis otorgadas a una única empresa no puede exceder de 300 000 euros durante cualquier período de tres años.  No se concederán ayudas al amparo de otros reglamentos aplicables a las ayudas de minimis.

Cuarto. - Financiación.

La cuantía total máxima de esta convocatoria asciende a 14.282.014,00 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027.

Quinto. - Bases reguladoras.

Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el CDTI, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) 2024-2027.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el día 17 de diciembre de 2025 y finalizará el 12 de febrero de 2026 a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Madrid, 10 de diciembre de 2025.- La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. Teresa Riesgo Alcaide.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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